Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 106

419664
c) Contenido.

PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

5.4 En el caso que OSINERGMIN disponga de un sistema informatico para la transferencia de informacion por medios electronicos, el concesionario remitira el Registro por dicho sistema, dejandose de lado la utilizacion de discos compactos. 5.5 OSINERGMIN podra solicitar al concesionario informacion adicional a efectos de proceder a supervisar las obligaciones referidas al presente procedimiento. 5.6 En el caso de contar el concesionario con el sistema informatico interconectado a que se hace referencia en el numeral 5.1, sera de aplicacion un regimen de transicion cuya duracion sera determinada por OSINERGMIN, periodo durante el cual el concesionario debera seguir remitiendo el registro actualizado de reclamos conforme a lo dispuesto en los numerales 5.1, 5.2, 5.3 y 5.4. Con la finalidad de implementar el sistema informatico interconectado, el concesionario debera asignar a la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN un nombre de usuario y una contrasena que permita el acceso al sistema informatico. Articulo 6º.- Supervision. 6.1 La supervision se efectuara trimestralmente sobre la base del resultado del analisis muestral de dicho periodo. La Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN podra modificar la frecuencia indicada si lo estima conveniente. 6.2 Recibida la informacion, OSINERGMIN determinara si debe analizar el universo de las unidades o una muestra. En caso se opte por el analisis muestral, para el calculo de los indicadores del articulo 7º del presente procedimiento la metodologia para determinar la muestra sera la siguiente: · Determinacion del tamano de la Muestra, para ello se aplicara:

Porcentaje de los reclamos resueltos excediendo el plazo establecido para tal fin por la MORDAZA aplicable, sobre el total o muestra de los reclamos cuya resolucion fue emitida por el concesionario. La MORDAZA aplicable es el MORDAZA parrafo del numeral 3.3 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 671-2007-OS/CD. IDPERC = [CREMFP / CREM] x 100% Donde: CREMFP = CREM = Numero de los CREM fuera del plazo establecido. Total o muestra de reclamos cuya resolucion en primera instancia fue emitida por el concesionario.

7.2 INDICE DE RESOLUCIONES DE RECLAMOS EN PRIMERA INSTANCIA NO EMITIDAS (IRCNOE). Porcentaje de los reclamos recibidos por el concesionario que no fueron resueltos en primera instancia una vez vencido el plazo establecido para tal fin por la MORDAZA aplicable, sobre el total o muestra de los reclamos recibidos por el concesionario. La MORDAZA aplicable es el numeral 3.3 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 671-2007-OS/CD. IRCNOE = [CPVRNR / CPVR] x 100% Donde: CPVRNR = CPVR = Numero de los CPVR que no fueron resueltos. Total o muestra de reclamos con plazo vencido para su resolucion en primera instancia.

n

z 2 .N e .( N 1 ) p .q
2

z2

7.3 INDICE DE DESVIACION EN PLAZOS DE NOTIFICACION DE LA RESOLUCION DE RECLAMOS EN PRIMERA INSTANCIA (IDPNRC). Porcentaje de los reclamos cuya resolucion en primera instancia fue notificada excediendo el plazo establecido para tal fin por la MORDAZA aplicable, sobre el total o muestra de los reclamos cuya resolucion en primera instancia fue notificada por el concesionario. La MORDAZA aplicable es el numeral 1.9.1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 671-2007-OS/CD. IDPNRC = [CRNOFP / CRNO] x 100%

Donde: · N Poblacion o Universo · e error muestral (e=5%) · p probabilidad de ocurrencia (p=50%) · q probabilidad de no ocurrencia (q=50%) · n tamano de la muestra · z confiabilidad del 95% (z=1.96) · Seleccion de la muestra: Al azar se seleccionan las unidades hasta completar el numero indicado en el tamano de muestra, considerando los siguientes criterios: a) En caso el total de la poblacion sea inferior a treinta (30) unidades de referencia, se supervisara el total de la poblacion. b) En caso el total de la poblacion sea mayor o igual a treinta (30) unidades de referencia y la muestra sea inferior a treinta (30) unidades de referencia, se supervisara como minimo treinta (30) unidades de referencia. c) En caso el total de la poblacion sea mayor o igual a treinta (30) unidades de referencia y la muestra sea mayor o igual a treinta (30) unidades de referencia, se supervisara unicamente la muestra representativa que se obtenga. 6.3 Para efectos de la supervision y fiscalizacion del cumplimiento de las obligaciones del concesionario, OSINERGMIN solicitara al concesionario la MORDAZA fisica y digital del universo o una muestra de los expedientes de reclamo, correspondientes al periodo a supervisar, referida en el articulo 5º del presente procedimiento. 6.4 El elemento de la muestra que MORDAZA sido objeto de sancion o respecto del cual se MORDAZA iniciado un procedimiento administrativo sancionador, sera retirado de y reemplazado aleatoriamente hasta completar la muestra. Articulo 7º.- Indicadores de Supervision 7.1 INDICE DE DESVIACION EN PLAZOS DE EMISION DE LA RESOLUCION DE RECLAMOS EN PRIMERA INSTANCIA (IDPERC). Donde: CRNOFP = CRNO = Numero de los CRNO fuera del plazo establecido. Total o muestra de reclamos cuya resolucion en primera instancia fue notificada por el concesionario.

7.4 INDICE DE RESOLUCIONES DE RECLAMOS EN PRIMERA INSTANCIA NO NOTIFICADAS (IRCNON). Porcentaje de los reclamos cuya resolucion en primera instancia que no fueron notificadas una vez vencido el plazo establecido para tal fin por la MORDAZA aplicable, sobre el total o muestra de los reclamos con plazo vencido para la notificacion de su resolucion en primera instancia. La MORDAZA aplicable es el numeral 1.9.1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 671-2007-OS/CD. IRCNON = [CPVNNN / CPVN] x 100% Donde: CPVNNN = CPVN = Numero de los CPVN que no fueron notificados. Total o muestra de reclamos con plazo vencido para la notificacion de su resolucion en primera instancia.

7.5 INDICE DE DESVIACION EN PLAZOS DE EMISION DE LA RESOLUCION DE RECURSOS DE RECONSIDERACION (IDPERR). Porcentaje de los recursos de reconsideracion resueltos excediendo el plazo establecido para tal fin por la MORDAZA aplicable, sobre el total o muestra de los recursos de reconsideracion cuya resolucion fue emitida por el concesionario. La MORDAZA aplicable es el MORDAZA parrafo del numeral 3.5 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 671-2007-OS/CD.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.