Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

Cumplimiento de las Normas referidas a la Tramitacion de Reclamos del Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos". Articulo 2º.- Las sugerencias y observaciones seran recibidas, por escrito, en la Mesa de Partes de OSINERGMIN o, a traves de MORDAZA MORDAZA Talavera MORDAZA, via correo electronico, a comercialgn@osinerg.gob.pe; dentro del plazo de quince (15) dias calendario contados desde la fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº XXX-2010-OS/CD
MORDAZA, VISTO: El Memorandum Nº GFGN-DDCN-XXX-2010, por el cual la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural somete a consideracion del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion del "Procedimiento de Supervision y Fiscalizacion del Cumplimiento de las Normas referidas a la Tramitacion de Reclamos del Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos". CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el literal c) del numeral 3.1 del articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, Ley Nº 27332, la funcion normativa de los organismos reguladores comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos y normas que regulen los procedimientos a su cargo, asi como las normas de caracter general referidas a las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios, entre otras disposiciones; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERGMIN, Ley Nº 27699, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la funcion supervisora y fiscalizadora; Que, de acuerdo al literal c) del articulo 5º de la Ley del Organismo Supervisor de Inversion en Energia y Mineria, Ley Nº 26734, modificada por la Ley Nº 28964, es funcion de OSINERGMIN supervisar, entre otros, que las actividades del subsector de hidrocarburos se desarrollen de acuerdo a los dispositivos legales y normas tecnicas vigentes; Que, el articulo 31º del Reglamento General de OSINERGMIN, establece que la funcion supervisora permite a OSINERGMIN verificar el cumplimiento de las obligaciones legales y tecnicas por parte de las entidades y demas empresas o personas que realizan actividades sujetas a su competencia; Que, el literal c) del articulo 83º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, establece que es materia de fiscalizacion por parte de OSINERGMIN aspectos que se relacionen con la prestacion del servicio de distribucion de gas natural por red de ductos; Que, de conformidad con el articulo 79º del citado Reglamento, cuando el consumidor considere que la prestacion del servicio de distribucion no le es otorgada de acuerdo a los estandares de calidad previstos en el Reglamento, las normas tecnicas pertinentes, el contrato de concesion y el respectivo contrato de suministro, o cuando no este de acuerdo con los montos que le han facturado, podra presentar su reclamo al concesionario, siendo para ello aplicable el Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural, aprobado por Resolucion de Consejo Directivo

Nº 671-2007-OS/CD, disposicion que establece el plazo y formas de MORDAZA de un reclamo; Que, con la finalidad que OSINERGMIN pueda llevar a cabo una efectiva labor de supervision y fiscalizacion sobre la correcta aplicacion de las normas sobre la tramitacion de los reclamos se ha considerado necesario aprobar el "Procedimiento de Supervision y Fiscalizacion del Cumplimiento de las Normas referidas a la Tramitacion de Reclamos del Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos"; Que, asimismo resulta necesario incorporar en la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN, aprobada mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 388-2007-OS/CD, y modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 375-2008-OS/CD, las infracciones y sanciones derivadas del incumplimiento del procedimiento contemplado en la presente resolucion; Que, como parte de la politica de transparencia institucional y conforme a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General del OSINERGMIN, el organismo regulador prepublico con fecha xx de xxxxx de 2010 el "Procedimiento de Supervision y Fiscalizacion del Cumplimiento de las Normas referidas a la Tramitacion de Reclamos del Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos"; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las Entidades se encuentran obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos tecnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad o relacionados con la aplicacion de sanciones administrativas; De conformidad con lo dispuesto por el literal c) del articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores, Ley Nº 27332, el articulo 1º de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, Ley Nº 27699, y por el literal c) del articulo 23º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, y; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el "Procedimiento de Supervision y Fiscalizacion del Cumplimiento de las Normas referidas a la Tramitacion de Reclamos del Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos", compuesto por nueve articulos y un Anexo. Articulo 2º.- Modificar el numeral 5.1.1 de la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN, aprobada mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 388-2007OS/CD, modificada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 375-2008-OS/CD, de acuerdo al siguiente detalle:
Sancion Sancion No Pecuniaria Pecuniaria 5.1 Servicio de Distribucion de Gas Natural y Liquidos de Gas Natural por red de ductos 5.1.1 Incumplimiento (...) de las obligaciones y Hasta Arts. 4º, 5º y 9º del "Procedimiento responsabilidades a 400 cargo del Concesionario de Supervision y Fiscalizacion del Cumplimiento de las Normas UIT referidas a la Tramitacion de Reclamos del Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos", aprobado por R.C.D. Nº -2010-OS/CD. Numerales 1.9, 3.3 y 3.5 de la Directiva "Procedimiento Administrativo de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural, aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 671-2007OS/CD.(...) Infraccion Base Normativa

Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia General de OSINERGMIN a dictar las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente resolucion.

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