Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

3.4 Contrato de suministro: Contrato celebrado entre el concesionario y el interesado para el suministro de gas natural por red de ductos. 3.5 Consumidor: Persona natural o juridica ubicada dentro del area de concesion que adquiere gas natural. Incluye los conceptos de consumidor regulado e independiente y excluye al comercializador. El consumidor es el titular del suministro. 3.6 Dia calendario: Dia que va de lunes a MORDAZA, incluyendo los dias feriados y los dias no laborables. 3.7 Dia habil: Dia de la semana que va de lunes a viernes, excluyendo los dias feriados y los dias no laborables. Cuando los plazos se senalen por dias, se entendera que estos son dias habiles. 3.8 Factura: Comprobante de pago emitido por el concesionario al consumidor de conformidad con lo establecido por el articulo 66º del Reglamento, el cual sustenta el cobro al consumidor por el suministro de gas natural en un periodo determinado. 3.9 Interesado: Persona natural o juridica o asociacion de estas que solicita el servicio de distribucion a un concesionario. 3.10 Muestra: Conjunto de unidades de una poblacion seleccionadas de manera aleatoria. Al ser representativas, las muestras se obtienen con la intencion de inferir caracteristicas, patrones y comportamientos de la totalidad de la poblacion. 3.11 OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria. 3.12 Poblacion: Conjunto total de unidades existentes en determinado lugar y que poseen una caracteristica en comun que se desea estudiar. El numero de unidades constituye el tamano de la poblacion. 3.13 Registro: Registro actualizado de la facturacion realizada por el concesionario por el suministro de gas Natural, segun el formato establecido en el Anexo 2. 3.14 Reglamento: Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0402008-EM. 3.15 Sistema de Distribucion: Parte de los bienes de la concesion conformada por las estaciones de regulacion de MORDAZA de MORDAZA (City Gate), las redes de distribucion y las estaciones reguladoras que son operadas por el concesionario bajo los terminos del Reglamento y del contrato. 3.16 Suministro: Actividad del concesionario consistente en la entrega de gas natural a un consumidor. 3.17 Tarifa: Cargo MORDAZA que el concesionario podra facturar al consumidor por el suministro de gas natural y los servicios de transporte, distribucion y comercializacion. 3.18 Unidades de Referencia (UR): Elementos que conforman la poblacion o la muestra a supervisar. Los elementos seran identificados de acuerdo al indicador que se pretenda obtener, segun el detalle establecido en el articulo 7º del presente procedimiento. Las definiciones se actualizaran con las normas que modifiquen o sustituyan al Reglamento. Articulo 4º.- Aspectos generales.

el concesionario. De ser necesario, contrastara la informacion y/o documentacion entregada comparandola con informacion obtenida de otras fuentes. 4.4 El concesionario debera facilitar a OSINERGMIN el acceso a sus instalaciones, asi como proporcionar la informacion necesaria para el cumplimiento de lo senalado en el presente procedimiento, debiendo entregar MORDAZA de los documentos que OSINERGMIN requiera. 4.5 OSINERGMIN se reserva el derecho de realizar acciones complementarias a las establecidas en el presente procedimiento. 4.6 Sin perjuicio de lo establecido en las normas tributarias correspondientes, el concesionario debera consignar en cada factura, como minimo, la informacion detallada en el anexo 01 adjunto al presente procedimiento. TITULO MORDAZA PROCEDIMIENTO DE SUPERVISION Articulo 5º.- Entrega de Informacion. 5.1 El concesionario debera presentar a OSINERGMIN el Registro, el cual sera elaborado utilizando el formato establecido en el Anexo 2 adjunto al presente procedimiento. 5.2 El concesionario debera presentar el Registro el dia quince (15) de cada mes, incorporando la informacion correspondiente a la facturacion por el consumo de gas natural realizado durante el mes anterior. Si el dia quince (15) fuera dia inhabil, la referida MORDAZA debera ser efectuada el primer dia habil siguiente. 5.3 El concesionario entregara el Registro por medio de discos compactos no regrabables (CD), cuya etiqueta debera contener la siguiente informacion: a) Razon social de la empresa. b) Ano ­ Mes reportado. c) Contenido. 5.4 En el caso que OSINERGMIN disponga de un sistema informatico para la transferencia de informacion por medios electronicos, el concesionario remitira el Registro por dicho sistema, dejandose de lado la utilizacion de discos compactos. 5.5 OSINERGMIN podra solicitar al concesionario informacion adicional a efectos de proceder a supervisar las obligaciones referidas al presente procedimiento. Articulo 6º.- Supervision. 6.1 La supervision se efectuara trimestralmente sobre la base del resultado del analisis muestral de dicho periodo. La Gerencia de Fiscalizacion de Gas Natural de OSINERGMIN podra modificar la frecuencia indicada si lo estima conveniente. 6.2 Recibida la informacion, OSINERGMIN determinara si debe analizar el universo de las unidades o una muestra. En caso se opte por el analisis muestral, para el calculo de los indicadores del articulo 7º del presente procedimiento la formula para determinar la muestra sera la siguiente: · Determinacion del tamano de la Muestra, para ello se aplicara:

n

z 2 .N e .( N 1) p .q
2

z2

Donde: 4.1 El concesionario debera cumplir con las obligaciones establecidas en el literal h) del articulo 42º y en el articulo 66º del Reglamento, asi como en las demas normas correspondientes. 4.2 OSINERGMIN supervisara el cumplimiento de las normas referidas a facturacion de acuerdo a los parametros establecidos en el presente procedimiento, sin que esto constituya una limitacion para supervisar otros aspectos normativos. 4.3 OSINERGMIN podra verificar la veracidad de la informacion y/o documentacion presentada por N: Poblacion o Universo e: error muestral (e=8%) p: probabilidad de ocurrencia (p=50%) q: probabilidad de no ocurrencia (q=50%) n: tamano de muestra z: confiabilidad del 95% (z=1.96) · Seleccion de la muestra: Aleatoriamente se seleccionan las unidades hasta completar el numero indicado en el tamano de muestra, considerando los siguientes criterios:

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