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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2010 (28/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de mayo de 2010 419735 EL GERENTE GENERAL DE TRANSPORTE URBANO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: El Informe N°364-2010-MPC/GGTU/SGCA, emitido por la Sub – Gerencia de Coordinación y Apoyo dependiente de la Gerencia General de Transporte Urbano. CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades Provinciales ejercen competencias exclusivas en materia de transporte terrestre, asumiendo funciones para normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción. Que, la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27818, establece en su artículo 17° que las Municipalidades Provinciales gozan de competencia normativa, para emitir normas y disposiciones, así como de competencia de gestión para realizar los actos necesarios para la aplicación de los reglamentos nacionales, dentro de su respectivo ámbito territorial. Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, estableciendo en su artículo 9 numeral 1) que, “Las Municipalidades Provinciales tienen competencia normativa para dictar normas complementarias de carácter municipal necesarias para la regulación de las licencias de conducir vehículos de la categoría L, de la clasifi cación vehicular del Reglamento Nacional de Vehículos, dentro de su jurisdicción, sin contravenir lo establecido en el reglamento; y en su numeral 2 literal b) que “Las Municipalidad Provinciales tiene competencia de gestión para emitir y otorgar, dentro de su jurisdicción, la licencia de conducir de la clase B, a los postulantes que hayan aprobado los requisitos previamente establecidos”, en concordancia con lo dispuesto en su artículo 14°. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 000041, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 07 de setiembre del 2009, el Concejo Provincial del Callao, aprobó el Reglamento para el otorgamiento de licencia de conducir vehículos menores en la Provincia Constitucional del Callao, estableciendo en su primera disposición complementaria y transitoria que aquellas licencias de conducir vencidas al 18 de noviembre del 2008 (fecha de publicación del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC) o por vencer al 31 de diciembre del 2010, podrán excepcionalmente revalidar sus actuales licencia de conducir (canje) presentando por única vez el pago por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento de Revalidación de Licencia contemplado en el item N° 23 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, el formato de declaración jurada proporcionado por la Gerencia General de Transporte Urbano y la devolución de la licencia de conducir. Que, mediante informe N° 364-2010-MPC/GGTU/ SGCA, la Sub – Gerencia de Coordinación y Apoyo dependiente de la Gerencia General de Transporte Urbano, expresa que estando al marco normativo vigente, esto es Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo N° 040-2009-MTC y Reglamento para el otorgamiento de licencia de conducir vehículos menores en la Provincia Constitucional del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal N° 000041-2009-MPC, y a la necesidad de atender la demanda de los titulares de licencia de conducir vehículos menores de revalidar (canje) su licencia de conducir de la clase “B” conforme a las disposiciones municipales vigente, recomienda la aprobación de un cronograma para llevar a cabo dicho procedimiento especial de canje de licencia de conducir de clase “B” el mismo que se desarrollaría durante el presente año, por lo que siendo ello así corresponderá aprobar el cronograma para el procedimiento especial de Canje de Licencia de Conducir vehículos menores de la clase “B”, conforme al anexo único de la presente resolución. Por lo expuesto, y estando a lo dispuesto en la Ley orgánica de Municipalidades N° 27972, en el Reglamento para el otorgamiento de licencia de conducir vehículos menores en la Provincia Constitucional del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal N° 000041-2009- MPC, Texto Único de Procedimientos Administrativos – Ordenanza municipal N° 000038; y al amparo de las facultades conferidas a la Gerencia General de Transporte Urbano mediante Ordenanza Municipal N° 00004 del 28 de febrero del 2004. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma para el procedimiento especial de Canje de Licencia de Conducir vehículos menores de la clase “B”, descrito en el anexo único de la presente resolución, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar el cabal cumplimiento de la presente resolución a la Sub – Gerencia de Coordinación y Apoyo y poner en conocimiento de la misma a la Policía Nacional del Perú. Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE VILLARREAL RUIZ Gerente General de Transporte Urbano ANEXO UNICO CRONOGRAMA ESPECIAL DE CANJE DE LICENCIAS DE CONDUCIR VEHICULOS MENORES DE CLASE “B” * En función a la letra inicial del apellido del titular de la licencia de conducir a revalidar (canjear) MES - 2010 LETRAS Del 15 de junio al 15 de julio A,B,C,CH,D. Del 16 de julio al 15 de agosto E,F,G,H,I,J, Del 16 de agosto al 15 de setiembre K,L,LL,M,N,Ñ Del 16 de setiembre al 15 de octubre O,P,Q,R,S, Del 16 de octubre al 15 de noviembre T,U,V,W,X,Y,Z. 499644-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUITO ARMA Exoneran de proceso de selección la contratación de empresa y consultor para la Supervisión de la Obra “Reconstrucción de la Infraestructura de la IE 271 en la Localidad de Chocorvo Arma” ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2010-MDQA Quito Arma, 12 de mayo del 2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE QUITO ARMA Visto, en Sesión extraordinaria de la fecha, los Informes Nº 003-2010-MDQA/ABAST y Nº 002-2010-MDQA/ALM.; el Informe Legal Nº 001-2010-MDQA/ALE de las Ofi cinas de Abastecimiento y Almacén y Asesoría Legal Externa de la Municipalidad Distrital de Quito Arma; y,