Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2010 (28/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419733

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su Jurisdiccion con los limites que senala la Ley, en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, de conformidad con lo establecido en la Constitucion Politica del Peru, El Concejo Municipal cumple funcion normativa a traves de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, la Oficina de Ejecutoria Coactiva, a traves del Informe Nº 056-2010-MDLO/OEC expresa que se hace necesario plantear un beneficio de descuento para el pago de las Deudas Administrativas provenientes de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y de la Sub Gerencia de Licencias y Control de Actividades Comerciales, segun los terminos establecidos en la presente Ordenanza; Que, siendo nuestro proposito continuar con la recuperacion de adeudos pendientes, brindando a los deudores, mayores facilidades a fin de que cumplan con regularizar sus obligaciones y estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 341-CDLO BENEFICIOS PARA EL PAGO DE LAS DEUDAS ADMINISTRATIVAS PROVENIENTES DE LA GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA PARA VIVIENDAS UNIFAMILIARES Y BIFAMILIARES QUE SE ENCUENTREN EN COBRANZA COACTIVA Articulo Primero.- ESTABLECER, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 30 de setiembre del presente ano, el DESCUENTO para el pago AL CONTADO de deudas administrativas provenientes de la SUB GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA que se encuentren en cobranza coactiva, inclusive para deudas con embargo, conforme al cronograma que se detalla: · Del 01/06/2010 al 31/07/2010 Exoneracion Total de gastos y costas procesales 80% de Descuento de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares hasta 3 pisos. · Del 01/08/2010 al 31/08/2010 Exoneracion Total de gastos y costas procesales 60% de Descuentos de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares hasta 3 pisos. · Del 01/09/2010 al 30/09/2010 Exoneracion Total de gastos y costas procesales 40% de Descuentos de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares hasta 3 pisos. Articulo Segundo.- PRECISESE que en los casos de contribuyentes con EMBARGO EN FORMA DE RETENCION solo se aplicara el presente BENEFICIO, por el PAGO AL CONTADO EN LA SUB GERENCIA DE TESORERIA DE LA MUNICIPALIDAD previo visado de la Oficina de Ejecutoria Coactiva. Articulo Tercero,- ESTABLECER a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 30 de setiembre del presente ano, el DESCUENTO para el PAGO A CUENTA de deudas administrativas provenientes de la SUB GERENCIA DE URBANISMO Y TRANSPORTE que se encuentren en cobranza coactiva, inclusive para deudas con embargo, conforme al cronograma que se detalla: · Del 01/06/2010 al 31/07/2010 Exoneracion del 80% de gastos y costas procesales 60% de Descuento de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares hasta 3 pisos. · Del 01/08/2010 al 31/08/2010

Exoneracion del 60% de gastos y costas procesales 30% de Descuentos de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares hasta 3 pisos. · Del 01/09/2010 al 30/09/2010 Exoneracion del 40% de gastos y costas procesales 20% de Descuentos de las multas impuestas a Viviendas Unifamiliares y Bifamiliares hasta 3 pisos. Articulo Cuarto.- PRECISAR, que para acogerse al presente Beneficio el contribuyente infractor debera primero desistirse de cualquier reclamo administrativo y/ o judicial formulado, mediante el escrito correspondiente que debera presentarse por tramite regular. Articulo Quinto.ENCARGUESE, a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 499341-2

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2011
ORDENANZA N° 219-2010-MDR EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: VISTO: el Concejo Municipal del Distrito del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 26 de MORDAZA del 2010; el Dictamen Nº 001-2010-CPPRCI-SR-MDR de la Comision de Presupuesto, Planificacion, Nacionalizacion y Cooperacion Internacional; el Informe Nº 038-2010-OPP/ MDR de fecha 16 de MORDAZA del 2010 emitido por el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0215-2010-OAJ-MDR de fecha 26 de MORDAZA del 2010 emitido por el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Art. 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion conforme a Ley; Que, la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion dispone que los Gobiernos Locales esten obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo, Presupuestos y en la Gestion Publica; Que, la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion; Que, la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades regulan mediante Ordenanza los mecanismos de aprobacion de sus Presupuestos Participativos;

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