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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de noviembre de 2010 429054 de las muestras se obtiene análisis granulométrico, por tamizado límites, de consistencia, entre otros) señaladas en el Anexo Nº 01, el cual adjunta; Que, es necesario indicar que los numerales Nº 09.14 (Licencia de Edifi cación Modalidad A), Nº 09.15 (Licencia de Edifi cación Modalidad B), Nº 09.16 (Licencia de Edifi cación Modalidad C), Nº 09.17 (Licencia de Edifi cación Modalidad D), del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado mediante Ordenanza Nº 363-MSS que modifi ca la Ordenanza Nº 332-MSS, contempla los requisitos que deben presentar los administrados en dichos procedimientos; siendo entre ellos Estudios de Mecánica de Suelos, Estudio de Impacto Ambiental, Estudio de Impacto Vial. Asimismo se debe precisar que la expedición de la presente norma, no acarrea incremento de nuevos requisitos de los trámites antes indicados, sino se precisan las características que deben contener los Estudios de Mecánica de Suelos y quienes deben presentar Estudios de Impacto Vial y Estudios de Impacto Ambiental, en los trámites de Licencia de Edifi cación Modalidades A, B, C y D de los predios ubicados en las Urbanizaciones antes referidas, toda vez que los predios ubicados en las laderas de las Urbanizaciones integradas por la Asociación Casuarinas de Monterrico, integrada por las Urbanizaciones Casuarinas, Panedia de Monterrico, Las Lomas de Monterrico y Las Laderas de Monterrico; así como Casuarinas Sur, por cuanto dichas zonas cuentan con pendiente pronunciada; Que, el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”; establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de 30 días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, a fi n que las personas interesadas formulen sus comentarios sobre las normas propuestas; asimismo, establece que se exceptúa de la aplicación de lo dispuesto anteriormente, cuando la entidad por razones debidamente fundamentadas en el proyecto de norma, considere la prepublicación de la norma es impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interés público. Asimismo, es necesario precisar, que la presente norma se encuentra dentro de las excepciones señaladas en el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”; por cuanto, la misma permitirá dar tranquilidad y seguridad a los vecinos que residen en las laderas de las Urbanizaciones integradas por la Asociación Casuarinas de Monterrico integrada por las Urbanizaciones Casuarinas, Panedia de Monterrico, Las Lomas de Monterrico y las Laderas de Monterrico; así como la Urbanización Casuarinas Sur; Que, de conformidad con lo que disponen el Artículo 42º de la Ley de Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldía, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando al Informe Nº 1179-2010-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 372 -2010- GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, en uso de las facultades establecidas por los Artículos 20º Numeral 6 y 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA Artículo Primero.- PRECISAR que los administrados que soliciten Licencia de Edifi cación – Modalidades A, B, C y D de los predios ubicados en las laderas de las Urbanizaciones integradas por la Asociación Casuarinas de Monterrico, integrada por las Urbanizaciones Casuarinas, Panedia de Monterrico, Las Lomas de Monterrico y Las Laderas de Monterrico; así como Casuarinas Sur; deberán presentar: • Estudios de Mecánica de Suelos de acuerdo al Literal g), Numeral 3.1, Artículo 3, del Reglamento Nacional de Edifi caciones RNE y, con las características que se indican el Anexo Nº 01, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. • Estudios de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Edifi caciones RNE, la Ley Nº 27446 Ley del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAN; y, • Estudios de Impacto Vial de conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Edifi caciones y demás normas de la materia. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Licencia y Autorizaciones Urbanas, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entra en vigencia el día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde ANEXO Nº 01 CARACTERÍSTICAS DE LOS ESTUDIOS DE SUELOS CON FINES DE PAVIMENTACIÓN: Los estudios de suelos se realizan a través de calicatas, de las muestras se obtiene: ¾ Análisis granulométrico por tamizado ¾ Límites de consistencia: límite líquido, límite plástico e índice de plasticidad ¾ Clasifi cación SUCS ¾ Clasifi cación AASHTO ¾ Humedad Natural ¾ Proctor Modifi cado ¾ C.B.R. ¾ Perfi l estratigráfi co por calicata CON FINES DE EDIFICACIÓN: Un Estudio de Suelos se realiza para responder a las siguientes preguntas: 1.- Que tipos de suelos existen en el lugar? 2.- Existe agua superfi cial en el lugar? 3.- Que alternativas de cimentación se tendrá en función de la calidad del suelo? 4.- Peligros potenciales debido a trabajos de excavación en tierra y/o roca. Exploraciones geotécnicas para qué? 1.- Seleccionar el tipo y profundidad de la cimentación adecuada para una estructura dada. 2.- Evaluar la capacidad de carga de la cimentación, evitando esfuerzos y deformaciones indebidas. 3.- Estimar el asentamiento probable de una estructura. 4.- Detectar problemas potenciales de la cimentación (suelos expansivos, suelos colapsables, relleno sanitario, etc). 5.- Determinar la localización del nivel freático. 6.- Predecir el empuje lateral de la tierra. Los ensayos que deben tenerse en consideración de acuerdo a la Norma Técnica de Suelos y Cimentaciones E-050 son: