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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de noviembre de 2010 429048 Nº 021-2010-MDA-GAT/SGRyC, se declara nula de oficio la presente resolución. Artículo Séptimo.- TRANSCRIBIR a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para los efectos de la inscripción de la Habilitación Urbana, a la Municipalidad Metropolitana de Lima, al MINISTERIO DE EDUCACION; a SERPAR – LIMA, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL YAFAC VILLANUEVA Subgerente Planifi cación Urbana y Catastro 565427-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Aprueban el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 078-2010-MDP/C Pachacámac, 26 de octubre del 2010 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Pachacámac, visto en Sesión Extraordinaria de fecha 26 de octubre del 2010, el Informe Nº 133-2010-MDP/OPP e Informe Nº 0216- 2010-MDP/OAJ, sobre el Proyecto de “Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA 2010 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac” y; CONSIDERANDO Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú señala que las Municipalidades cuentan con autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales están sujetos a las Leyes y Disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el Artículo 29º de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que el procedimiento administrativo es el conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos sobre intereses obligaciones o derechos de los administrados; Que, el Artículo 36º de la norma citada, señala que en los casos de los gobiernos locales los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen mediante Ordenanza Municipal, estos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad , las entidades exigirán a los administrados el cumplimiento de procedimiento, la presentación de documentos, el suministro de información o el pago de derechos de tramitación, siempre que cumplan con los requisitos previstos; Que, el Artículo 40° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Artículo 37º, 38 y 39 de la Ley Nº 27444, establece el contenido, los lineamiento que se debe seguir para su aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos así como las consideraciones para estructurar el procedimiento en este caso se está incluyendo y exigiendo como requisito para la realización de cada procedimiento administrativo aquellos que razonablemente son indispensables para obtener el pronunciamiento correspondiente, atendiendo además a sus costos y benefi cios; Que, es preciso señalar que mediante Ordenanza Nº 075-2009-MDP/C se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, la misma que ha sido observada en el proceso de ratifi cación por el Servicio de Administración Tributaria –SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, con Informe Nº 133-2010-MDP/OPP la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto presenta la propuesta del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA, señala haber tenido en cuenta las observaciones planteadas por el SAT y subsanado en coordinación con las Ofi cinas y Gerencias involucradas; Que, con Informe Nº 216-2010-MDP/OAJ de fecha 21 de octubre del 2010, la Ofi cina de Asesoría Jurídica señala que en armonía a las disposiciones legales establecidas, es facultad del Concejo Municipal aprobar la normatividad necesaria para regular los derechos cuya obligación tienen como hecho generador la prestación efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el administrado, en ejercicio de la autonomía política, económica y administrativa de la que gozan los gobiernos locales en los asuntos de su competencia, dentro de este contexto considera que el proyecto de ordenanza se enmarca dentro de los lineamientos del Principio de legalidad. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9° de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto UNÁNIME de los señores Regidores y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA 2010 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, así como los derechos, requisitos y costos contenidos en el mismo, que como anexo forma parte de la presente norma. Artículo Segundo.- DEROGUESE el Artículo Primero, Tercero y Cuarto de la Ordenanza Nº 075-MDP/C de fecha 24 de junio del año 2010 que aprueba el “Texto Único de Procedimiento Administrativo” – TUPA Artículo Tercero.- REMITIR la presente Ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su correspondiente ratifi cación de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que ratifi que la Ordenanza que Aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníque, publíquese y cúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 565373-1