Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2010 (14/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2010

Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico Tambokancha o Tumibamba, ubicado en la provincia de Anta, departamento de Cusco; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14º de la Ley Nº 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, estando a lo senalado en el inciso 3º del Articulo 26º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo y la Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a traves de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos que correspondia aprobar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestion del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; y la Resolucion Directoral Nacional N° 500/INC de fecha 11 de marzo de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Nombre de la MORDAZA arqueologica monumental Tambokancha o Tumibamba MORDAZA Anta Datum PSAD56 MORDAZA 18 Distrito Zurite UTM Este 797216.61 UTM Norte 8510342.13 Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este 796992 UTM Norte 8509974

Articulo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 566202-4 RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 0097-2010-VMPCIC-MC MORDAZA, 10 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 1173-2010-ECR-SDSPDA/ DREPH/INC de fecha 27 de MORDAZA de 2010, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia recomienda se declare patrimonio cultural de la Nacion a veinticinco (25) monumentos arqueologicos prehispanicos registrados en el MORDAZA del "Proyecto de evaluacion arqueologica de reconocimiento sin excavaciones para Proyecto de Sismica 2D en el Lote 145 de OLYMPIC Inc Amazonas/Cajamarca", a cargo del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A. N° AC-0217; Que, mediante Acuerdo Nº 0543 de fecha 06 de MORDAZA de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos siguientes: Los MORDAZA, La Morera, San MORDAZA I, San MORDAZA II, La MORDAZA, Limoncito, Huarango MORDAZA, El Valor, San MORDAZA y El Triunfo, ubicados en la provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; La MORDAZA, El Mirador, Huaranguillo, MORDAZA de Cambio Pitec, Tolopampa, La Torita y Brujo Pata, ubicados en la provincia de Bagua, departamento de Amazonas; MORDAZA La Cerma, Tomependa, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA del Trigo, Inguro, Playa Grande, Luciyal y Huayurco, ubicados en la provincia de MORDAZA, departamento de Cajamarca; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Regional de Cultura de MORDAZA la elaboracion del expediente tecnico del monumento arqueologico prehispanico mencionado en el articulo 1º de la presente resolucion.

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