Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2010 (14/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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b. Cargo por volumen de agua potable
Clase Rango Categoria m3/mes Residencial Social 0 a mas 0a8 Domestico 8 a 20 20 a mas No Residencial 0 a 30 Comercial 30 a mas Industrial 0 a mas 0 a 30 Estatal 30 a mas

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2010

Ano 1 0.790 0.790 0.932 1.819

Ano 2 0.790 0.790 0.932 1.819

Tarifa (S/./m3) Ano 3 Ano 4 0.790 0.790 0.932 1.819 0.790 0.790 0.932 1.819

Ano 5 0.790 0.790 0.932 1.819

Articulo 7°.- Disponer la aplicacion de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales establecido en el Anexo N° 3 a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 8°.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano. Los Anexos Nº 1, 2, 3, el Estudio Tarifario Final y el Informe de conformidad a la propuesta final de los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales se consignaran en la pagina web de la SUNASS: www.sunass.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olivarez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Carrion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Directivo

1.212 2.596 2.596 1.212 1.873

1.212 2.596 2.596 1.212 1.873

1.212 2.596 2.596 1.212 1.873

1.212 2.596 2.596 1.212 1.873

1.212 2.596 2.596 1.212 1.873

c. Cargo por volumen de alcantarillado:
Clase Categoria Residencial 0 a mas 0a8 Domestico 8 a 20 20 a mas No Residencial 0 a 30 Comercial 30 a mas Industrial 0 a mas 0 a 30 Estatal 30 a mas Social 0.231 0.231 0.272 0.531 0.255 0.255 0.300 0.585 0.286 0.286 0.336 0.656 0.286 0.286 0.336 0.656 0.286 0.286 0.336 0.656 Rango m3/mes Tarifa (S/./m3) Ano 3 Ano 4

Ano 1

Ano 2

Ano 5

EXPOSICION DE MOTIVOS I. SUSTENTO TECNICO Y DETERMINACION DE LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTION.El Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria contiene el analisis tecnico con la propuesta de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran aplicadas por SEDAPAR S.R.L. para el proximo quinquenio. Dicha propuesta ha sido elaborada sobre la base de las proyecciones de demanda, ingresos y costos de explotacion e inversion eficientes de la empresa, que figuran en el citado Estudio Tarifario, el cual comprende basicamente los aspectos detallados en el Anexo Nº 2 del Reglamento General de Tarifas1. II. CONSIDERACIONES LEGALES.De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del articulo 3° de la Ley N° 273322, y los articulos 24° y 26° del Reglamento General de la SUNASS3, la SUNASS es competente para fijar la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion que seran aplicados por las EPS. Asimismo, el articulo 30° de la Ley Nº 263384 senala que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. Por otro lado, el articulo 85º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley N° 263385, establece que la SUNASS es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS. III. IMPACTO ESPERADO: La aprobacion de la formula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestion que seran de aplicacion por SEDAPAR S.R.L. beneficia, por un lado, a la empresa; y por otro, a la poblacion atendida. A la EPS debido a que su aplicacion debe coadyuvar a su sostenibilidad economica y viabilidad financiera. Por otra parte, la poblacion se beneficia al existir un compromiso de la empresa reflejado en las Metas de Gestion, cuyo cumplimiento debera traer como consecuencia una mejora en la calidad y continuidad de los servicios, siendo tambien un beneficio para la poblacion la viabilidad y sostenibilidad de la EPS.

0.354 0.757 0.757 0.354 0.546

0.390 0.833 0.833 0.390 0.601

0.437 0.933 0.933 0.437 0.674

0.437 0.933 0.933 0.437 0.674

0.437 0.933 0.933 0.437 0.674

(1) Estas tarifas incorporan los incrementos previstos en la formula tarifaria de 10,0% y 12,0% correspondiente a los anos 2 y 3 respectivamente. Sin embargo, los incrementos tarifarios a partir del MORDAZA ano se realizaran de acuerdo con lo establecido en el Anexo 2 de la presente Resolucion referido al cumplimiento de las Metas de Gestion. d. Asignaciones Maximas de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Domestico 20 Comercial 30 Industrial 30 Estatal 20

Articulo 3°.- Aprobar las metas de gestion para el quinquenio correspondiente, asi como los mecanismos de evaluacion del cumplimiento de las metas de gestion e incrementos tarifarios, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1. Articulo 4°.- Disponer la aplicacion de la estructura tarifaria establecida, en la presente resolucion, a partir del proximo ciclo de facturacion. Articulo 5°.- Disponer, sujeto al cumplimiento de lo establecido en el articulo 31° del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0232005-VIVIENDA, la creacion de un fondo para financiar las inversiones con recursos propios que forman parte de la formula tarifaria y estructura tarifaria aprobada por la SUNASS, que solo podra ser utilizado para tales fines. Si se comprueba un uso distinto, la Superintendencia comunicara este hecho al titular de las acciones representativas del capital social y a la Contraloria General de la Republica. Para constituir el referido fondo, la empresa SEDAPAR S.R.L. debera destinar mensualmente en cada uno de los anos del periodo quinquenal, los porcentajes de los ingresos totales por los servicios de agua potable y alcantarillado, senalados en el Anexo N° 2. Articulo 6°.- Aprobar los costos maximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales, para el proximo quinquenio, los cuales se encuentra contenido en el Anexo N° 3 de la presente Resolucion.

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3 4 5

Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD. Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. Aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM. Ley General de Servicios de Saneamiento. Aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA.

566236-1

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