Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2010 (14/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2010

Que, se interpuso Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion N° 154-2008/SBN-GO-JAR, siendo desestimado por Resolucion N° 111-2009/SBN-GO-JAR de fecha 27 de MORDAZA de 2009, por lo que se interpuso Recurso de Apelacion contra esta MORDAZA, siendo desestimado por Resolucion N° 036-2009/SBN-GO de fecha 30 de MORDAZA de 2009; Que, asimismo, la Resolucion N° 036-2009/SBNGO, teniendo como base el Plano de Determinacion de la Linea de mas Alta Marea (LAM) y Limite de la Franja de 50 metros de Ancho Paralela a la LAM, dispuso que se modificara la Resolucion N° 154-2008/SBN-GO-JAR y Memoria descriptiva N° 530-2008/SBN-GO-JAR para que se indique que el area submateria se ubica en la MORDAZA de playa; Que, el MORDAZA considerando de la Resolucion N° 1542008/SBN-GO-JAR establecio que el area de 85 319,45 m² estaba comprendida parcialmente dentro de la MORDAZA de playa y de dominio restringido, consignandose ademas en la Memoria Descriptiva N° 530-2008/SBN-GO-JAR; Que, habiendo contrastado el Plano de Determinacion de la Linea de mas Alta Marea (LAM) y Limite de la Franja de 50 metros de Ancho Paralela a la LAM, con el predio de 85 319,45 m² se observa que este ultimo se halla ubicado en MORDAZA de playa; Que, en tal sentido corresponde modificar el MORDAZA considerando de la Resolucion N° 154-2008/SBN-GOJAR y los documentos tecnicos que sustentaron esta, sin alterar la decision tomada de incorporar el area de 85 319,45 m² a favor del Estado; Que, el articulo 201.1 de la Ley N° 27444 "Ley de Procedimiento Administrativo General", establece que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efectos retroactivos, en cualquier momento de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de su decision; Que, resulta procedente modificar de oficio la Resolucion 154-2008/SBN-GO-JAR y la documentacion tecnica que forman parte de la misma, precisando que el predio se encuentra comprendido en MORDAZA de playa; Que, de acuerdo al literal s) del Articulo 39º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y Resolucion de Superintendencia N° 315-2001/SBN; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal N° 0603-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 08 de setiembre de 2010; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el MORDAZA considerando y articulo 1° de la Resolucion N° 154-2008/SBN-GO-JAR de fecha 29 de agosto de 2008, quedando en los siguientes terminos: "Que realizada la inspeccion tecnica con fecha 14 de agosto de 2008, se verifico que el citado terreno es de naturaleza eriaza y ribereno al mar, se encuentra comprendido en MORDAZA de playa, encontrandose asimismo desocupado". "Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 85 319,45 m², ubicado frente a las costas MORDAZA y a la margen derecha de la desembocadura del rio Chillon en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, segun memoria descriptiva N° 0892-2010/SBN-GO-JAR que sustenta la presente Resolucion". Articulo 2°.- La MORDAZA Registral Nº IX ­Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos,

por el merito de la presente Resolucion, inscribira en el Registro de Predios del Callao, lo establecido en el articulo 1° de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 566350-3

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Ica, MORDAZA y MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 296-2010/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 11 de noviembre del 2010 Visto, el Expediente N° 251-2010/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 1 152 054,06 m², ubicado en el sector El MORDAZA Alto, al sureste del Centro Poblado "El Carmen", en la jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, provincia de Chincha y departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se ha identificado el terreno de naturaleza eriaza de 1 152 054,06 m², ubicado en el sector El MORDAZA Alto, al sureste del Centro Poblado "El Carmen", en la jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, provincia de Chincha y departamento de Ica, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 28 de MORDAZA de 2010, se ha verificado que el terreno precitado es de naturaleza eriaza, se encuentra desocupado y libre de edificaciones, presenta una topografia accidentada con desniveles marcados y parte de su superficie se hallo cubierto con material de torrentera de regular tamano; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Informe Tecnico Nº 1069-2010-ZR-XI/OC-CHINCHA-R, de fecha 10 de MORDAZA de 2010, la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral Nº XI - Sede Ica senala que el predio materia de consulta se encuentra en MORDAZA donde no se aprecian predios con antecedentes graficos registrales; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 152 054,06 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolucion Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente

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