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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (14/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de noviembre de 2010 429165 de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, estando a lo señalado en el inciso 3º del Artículo 26º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC de fecha 06 de octubre de 2010, a través de la cual se autoriza al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales a expedir resoluciones correspondientes a los procedimientos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos que correspondía aprobar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, en tanto se aprueben los documentos de gestión del Ministerio de Cultura; Estando a lo visado por el Director de Gestión, Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Amazonas Provincia Utcubamba Nombre del sitio Distrito Datum WGS84 Zona 17 arqueológico UTM Este UTM Norte Los Araujo Cajaruro 0808598 9358637 La Morera Cajaruro 0796382 9366659 San Juan I Cajaruro 0789912 9370004 San Juan II Cajaruro 0790258 9368484 La Concordia Cajaruro 0788753 9369363 Limoncito Cajaruro 0787936 9370215 Huarango Pampa El Milagro 0770863 9374265 El Valor El Milagro 0766035 9367595 San Pedro El Milagro 0768178 9380837 El Triunfo El Milagro 0766919 9380200 Departamento Amazonas Provincia Bagua Nombre del sitio Distrito Datum WGS84 Zona 17 arqueológico UTM Este UTM Norte La Piedra Copallín 0785882 9372962 El Mirador Copallín 0785805 9373627 Huaranguillo Copallín 0782019 9371728 Cuevas de Cambio Pitec Copallín 0789714 9377105 Tolopampa La Peca 0779181 9380224 La Torita Copallín 0777856 9372454 Brujo Pata La Peca 0775961 9376424 Departamento Cajamarca Provincia Jaén Nombre del sitio Distrito Datum WGS84 Zona 17 arqueológico UTM Este UTM Norte Pampa La Cerma Bellavista 761607 9377707 Tomependa Bellavista 770281 9388847 Mejico Bellavista 0745232 9388393 San Lorenzo Bellavista 742335 9387522 Pampa del Trigo Bellavista 744578 9393316 Inguro Bellavista 752841 9394941 Playa Grande Bellavista 753728 9396044 Luciyal Bellavista 741224 9397300 Huayurco Bellavista 749265 9404832 Artículo 2°.- Encargar a las Direcciones Regionales de Cultura de Amazonas y Cajamarca la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución. Artículo 3°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 4°.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 566202-5 EDUCACION FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 023-2010-ED Mediante Ofi cio Nº 674-2010-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del D.S. Nº 023-2010, publicado en la Separata de Normas Legales en nuestra edición del día 10 de noviembre de 2010. DICE: Sumilla Autorizan a las Universidades a inscribir en su proceso ordinario de admisión a los alumnos egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú. DEBE DECIR: Sumilla Autorizan a las Universidades a inscribir en su proceso de admisión a los alumnos egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú. DICE: Artículo 1º.- De la autorización Autorizar a las Universidades a inscribir en su proceso ordinario de admisión, a los alumnos egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú, manteniendo el derecho previsto por inciso c) del artículo 56º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria. DEBE DECIR: Artículo 1º.- De la autorización Autorizar a las Universidades a inscribir en su proceso de admisión a todos los alumnos egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú, manteniendo el derecho previsto por el inciso c) del artículo 56º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria. 566707-1 JUSTICIA Designan Representante Alterno del Ministerio ante la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0265-2010-JUS Lima, 10 de noviembre de 2010