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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (14/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de noviembre de 2010 429171 de 31 464,27 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39° de la Resolución de Superintendencia N° 315-2001/SBN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 704-2010/SBN-GO-JAR, de fecha 09 de noviembre de 2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 31 464,27 m², ubicado a la altura del Km. 56 de la carretera Panamericana Sur, margen derecha rumbo a Chilca, entre los balnearios de Naplo y La Quipa, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 566344-4 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de SEDAPAR S.R.L. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 042 -2010-SUNASS-CD Lima, 2 de noviembre de 2010 VISTOS: El Informe Nº 060-2010-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria, que presenta el Estudio Tarifario Final de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Rioja Sociedad de Responsabilidad Limitada – SEDAPAR S.R.L. para el próximo quinquenio; El Memorándum N° 228-2010-SUNASS-110, emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el análisis que contiene la propuesta de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de los Servicios Colaterales que serán de aplicación por SEDAPAR S.R.L. para el próximo quinquenio; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 016-2009-SUNASS-GRT del 12 de agosto del 2009 se iniciaron los procedimientos de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; Que, según documentos de vistos - los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General – se ha procedido a publicar en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto de Resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; se realizó la Audiencia Pública; y, se ha presentado el Estudio Tarifario Final y el Informe de conformidad a la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública), por lo que corresponde emitir la resolución que dé por concluido el procedimiento; El Consejo Directivo en su sesión del 27/10/2010; HA RESUELTO: Artículo 1°.- Aprobar la fórmula tarifaria que será de aplicación para la Empresa Municipal de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Rioja Sociedad de Responsabilidad Limitada – SEDAPAR S.R.L. para el quinquenio regulatorio, y que se detalla a continuación: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T1 = T0 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,100) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,120) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Artículo 2°.- Aprobar la estructura tarifaria para el próximo quinquenio regulatorio y que se detallan a continuación: Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado: a. Cargo fi jo (S/. / Mes) 1,20. Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas.