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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (21/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de noviembre de 2010 429554 al señor Marco Aurelio Espinoza Rivera, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción; Que, el referido funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde dictar el acto de administración por el cual se acepte dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efi cacia al 24 de noviembre de 2010, la renuncia presentada por el señor MARCO AURELIO ESPINOZA RIVERA, al cargo de Director General de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de la Producción 569525-2 Aprueban cambios de titulares de permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 611-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 17 de setiembre del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00058079-2010 de fecha 21 de julio del 2010, presentado por el señor JUAN HUMBERTO JACINTO SÁNCHEZ, en representación de Juan Jacinto Palma, Carlos Alberto Jacinto Sánchez, Lila Edith Jacinto Sánchez, Elizabeth Liliana Jacinto Sánchez, Jorge Luís Jacinto Sánchez y Kelly Trinidad Jacinto Sánchez CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004- 2007-PRODUCE, de fecha 20 de febrero del 2007, sustituye el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 003-98- PE, estableciendo que las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el régimen de la Ley 26920, se efectuarán conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modifi cado por Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva a la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca; Que, mediante Resolución Directoral Nº 018-2000- PRE/PL de fecha 29 de noviembre del 2000, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a los armadores pesqueros JUAN JACINTO PALMA y TOMASA SANCHEZ DE JACINTO, para operar la embarcación pesquera de madera de bandera nacional ALETA AZUL II, con matrícula PL-18447-CM, de 40.16 m3 de capacidad de bodega en la extracción de los recursos hidrobiológico anchoveta y sardina con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando cajas con hielo como medio de preservación, y redes de cerco con tamaño mínimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm) según corresponda, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas adyacentes a la costa. Que, a la fecha la embarcación pesquera ALETA AZUL II, de matrícula PL-18447-CM, de 40.16 m3 de capacidad de bodega, se encuentra inscrita en el portal de la Página Web del Ministerio de la Producción a nombre del armador JUAN JACINTO PALMA y TOMASA SÁNCHEZ DE JACINTO con permiso de pesca vigente para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano directo, y anchoveta para consumo humano directo e indirecto, consignando a la referida embarcación en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; Que, a través del escrito del visto, el señor JUAN HUMBERTO JACINTO SÁNCHEZ, en virtud al poder Amplio General de fecha 6 de julio del 2010, y al amparo de lo establecido en el procedimiento 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE, solicita a nombre propio y de los señores JUAN JACINTO PALMA, CARLOS ALBERTO JACINTO SÁNCHEZ, LILA EDITH JACINTO SÁNCHEZ, ELIZABETH LILIANA JACINTO SÁNCHEZ, JORGE LUIS JACINTO SÁNCHEZ Y KELLY TRINIDAD JACINTO SÁNCHEZ, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 018-2000-PRE/PL para operar la embarcación pesquera ALETA AZUL II de matrícula PL-18447-CM; Que, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, la Ofi cina de Ejecución Coactiva informa mediante Ofi cio Nº 843-2010-PRODUCE/OGA/OEC, que la embarcación pesquera ALETA AZUL II de matrícula PL-18447-CM, registra deudas por multas ascendentes de 3.10 y 7.29 UIT respectivamente; sin embargo, los procedimientos de ejecución coactiva se encuentran suspendidos por haber el administrado interpuesto demanda contenciosa administrativa ante el Cuarto Juzgado Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, y demanda de revisión judicial ante la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima ; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 675-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la instancia legal a través del Informe Nº 1013-2010- PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de los señores JUAN JACINTO PALMA, CARLOS ALBERTO JACINTO SÁNCHEZ, JUAN HUMBERTO JACINTO SÁNCHEZ, LILA EDITH JACINTO SÁNCHEZ, ELIZABETH LILIANA JACINTO SÁNCHEZ, JORGE LUÍS JACINTO SÁNCHEZ Y KELLY TRINIDAD JACINTO SÁNCHEZ, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 018-2000-PRE/PL, para operar la embarcación pesquera ALETA AZUL II de matrícula PL-18447-CM, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano directo e indirecto, acondicionando la vigencia del permiso de pesca al resultado del proceso judicial correspondiente Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Directoral Nº