Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2010 (09/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2010

SUNAT. d. Al personal de la institucion, cuando se trate de encargos, habilitacion o reposicion del Fondo para Pagos en Efectivo, Fondo Fijo, para MORDAZA Chica y para el Pago de Jornales; Que, revisado los actuados se puede apreciar que la supuesta infraccion se circunscribiria en el hecho de que los ex - funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Ex Gerente de Administracion) y Vlado MORDAZA Rovegno (Ex - Sub Gerente de Tesoreria), al girar el Cheque N° N° 00008212, del Banco Continental; incumplieron con su deber de verificar si la Cuenta N° 011-1350100020615, se encontraba con fondos; Que, en este contexto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex - Gerente de Administracion, habria transgredido el literal d) del articulo 28° del Decreto Legislativo N° 276, por aparentemente haber actuado negligentemente en el desempeno de sus funciones; asimismo, habria conculcado el articulo 173° de la Ley N° 27897, al no cerciorarse de la disposicion de fondos en la cuenta corriente; de igual forma, le recae responsabilidad, conforme lo estipula el articulo 6° de la Directiva N° 0022006-EF/77.15; tambien, habria conculcado los literales b) y v) del articulo 44° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, aprobado la Ordenanza N° 000017, de fecha 23 de Octubre de 2003; y, el numeral 6 del articulo 7° de la Ley N° 27815 (Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica), al no haber cumplido sus funciones a cabalidad, y articulos 5° y 7° del Decreto Supremo N° 033-2005PCM; Que, el senor Vlado MORDAZA Rovegno, ex - Sub Gerente de Tesoreria, habria transgredido el literal d) del articulo 28° del Decreto Legislativo N° 276, por aparentemente haber actuado negligentemente en el desempeno de sus funciones; asimismo, habria conculcado el articulo 173° de la Ley N° 27897, al no cerciorarse de la disposicion de fondos en la cuenta corriente; de igual forma, conforme lo establece el Articulo 47° de la Ley N° 28693, el Tesorero es susceptible de responsabilidad administrativa, ante el incumplimiento de las disposiciones de la Ley General del Sistema de Tesoreria; asimismo, habria conculcado el literal d) del articulo 51° del Reglamento de Organizacion

y Funciones de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, aprobado la Ordenanza N° 000017, de fecha 23 de Octubre de 2003; y, numeral 6 del articulo 7° de la Ley N° 27815 (Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica), al no haber cumplido sus funciones a cabalidad, y articulos 5° y 7° del Decreto Supremo N° 033-2005PCM; Estando a los hechos expuestos y a las normas mencionadas en la parte considerativa, en virtud de las facultades conferidas por el articulo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asi como a lo dispuesto por el articulo 20º, numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APERTURAR MORDAZA administrativo disciplinario contra los ex - funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Ex - Gerente de Administracion) y Vlado MORDAZA Rovegno (ex Sub Gerente de Tesoreria), por las razones expuestas en el considerando. Articulo 2º.- CONCEDER a los ex funcionarios publicos mencionados en el articulo precedente, el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de notificada la presente resolucion, a fin de que presente su descargo respectivo, otorgandoles para dicho caso todas las facilidades. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad, llevar a cabo el MORDAZA Administrativo Disciplinario pertinente a los ex funcionarios, luego de sus conclusiones, procedan a elevar el informe respectivo al titular del pliego. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General la notificacion de la presente resolucion conforme a ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 552911-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

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