Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2010 (09/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARAR DE INTERES PUBLICO REGIONAL LA EVACUACION DE LAS AGUAS AL AMBIENTE, PROVENIENTES DEL USO DE LA ACTIVIDAD MINERA, LAS QUE DEBEN CUMPLIR CON LOS LIMITES PERMISIBLES ESTABLECIDOS EN LA LEY VIGENTE. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la implementacion de la presente MORDAZA regional. Articulo Tercero.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 42 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia catorce de setiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado del Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia veintiuno de setiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional del Gobierno Regional Tacna 553252-1

Disponen la adecuacion de la Comision Ambiental Regional Tacna (CAR TACNA) al D. Leg. Nº 1013
ORDENANZA REGIONAL N° 010-2010-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha nueve de setiembre del ano dos mil diez, en Sesion Ordinaria, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191 de la Constitucion Politica del Estado, senala que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el literal g) del articulo 9 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales senala como una de las Competencias Constitucionales de los Gobiernos Regionales: "Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley"; Que, el articulo 53 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece como Funciones de los Gobiernos Regionales en materia ambiental y de Ordenamiento Territorial: "a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; b) Implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales regionales";

Que, el articulo 17 del Decreto Legislativo 1013 - Que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece: "17.1 Los Gobiernos Regionales y Locales aprueban la creacion, el ambito, la composicion y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales - CAR - y de las Comisiones Ambientales Municipales - CAM -, respectivamente. 17.2 El Ministerio del Ambiente apoya el cumplimiento de los objetivos de las CAR y de las CAM, en el MORDAZA de la politica ambiental nacional, manteniendo estrecha coordinacion con ellas"; Que, el articulo 40 del Decreto Supremo Nº 0082005-PCM Reglamento de la Ley 28245 - Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental, prescribe: "De la Comision Ambiental Regional.- La Comision Ambiental Regional es la instancia de gestion ambiental de caracter multisectorial, encargada de la coordinacion y concertacion de la politica ambiental regional, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado. Brinda apoyo al Gobierno Regional respectivo, de conformidad con lo senalado en el inciso b) del articulo 53 de la Ley 27867"; Que, mediante Decreto de Consejo Directivo Nº 06-2001-CD/CONAM, se crea la Comision Ambiental Regional - CAR TACNA, la cual tiene como finalidad, la de promover la descentralizacion de las capacidades de gestion ambiental a nivel regional y local, (...). Dicha Comision ha venido funcionando ininterrumpidamente desde su creacion, impulsando una mejor coordinacion de las organizaciones publicas, privadas, academicas y sociedad civil; Que, segun el Acta de Sesion Nº 85 de la Comision Ambiental Regional - CAR TACNA de fecha 25.Setiembre.2009, el Acuerdo Nº 57-09 senala textualmente: "Ratificar del Acuerdo de la CAR Tacna que emite opinion favorable para la aprobacion del Reglamento Interno de la CAR Tacna y su actualizacion. Se remita a la brevedad la documentacion sustentatoria al Gobierno Regional de Tacna para su aprobacion por Ordenanza Regional"; Que, con Oficio Nº 276-2010-PR/GOB.REG.TACNA el senor Presidente Regional solicita al Consejo Regional, la aprobacion del Reglamento Interno de la CAR TACNA, para lo cual adjunta el Informe Nº 663-2009-ORAJ/GOB. REG.TACNA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica, el Oficio Nº 769-10-GRRNyGMA.GOB.REG.TACNA e Informe Nº 055-2009-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA ambos de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, Oficio Nº 832-2010-GRPPAT/GOB. REG.TACNA de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, original del Acta de Sesion Nº 85 de la Comision Ambiental Regional Tacna y propuesta de Reglamento Interno de la Comision Ambiental Regional - CAR TACNA; todos los documentos MORDAZA mencionados opinan, recomiendan y sustentan la aprobacion de la iniciativa normativa presentada; tramitada la propuesta, se deriva a la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional, para que emita el Dictamen respectivo; Que, la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional, luego de analizar y debatir el tema, emite el Dictamen Nº 0032010-CR-CORNGMA, el cual aprueba por Unanimidad, "Disponer la adecuacion de la Comision Ambiental Regional Tacna al Decreto Legislativo Nº 1013 - Ley de Creacion del Ministerio del Ambiente y Aprobar el Reglamento Interno de la Comision Ambiental Regional Tacna"; Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36 y 37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DISPONER LA ADECUACION DE LA COMISION AMBIENTAL REGIONAL TACNA (CAR TACNA), AL DECRETO LEGISLATIVO 1013 - LEY DE CREACION, ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE. Articulo Segundo.- APROBAR EL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISION AMBIENTAL REGIONAL

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