Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2010 (09/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 9 de octubre de 2010

NORMAS LEGALES

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Que, la Ley General de Salud Nº 26482 establece en el Articulo VII del Titulo Preliminar, que el Estado promueve el aseguramiento universal y progresivo de la poblacion para la proteccion de las contingencias que pueden afectar su salud y garantiza la libre eleccion de sistemas previsionales, sin perjuicio de un sistema obligatoriamente impuesto por el Estado para que nadie quede desprotegido; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, dispone que el Ministerio de Salud, en ejercicio de su rol rector en el sector salud, tiene la responsabilidad de establecer de manera descentralizada y participativa las normas y las politicas relacionadas con la promocion, la implementacion y el fortalecimiento del aseguramiento universal en salud; Que, el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0112009-SA, crea el Comite Tecnico Implementador Nacional responsable de la conduccion del MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, adscrito al Ministerio de Salud; y el Articulo 8º del mismo texto legal, establece que cada Gobierno Regional constituira un Comite Tecnico Implementador Regional de caracter multisectorial que estara a cargo de disenar, ejecutar y coordinar en el ambito regional, las estrategias especificas de implementacion del aseguramiento universal y de la evaluacion del mismo, conforme a las directivas emanadas del Comite Tecnico Implementador del nivel nacional; Que, estando a lo acordado y aprobado unanimemente por el pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 16, mediante Acuerdo Nº 134, de fecha 25 de Agosto del 2010; y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso a) del Articulo 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, se ha expedido la siguiente: Ordenanza Regional; Articulo Primero.DISPONER por un lapso de dos anos, la constitucion del Comite Tecnico Implementador Regional del Aseguramiento Universal en Salud del Gobierno Regional Amazonas, que estara a cargo de disenar, ejecutar y coordinar en el ambito regional, las estrategias especificas de implementacion del aseguramiento universal y de la evaluacion del mismo, conforme a las Directivas del Comite Tecnico Implementador del nivel nacional, el mismo que estara integrado por: - Director Regional de Salud Amazonas, quien lo presidira. - Directores Ejecutivos de Hospitales y Redes de Salud. - Director de la Red Asistencial Essalud. - Representante de la Region de Salud PNPAmazonas. - Representante de la Oficina Desconcentrada del Seguro Integral de Salud. - Dos representantes de la sociedad civil. - Representantes de las comunidades campesinas y/o comunidades nativas. - Representantes de Clinicas Privadas. Articulo Segundo.- DISPONER la constitucion de la Secretaria Tecnica del Comite Tecnico Implementador Regional del Aseguramiento Universal en Salud del Gobierno Regional Amazonas, cuyas funciones seran desarrolladas en el Reglamento Interno que apruebe el Comite Tecnico Implementador a nivel regional, la misma que estara integrada por: - El Director Ejecutivo de Salud de las Personas. - El Director de Servicios de Salud. - Directores de Hospitales y Redes de Salud. - Director de Planificacion y Planeamiento Estrategico de la DIRESA Amazonas. - Jefe de Planificacion de Hospitales y Redes de Salud. - Representante de la Region de Salud PNPAmazonas. - Representante de Clinicas Privadas. - Jefe de la Oficina de Seguro de ESSALUD. - Representante de la Oficina de Seguros de la DIRESA Amazonas.

- Representante de la Oficina de Informatica de la ODSIS Amazonas. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 06 dias del mes de Setiembre del 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 13 dias del mes de Setiembre del 2010. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 552850-1

Aprueban modificaciones a la Ordenanza Nº 255-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 150-2010-GRA/CR-SO En Sesion Ordinaria Nº 016 del Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas de fecha 25 de agosto del ano dos mil diez, llevada a cabo en la Sala de Sesiones del Consejo Regional, provincia de Chachapoyas, sede del Gobierno Regional Amazonas; y, CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 139-2010-G. R. AMAZONAS/ GRDE, de fecha 22 de MORDAZA del ano 2010, el Gerente Regional de Desarrollo Economico deriva al Gerente General la MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 255GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS, para su correccion de las observaciones que ha detectado; Que, con informe Nº 058-2010-G. R. AMAZONAS/ GGR de fecha 23 de MORDAZA del ano 2010, el Gerente General Regional eleva al Consejo Regional, la Ordenanza Nº 255GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS eleva al Consejo Regional las observaciones hechas por el Gerente Regional de Desarrollo Economico; Que, el inciso a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el inciso o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 29053 en concordancia con el inciso o) del articulo 14º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Amazonas, establece que es atribucion del Presidente Regional ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 39º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, indica: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Siendo esto asi, el Pleno del Consejo Regional, con las atribuciones conferidas en el articulo 15º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, por unanimidad; ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR las modificaciones de la Ordenanza Regional Nº 255-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 23 de MORDAZA del 2010, con el siguiente texto:

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