Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2010 (04/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 2010

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2008MIMDES, se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 27060, que determina las normas y procedimientos a que se sujetaran las Comisiones de Adquisicion para llevar a cabo los procesos de adquisicion directa y contratacion de los productos alimenticios nacionales a los pequenos productores locales, dentro de los alcances de la Ley Nº 27060; Que, como consecuencia de la aplicacion del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0052008-MIMDES, se ha podido constatar la necesidad de modificar los impedimentos establecidos en los incisos f) y g) del articulo 4 de dicho cuerpo normativo con la finalidad de que el PRONAA cuente con un MORDAZA legal que le permita adquirir los productos alimenticios en optimas condiciones economicas, tecnicas y administrativas a los pequenos productores locales que actuan en concordancia con lo previsto en la normativa vigente, en aras de garantizar la adecuada y oportuna atencion a los beneficiarios de los Programas Alimentarios y Nutricionales que tiene a su cargo a nivel nacional; Que, igualmente, se requiere precisar las acciones que realizaran el PRONAA y las Comisiones de Adquisicion cuando el postor adjudicatario no cumpla con suscribir contrato, de acuerdo con el procedimiento establecido en el articulo 32 del Reglamento de la Ley Nº 27060; Que, en consecuencia, resulta conveniente modificar los articulos 4 y 32 del Reglamento de la Ley Nº 27060; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion de articulos del Reglamento de la Ley Nº 27060, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-MIMDES. Modificanse los incisos f) y g) del articulo 4 y el MORDAZA parrafo del articulo 32 del Reglamento de la Ley Nº 27060, Ley que establece la adquisicion directa de productos alimenticios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria a los productores locales, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-MIMDES, en los terminos siguientes: "Articulo 4º.- Impedimentos para ser postor y/o contratista Estan impedidos de ser postores y/o contratistas: (...) f) Las personas naturales o juridicas que, habiendose adjudicado la buena pro, no cumplan con suscribir el contrato respectivo, o se les MORDAZA resuelto el contrato por causales imputables al contratista, en los Procesos de Adquisicion de Alimentos regulados por la Ley Nº 27060 y su Reglamento que MORDAZA convocados dentro de los veinticuatro (24) meses posteriores a la notificacion de la no suscripcion del contrato o de la resolucion del mismo, segun corresponda. g) Las personas juridicas cuyos socios, accionistas, participacionistas o titulares formen o hayan formado parte, en los ultimos veinticuatro (24) meses de establecido el impedimento, de personas juridicas que se encuentren impedidas para participar en procesos de adquisicion y para contratar con el Estado, o que habiendo actuado como personas naturales, esten impedidas de ser postor y/o contratista; conforme a los criterios previstos en el presente Reglamento. (...)" "Articulo 32º.- Suscripcion de los Contratos (...) Si el postor adjudicatario se negara a firmar el contrato, el PRONAA lo requerira para que lo haga en un MORDAZA plazo que no excedera de los dos (2) dias habiles siguientes. Si el postor al ser llamado no suscribe el contrato, el Jefe del Equipo de Trabajo Zonal devolvera

a la Comision de Adquisicion el contrato no suscrito, la cual declarara desierto el MORDAZA de adquisicion total o parcialmente, segun corresponda. (...)" Articulo 2º.- Autorizacion al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria. Autorizase al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES para que emita las normas correspondientes, orientadas a dar cumplimiento a lo regulado por el Reglamento de la Ley Nº 27060, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-MIMDES y modificado por el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.Disposicion Complementaria Transitoria. Precisase que no se encuentran comprendidos en el impedimento previsto en el inciso f) del articulo 4 del Reglamento de la Ley Nº 27060, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2008-MIMDES, los postores y/o contratistas que hubiesen incurrido, con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, en supuestos distintos a la no suscripcion del contrato o la resolucion del contrato por causales imputables al contratista. Articulo 4º.- Vigencia. El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Agricultura y el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de septiembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 539319-3

Modifican el Manual de Organizacion y Funciones del Ministerio, en lo relativo a las funciones del Gerente(a) de la Unidad Gerencial de Proteccion Integral del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 584-2010-MIMDES MORDAZA, 3 de setiembre de 2010 Vistos el Oficio 1137-2010/INABIF.DE de la Direccion Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF, el Memorando 1105-2010MIMDES/OGPP de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto, la Nota 049-2010-MIMDES/OGPP-OOM de la Oficina de Organizacion y Metodos y el Informe 403-2010-MIMDES/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica;

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