Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2010 (04/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

425070

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de setiembre de 2010

que el aludido Programa tendria una vigencia de dos (2) anos, pudiendo ser MORDAZA dicho plazo, si los resultados obtenidos del Programa asi lo justifican; Que, con Decreto Supremo Nº 027-2005-PRODUCE, entre otros, se amplio indefinidamente el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y el Desembarque en el Ambito Maritimo", aprobado por Decreto Supremo Nº 0272003-PRODUCE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 382-2007PRODUCE se constituyo la Comision encargada de elaborar las Bases y conducir el MORDAZA de seleccion de las empresas que ejecutaran el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" para el periodo comprendido del 1 de MORDAZA de 2008 y el 17 de enero de 2011; Que, por Resolucion Ministerial Nº 338-2008PRODUCE se aprobaron las Bases y Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de las empresas que se encargaran de la ejecucion del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", para el periodo comprendido del 1 de MORDAZA de 2008 y el 17 de enero de 2011; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2010PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 0082010-PRODUCE, se amplio el alcance del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" a los Establecimientos Industriales Pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado residual, a las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos y a aquellos establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano directo y con plantas de harina de pescado convencional y/o de alto contenido proteinico, aceite y harina de pescado residual; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE, autoriza al Ministerio de la Produccion a dictar mediante Resolucion Ministerial las disposiciones que MORDAZA necesarias para la mejor aplicacion del indicado Decreto Supremo; Que, mediante el Informe de Vistos, la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia sustenta la necesidad de asegurar la continuidad del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" mediante la designacion de una Comision que se encargue de elaborar las Bases y Terminos de Referencia; convocar y conducir el MORDAZA de seleccion de la(s) empresa(s) que preste(n) el servicio de vigilancia y control del indicado Programa para el periodo comprendido del 18 de enero de 2011 al 17 de enero de 2014; Que, el numeral 1 del articulo 36º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, senala que entre las comisiones se encuentran las Comisiones Sectoriales las cuales son de naturaleza temporal, y son creadas con fines especificos para cumplir funciones de fiscalizacion, propuesta o emision de informes tecnicos; y se crean formalmente por resolucion ministerial del titular a cuyo ambito de competencia corresponden; Que, resulta necesario emitir el acto por el cual se disponga la conformacion de la Comision referida precedentemente; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria; de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE - Crean el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; el Decreto Supremo Nº 027-2005PRODUCE - Modifican Reglamento de la Ley General de Pesca y amplian periodo de vigencia del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; el Decreto Supremo Nº 002-2010PRODUCE - Amplia los alcances del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo"; la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE y su modificatoria aprobada por Decreto

Supremo Nº 018-2009-PRODUCE;

Articulo 1º.- Objeto Conformar la Comision Sectorial encargada de elaborar las Bases y Terminos de Referencia, convocar y conducir el MORDAZA de seleccion de la(s) empresa(s) que ejecutaran el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo", para el periodo comprendido del 18 de enero de 2011 al 17 de enero de 2014, la misma que estara integrada de la siguiente manera: - La Viceministra de Pesqueria, quien la presidira; - El Director General de la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia; - La Directora General de la Oficina General de Administracion; - El Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; - Un Asesor del Despacho Ministerial; - Tres (3) representantes de la Sociedad Nacional de Pesqueria; y, - Un (1) representante del Organo de Control Institucional, quien actuara como observador. El Asesor del Despacho Ministerial, los representantes de la Sociedad Nacional de Pesqueria y el representante del Organo de Control Institucional, seran designados por Memorando u Oficio, segun corresponda, dentro de los cinco (5) dias calendario de notificada la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Funciones La Comision Sectorial a que se refiere el articulo precedente tendra las funciones siguientes: - Elaborar las Bases y Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de la (s) empresa (s) que ejecutaran el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque del Ambito Maritimo", para el periodo comprendido del 18 de enero de 2011 al 17 de enero de 2014. - Convocar y conducir el MORDAZA de seleccion correspondiente. La citada Comision Sectorial desempenara las funciones encomendadas, sin perjuicio del ejercicio de las funciones que le son propias a las dependencias competentes en las materias correspondientes del Ministerio de la Produccion y de sus Organismos Publicos. Articulo 3º.- Plazo para instalacion La citada Comision debera ser instalada en el plazo MORDAZA de diez (10) dias calendario computados desde la notificacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de informes La Comision Sectorial elevara al Despacho Ministerial las Bases y Terminos de Referencia del MORDAZA de seleccion de la(s) empresa(s) que ejecutaran el "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque del Ambito Maritimo", en un plazo MORDAZA de cuarenta (40) dias calendario desde su instalacion; para la aprobacion correspondiente. Articulo 5º.- Colaboracion La Comision Sectorial podra solicitar la informacion y/o documentacion necesarias para el cumplimiento de sus funciones a las dependencias del Ministerio y de los Organismos Publicos del Sector Produccion, quedando estos obligados a prestar su colaboracion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 538360-1

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