NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (04/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 128
TEXTO PAGINA: 95
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de setiembre de 2010 425085 - Mediante el formato del Anexo 02-A: las características técnicas de las instalaciones por cada central generadora. 7.2 REGISTRO DE FALLAS Y SALIDAS FORZADAS DE LAS CENTRALES DE GENERACIÓN Mediante el formato del Anexo 03: cada Empresa deberá llevar un registro detallado de las fallas y/o salidas forzadas de las unidades y/o centrales de generación eléctrica. 7.3 REPORTE DIARIO DE FALLAS Y SALIDAS FORZADAS Cada vez que se produzca interrupción total o parcial de la generación para los sistemas aislados a los que se refi ere el presente procedimiento, por fallas y/o salidas forzadas de las unidades o centrales eléctricas, se emitirán informes específi cos en el formato del Anexo 04. Esta información referencial incluirá las medidas que se adopten para superar las causas que ocasionaron la falla o salida forzada, además de las acciones que sean requeridas para garantizar la continuidad del servicio eléctrico. Esta información será constatada en primera instancia por el Supervisor Regional de OSINERGMIN en el sistema extranet. 7.4 REPORTE DEL MANTENIMIENTO PROGRAMADO Las empresas deben informar antes de realizar cualquier intervención de mantenimiento programado en las instalaciones generadoras, siempre y cuando ocasionen restricciones del suministro eléctrico y sean mayores o iguales a 4 horas, de conformidad con el “Anexo 04-A”. 7.5 REPORTE DE RACIONAMIENTO POR DÉFICIT DE GENERACIÓN Las empresas deben informar cada vez que exista racionamiento del suministro eléctrico por défi cit de capacidad en generación, de conformidad con el “Anexo 04-B”. 7.6 REPORTE DEL MARGEN DE RESERVA OPERATIVO DE GENERACIÓN Las Empresas pondrán a disposición de OSINERGMIN, en forma semestral, el reporte de determinación del Margen de Reserva Operativo de Generación por cada sistema eléctrico, de conformidad con el “Anexo 05”. 7.7 REPORTE MENSUAL DEL DESPACHO DE CARGA Las empresas deben informar el despacho de carga del día de máxima demanda del mes correspondiente, de conformidad con el “Anexo 06”, los cuales deben ser depositados en el sistema extranet en archivos magnéticos de tipo xls (excel). 7.8 PLAN DE CONTINGENCIAS OPERATIVAS Las Empresas presentarán cada dos años, para cada sistema aislado que operen, el Plan de Contingencias Operativas (PCO), y depositar en archivo magnético en el sistema extranet, ya sea en documentos de tipo doc y/o pdf. Estos Planes de Contingencias Operativas deberán garantizar la continuidad del suministro que minimice la interrupción del servicio eléctrico, por periodos mayores a los señalados y ante las eventualidades siguientes: - Por falla o deterioro de cualquier componente de las instalaciones generadoras, cuya rehabilitación no pueda lograrse antes de 24 horas. Para el caso de los servicios donde el suministro sea de 12 horas diarias o menos, el período máximo de rehabilitación será de 36 horas. - En la ejecución de actividades de mantenimiento preventivo o correctivo con restricción total del suministro que dure más de 12 horas consecutivas. - Ante daños causados a las instalaciones generadoras por causas de fuerza mayor, fenómenos naturales o hechos fortuitos, que no permitan el restablecimiento de las instalaciones afectadas después de las 24 horas de su ocurrencia. 7.9 PROGRAMA DE ADECUACIÓN DE CONFIABILIDAD DEL SUMINISTRO Simultáneamente con la presentación del Plan de Contingencias Operativas (PCO), las Empresas también presentarán un Plan de Adecuación de Confiabilidad del Suministro (PACS) por cada sistema eléctrico aislado. Este consistirá en un programa técnicamente sustentado que debe garantizar la existencia del margen de reserva regulado por OSINERGMIN, para garantizar la cobertura de la demanda en el corto y mediano plazo. Se presentará en forma impresa a OSINERGMIN y se depositará en archivo magnético en el sistema extranet, ya sea en documentos de tipo doc y/o pdf. 8. PLAZOS PARA REMITIR LA INFORMACIÓN En el cuadro adjunto se detallan los plazos que obligatoriamente deben cumplir las Empresas a que hace mención la presente norma para la presentación de la información: PERIODICIDAD Y PLAZOS PARA ENVIAR INFORMACIÓN INFORMACIÓN PLAZO PERIODICIDAD Datos Generales y Características Técnicas de las Instalaciones Generadoras (Formato de los Anexos 02 y 02-A) Dentro de los siguientes 30 días hábiles de haber realizado cambios en la infraestructura técnica. Por única vez, cuando se efectúen modifi caciones, o en la oportunidad específi ca que OSINERGMIN lo requiera Registro de Fallas y/o Salidas Forzadas (Formato del Anexo 03) 10 días hábiles de fi nalizado el mes correspondiente Mensualmente Reporte de Fallas, Salidas Forzadas (Formato del Anexo 04) - Dentro de 02 días hábiles posteriores al día de la ocurrencia de la salida forzada Cada vez que ocurran los eventos señalados Reporte del Mantenimiento Programado (Formato del Anexo 04-A) - 03 días calendario antes del día previsto de un mantenimiento programado. En cada m a n t e n i m i e n t o programado. Reporte de Racionamiento por Défi cit de Generación (Formato del Anexo 04-B) - 02 días hábiles posteriores al día de la ocurrencia del racionamiento. En cada ocurrencia Reporte del Margen de Reserva Operativo de Generación (Formato del Anexo 05) 10 primeros días hábiles de enero y julio de cada año Semestralmente Reporte Mensual de Despacho de Carga (Formato del Anexo 06) 10 días hábiles siguientes de fi nalizado el mes correspondiente Mensual Plan de Contingencias Operativas (PCO) Último día hábil del mes de diciembre Bianual Programa de Adecuación de Confi abilidad del Suministro (PACS) Último día hábil del mes de diciembre Bianual 9. TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN La transferencia de la información indicada se realizará a través del sistema informático extranet: http:// gfe.osinerg.gob.pe/GFEGA/. 10. INSPECCIÓN DE CAMPO En base al programa de supervisión elaborado por OSINERGMIN se efectúa la correspondiente inspección