NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (04/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 128
TEXTO PAGINA: 79
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de setiembre de 2010 425069 CONSIDERANDO: Que, la Ley ʋ 27793, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, establece que este Portafolio es competente, entre otros, en materia de promoción de la equidad de género, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la igualdad de oportunidades para la niñez, la tercera edad y las poblaciones en situación de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas; Que, el artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo ʋ 011-2004- MIMDES, dispone que el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF tiene entre sus funciones la de dirigir y ejecutar acciones tendientes a lograr la prevención, protección, atención y apoyo de la población en riesgo, así como la de desarrollar y ejecutar los programas y servicios de prevención, asistencia, protección y promoción relacionados con sus objetivos; Que, mediante Ofi cio ʋ 1137-2010/INABIF.DE del 26 de agosto de 2010, la Dirección Ejecutiva del INABIF remitió los Informes ʋ 521-2010/INABIF.DE-AL y ʋ 512-2010/INABIF.UPR de su Asesoría Legal y de su Unidad de Planeamiento y Resultados, respectivamente, en los que se ha concluido que, conforme a lo dispuesto en el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Resolución Ministerial ʋ 452-2005-MIMDES, en lo que respecta a las funciones del Gerente(a) de la Unidad Gerencial de Protección Integral, en su Función Básica y Funciones Específi cas 1, 2 y 4, aquel funcionario únicamente puede intervenir en los casos de atención de niños, niñas y adolescentes; Que, en tal sentido, en los citados Informes se ha determinado la necesidad de precisar en el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social que las acciones y programas que se encuentran a cargo del referido funcionario también incluyen la atención de las personas adultas mayores y personas adultas con discapacidad, población que se encuentra en situación de riesgo y abandono; Que, por medio de la Nota ʋ 049-2010/OGPP-OOM del 31 de agosto de 2010, la Ofi cina de Organización y Métodos de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, en su calidad de órgano encargado de la racionalización y aprobación de la organización y métodos necesarios para la mejor gestión interna y del Sector, a tenor del artículo 50 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, ha emitido la respectiva opinión técnica favorable para la modifi cación del Manual de Organización y Funciones; Que, en consecuencia, resulta necesario emitir el acto mediante el cual se apruebe la modifi cación del Manual de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, la Secretaría General, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, la Ofi cina de Organización y Métodos y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley ʋ 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 011-2004- MIMDES, y el Decreto Supremo ʋ 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el Manual de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Resolución Ministerial ʋ 452- 2005-MIMDES, en lo que respecta a las funciones del Gerente(a) de la Unidad Gerencial de Protección Integral del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, conforme al siguiente texto: “IDENTIFICACIÓN DEL CARGO UNIDAD ORGÁNICA Unidad Gerencial de Protección Integral ʋ CAP 1108 CLASIFICACIÓN EC CARGO ESTRUCTURADO GERENTE(A) FUNCIÓN BÁSICA: Encargado de planifi car, dirigir y evaluar las acciones y programas que permitan la integración de niñas(os), adolescentes, personas adultas con discapacidad y personas adultas mayores en alto riesgo, a su familia y a la sociedad a través de procesos formativos que permitan su desarrollo integral, ejecutando sus acciones mediante las Unidades Prestadoras de Servicios (Hogares). FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1. Coordinar y proponer normas, métodos y procedimientos que permitan lograr la protección integral de niñas(os), adolescentes, personas adultas con discapacidad y personas adultas mayores en situación de abandono y alto riesgo; 2. Supervisar la aplicación de normas y métodos que permitan lograr la protección integral de niñas(os), adolescentes, personas adultas con discapacidad y personas adultas mayores en situación de alto riesgo; 3. (…) 4. Supervisar y evaluar las actividades que se desarrollan en los Hogares, Casa Hogar, Aldeas, Casas de Estancia y otras modalidades de intervención, para la protección de niñas(os), adolescentes, personas adultas con discapacidad y personas adultas mayores en alto riesgo; (…)”. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 539098-1 PRODUCE Conforman la Comisión Sectorial encargada de elaborar las Bases y Términos de Referencia, convocar y conducir el proceso de selección de la(s) empresa(s) que ejecutarán el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2010-PRODUCE Lima, 2 de setiembre de 2010 VISTOS: El Informe Técnico Nº 018-2010-PRODUCE/ DIGSECOVI y el Memorando Nº 186-2010-PRODUCE/ DIGSECOVI, de fechas 30 de junio de 2010 y 5 de agosto de 2010, respectivamente, ambos de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia; así como el Informe Nº 00091-2010-PRODUCE/OGAJ-ncarpio, de fecha 13 de julio de 2010 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-PRODUCE se creó el “Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo”; estableciéndose