Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2010 (10/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de setiembre de 2010

Juez Superior en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se sustenta en la causal de seguridad; Tercero: Al respecto, el Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, preceptua que se entiende como razones de seguridad cuando en vista de la correcta conducta del magistrado, se produce o se tiene fundamento de que se vayan a producir acciones inminentes y verosimiles en perjuicio o agravio de su persona, su familia y/o sus bienes. El traslado por razones de seguridad requiere informe sustentatorio de la autoridad competente y del Presidente de la Corte Superior de Justicia a la que pertenece; Cuarto: Que, de la documentacion anexada a la solicitud de traslado, se advierte a fojas 6 y 7 el acta de visualizacion de memoria telefonica del telefono celular asignado por el Poder Judicial al juez peticionante, la misma que contiene 6 mensajes, de fechas 23 y 28 de MORDAZA, y 11 de MORDAZA del ano en curso, en los cuales se constata amenazas de muerte contra dicho magistrado. En tal sentido, los mencionados mensajes han sido verificados por el representante del Ministerio Publico y transcritos conforme se evidencia de los terminos con los cuales aparece en el acta fiscal obrante a fojas 08 y 09, circunstancia que ha dado origen a la investigacion preliminar reservada por los delitos de extorsion y coaccion, en agravio del doctor Edgard MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, segun consta en la resolucion numero uno de fecha 03 de MORDAZA del ano en curso, obrante a fojas 11, suscrita por el Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Moyobamba; hecho que ha motivado que posteriormente el Ministerio Publico, en la misma investigacion, solicite al Jefe de la Cuarta Direccion Territorial de la Policia Nacional con sede en Moyobamba, Departamento de San MORDAZA, que brinde proteccion policial al magistrado agraviado; Quinto: Que, a lo senalado precedentemente se agregan, conforme aparece de fojas 12 a 14, tres mensajes al correo electronico personal del referido magistrado, que contienen amenazas de muerte en su contra, y en los cuales se le recuerda incluso el asesinato de su senor padre, ocurrido en la MORDAZA de Ayacucho. De igual modo, obra a fojas 18, un manuscrito anonimo conteniendo amenazas de muerte contra el citado magistrado; asi como tambien a fojas 19 y 21, se verifica dos escritos anonimos con amenazas de causarle dano fisico y sacarlo violentamente del cargo de Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martin; Sexto: Que, asimismo, obra a fojas 35 el acta de recepcion de evidencia, suscrito por el Fiscal Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Moyobamba y por el senor Winder MORDAZA MORDAZA, en la cual se deja MORDAZA que el dia 14 de MORDAZA del presente ano, por intermedio de la empresa SERPOST se entrego en la Oficina de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA un sobre MORDAZA, el mismo que al ser abierto con autorizacion del citado magistrado, contenia una hoja de papel de cuaderno cuadriculado con la inscripcion "sabes que es el antrax" y una bolsa pequena conteniendo un polvillo de color MORDAZA, que cubria una figura de una hoz y un martillo, la misma que por disposicion del representante del Ministerio Publico, se procedio a depositarla en un sobre manila, lacrandolo en dicho acto; Setimo: Que, de otro lado, se advierte de la MORDAZA del acta de audiencia, obrante de fojas 15 a 17, que en el MORDAZA penal signado como Expediente N° 3362005-1SMDSM/T. LIBRE, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Jhony MORDAZA MORDAZA, por el delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Homicidio Calificado, en agravio de Signior Pozzo Di Borgo MORDAZA (donde el magistrado peticionante intervino como Director de Debates), el sentenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, luego de escuchar la sentencia, procedio a amenazar a los miembros del Colegiado, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, diciendoles "ustedes no son del lugar no saben como es la realidad de nuestra tierra", y ademas los insulto cuestionando la sentencia condenatoria en su contra; sin embargo, interpuesta la nulidad por parte del aludido sentenciado contra la citada resolucion, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro no haber nulidad de la sentencia condenatoria impuesta a MORDAZA MORDAZA MORDAZA como autor mediato, y Jhony MORDAZA MORDAZA como autor inmediato, por la comision del delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Calificado, en agravio de

Signior Pozzo Di Borgo MORDAZA, conforme se constata de la MORDAZA de la resolucion obrante de fojas 24 a 32; Octavo: De lo expuesto, se evidencia que existen razones suficientes que determinan el cumplimiento de los supuestos establecidos para el traslado por razones de seguridad; estando a que ha sido el correcto accionar del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, primero como miembro del Colegiado en referencia, asi como en su calidad de Presidente de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, lo que ha dado lugar para que se produzcan las amenazas a que se ha hecho referencia anteriormente, existiendo verosimilitud respecto a los hechos expuestos por el nombrado magistrado, y en tal sentido, se encuentra acreditado el riesgo inminente contra su MORDAZA e integridad fisica y moral; Noveno: Que, en ese orden de ideas, estando al analisis de la documentacion presentada por el magistrado peticionante, se evidencia haberse cumplido los requisitos establecidos en el articulo 4° del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, resultando evidente que las pruebas aportadas son equiparables de manera manifiesta al informe a que alude dicha disposicion reglamentaria; y en cuanto al informe favorable del Presidente de Corte Superior, por razones obvias este deviene en carente de objeto en tanto el magistrado peticionante es quien detenta en la actualidad dicha calidad al haber sido elegido por la Sala Plena de dicha sede para el periodo 2009 ­ 2010; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12° del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular y Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martin; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza de Juez Superior en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por motivos de seguridad. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y San MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

541620-1

Disponen traslado de magistrado al Primer Juzgado de Paz Letrado de Yanahuara, Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 247-2010-CE-PJ
MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por razones de unidad familiar presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Minauro MORDAZA, Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Ica, y;

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