Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2010 (11/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, entre el 30 de setiembre y 1 de octubre de 2010, en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental de Uruguay se llevara a cabo el "1º Taller de Experiencias Iberoamericanas en el Fomento y el Financiamiento de la Innovacion Empresarial: subsidios, creditos, incentivos fiscales y otros instrumentos nacionales y multilaterales", coorganizado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), la Secretaria General Iberoamericana (SEGIB), la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional para el Desarrollo (AECID) y la Agencia Nacional de Investigacion e Innovacion (ANII); Que, el citado evento tiene por objetivo intercambiar las experiencias de diversos paises en el manejo de fondos de innovacion, ciencia y tecnologia; intercambiar ideas y fortalecer la relacion con los miembros de Red de Innovacion, Ciencia y Tecnologia del Dialogo Regional de Politica del Banco Interamericano de Desarrollo; establecer contacto personal con los funcionarios a cargo del manejo de los diversos fondos presentes en el Taller principalmente de la ANII; e, intercambiar opiniones sobre el funcionamiento operativo de la ANII; Que, asimismo, se ha programado un dia de visita a la Agencia Nacional de Investigacion e Innovacion - ANII del Uruguay en donde se realizara una reunion de trabajo con funcionarios de dicha Agencia, a fin de intercambiar conocimientos acerca del funcionamiento operativo y fortalecimiento de los programas de fomento de la innovacion y establecer una red de contacto que permita trabajar de manera conjunta en la resolucion de problemas afines; Que, el Comite Organizador del citado Taller cubrira el costo del cincuenta por ciento (50%) de los gastos por concepto de pasaje y viaticos siendo que el cincuenta por ciento (50%) restante y la tarifa unica por uso de aeropuerto se encontraran a cargo del Programa de Ciencia y Tecnologia; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27169, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Afuso Higa, Director Ejecutivo de la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnologia, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental de Uruguay, del 29 de setiembre al 2 de octubre de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, se efectuaran con cargo al Programa de Ciencia y Tecnologia, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 700,00 Viaticos US$ 400,00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 31,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la culminacion del viaje, el Director Ejecutivo de la Unidad Coordinadora del Programa de Ciencia y Tecnologia debera presentar un informe dando cuenta de las actividades realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 542430-13

AGRICULTURA
Constituyen el Consejo Nacional de la MORDAZA - CONATARA
RESOLUCION SUPREMA Nº 013-2010-AG MORDAZA, 10 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, es mision del sector agrario promover el desarrollo de los productores agrarios organizados en MORDAZA productivas para lograr una agricultura desarrollada en terminos de sostenibilidad economica, social y ambiental, estableciendo como uno de sus objetivos institucionales el fortalecimiento de las organizaciones de productores y la promocion de su integracion bajo los enfoques de MORDAZA productivas; Que, el Plan Nacional de Competitividad aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2005-PCM, tiene como uno de sus objetivos estrategicos el fortalecimiento de las MORDAZA Productivas y Conglomerados para promover el desarrollo regional y local, a cuyo efecto ha establecido como estrategias i) la articulacion de politicas de desarrollo de MORDAZA productivas y conglomerados, sentando mecanismos para la identificacion, sistematizacion y evaluacion continua con potencial de desarrollo; ii) la promocion de la institucionalidad de agentes publicos y privados orientados a desarrollar MORDAZA productivas y conglomerados; iii) la promocion de cooperacion al interior de las MORDAZA productivas; y iv) el impulso a la vinculacion con MORDAZA globales de valor y con el MORDAZA que favorezca el aprendizaje dinamico, la transferencia de innovaciones tecnologicas y la modernizacion de productos, procesos y funciones de las empresas; Que, la Ley Nº 28846, establece el MORDAZA institucional y normativo para el fortalecimiento y desarrollo de las MORDAZA productivas y los conglomerados, promoviendo el dialogo, la cooperacion y la organizacion empresarial, entre actores economicos e institucional publicas, privadas y academicas, en beneficio de la competitividad; Que, el Peru produce el 80% de la MORDAZA a nivel mundial, sin embargo, no ha alcanzado todavia un nivel de competitividad que le permita insertarse de manera sostenible en el MORDAZA internacional, siendo indispensable fortalecer esta cadena productiva, a fin de generar las condiciones que permitan la incorporacion de valor agregado, el aumento de productividad y la diversificacion de su uso; Que, el Plan Estrategico del Sector Agrario reconoce a la MORDAZA como uno de los nuevos productos que se ha incorporado a la canasta exportadora tradicional, por lo que resulta necesario apoyar a los agentes economicos integrantes de la cadena productiva, con mecanismos de financiamiento y nuevas tecnologias para su acceso a los mercados internacionales; Que mediante Ley Nº 28852, se ha declarado de interes nacional la promocion de la inversion privada en agroforesteria; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; el numeral 4 del Articulo 11º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El Consejo Nacional de la MORDAZA Constituyase el Consejo Nacional de la MORDAZA (CONATARA), como un espacio de concertacion e institucionalizacion del dialogo y cooperacion entre los agentes, publicos y privados, inmersos en los ciclos del MORDAZA productivo de la cadena agricola. Articulo 2º.- Objetivo La constitucion del CONATARA, y su reconocimiento por el Estado, tiene como objetivo primordial generar compromisos especificos de competitividad, para darle mayor valor agregado a la MORDAZA, y promover su insercion en los mercados nacionales e internacionales.

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