NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 120
TEXTO PAGINA: 23
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425541 Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Federativa del Brasil, al Comandante FAP HANS ERICK GOTTFRIED YAÑEZ, para que participe como Representante FAP ante el COMITÉ A-III “OPERACIONES”, programado por el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), a realizarse en la ciudad de Natal, Departamento de Río Grande, del 12 al 17 de setiembre de 2010. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima – Natal (BRASIL) - Lima US $ 1.020 x 01 Ofi cial Viáticos: US $ 200 x 06 Días x 01 Ofi cial Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US $ 31 x 01 Ofi cial Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Ofi cial deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 542430-19 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra a EE.UU. para participar en la ejecución del Juego de Guerra Multilateral 2010 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 384-2010-DE/MGP Lima, 10 de septiembre de 2010 Visto el Ofi cio P.200-1694 del Director General del Personal de la Marina de fecha 9 de agosto de 2010; CONSIDERANDO: Que, con el objeto de incrementar el entrenamiento y cooperación entre las Marinas de Guerra de Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Ecuador, Estados Unidos y Perú, que permitan afrontar una situación de crisis internacional que amerite considerar el empleo de una Fuerza Multinacional, se acordó el desarrollo de un ejercicio de entrenamiento, denominado Multilateral War Game (MWG), el cual se viene ejecutando anualmente de manera rotativa por cada país participante, siendo designada como sede para el presente año, la Armada de los Estados Unidos de América, estando prevista la ejecución del Juego de Guerra Multilateral 2010; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2010, la autorización de viaje de CUATRO (4) Ofi ciales para que participen en el mencionado Ejercicio; Que, el viaje se encuentra incluido en el Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 104, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para los meses de marzo a diciembre del Año Fiscal 2010, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 130- 2010-DE/SG de fecha 1 de abril de 2010 y modifi cado por Resolución Suprema Nº 260-2010-DE/SG de fecha 9 de junio de 2010; Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta conveniente autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de Personal Naval, para que participen en la ejecución del Juego de Guerra Multilateral 2010, a realizarse en la ciudad de Newport, Estado de Rhode Island - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 12 al 18 de setiembre de 2010; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional en el área de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, como parte de los acuerdos concertados en la Reunión de Planeamiento efectuada en el mes de junio de 2010, se ha confi rmado que el gasto de transporte aéreo será sufragado por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, SOUTHCOM; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Luis Rodolfo ADAWI Cáceres CIP. 01864312, DNI. 43537213, Capitán de Fragata Franz Richard BITTRICH Ramírez CIP. 00897711, DNI. 09377691, Capitán de Fragata CJ. Wagner SORIA Medina CIP. 05911254, DNI. 06235316 y Teniente Primero CJ. César Alfredo ABAD Hartog CIP. 00000759, DNI. 40070775, para que participen en la ejecución del Juego de Guerra Multilateral 2010, a realizarse en la ciudad de Newport, Estado de Rhode Island - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 12 al 18 de setiembre de 2010. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US$. 200.00 x 7 días x 4 personas Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$. 31.00 x 4 personas Artículo 3°.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4°.- El gasto de transporte aéreo, será sufragado por el Comando Sur de los Estados Unidos de América, SOUTHCOM. Artículo 5°.- El mencionado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.