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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425537 la necesidad de incorporar las medidas correctivas y estrategias identifi cadas en la evaluación al 2009 efectuada al PESEM 2007-2011, así como, los cambios en el escenario internacional y nacional, que se refl ejan en el comportamiento de diversas variables que inciden en el agro, tal como las asociadas al proceso de recuperación gradual de la economía mundial y su efecto en la economía del Perú, entre otros; Que, dada la relevancia del PESEM como instrumento de gestión agraria, se ha visto por conveniente proceder a la aprobación de su actualización; Con la visación de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo Nº 031- 2008-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de PESEM Actualizado Aprobar el Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado del Ministerio de Agricultura período 2007- 2011– PESEM que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Publicación del PESEM Actualizado Disponer la publicación del Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado a que se refi ere el artículo anterior en el portal del Ministerio de Agricultura, http://www.minag. gob.pe/. Artículo 3º.- Implementación del PESEM Actualizado Las dependencias del Ministerio de Agricultura; así como, sus Organismos Públicos, Programas y Proyectos tienen la responsabilidad de la implementación del PESEM actualizado en coordinación con los Gobiernos Regionales y Locales con la fi nalidad de alcanzar las políticas, objetivos y metas estratégicas sectoriales establecidas. Artículo 4º.- Seguimiento y Evaluación del PESEM Actualizado Encargar a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado del Ministerio de Agricultura- PESEM. Artículo 5º.- Derogación Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la Resolución Ministerial N° 0821-2008-AG Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 542229-2 Aprueban el Manual de Desempeño de los Representantes del Ministerio ante Órganos, Instancias Intersectoriales o Intergubernamentales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0574-2010-AG Lima, 9 de setiembre de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 1602-2010-AG-OPP/UDOP de fecha 10 de agosto de 2010, del Director General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 015-2010- AG-OPP-UDOP de fecha 27 de julio de 2010 del Director de la Unidad de Desarrollo Organizacional y de Procesos, y ; CONSIDERANDO: Que, en uso de las atribuciones conferidas mediante el artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y los artículos 3º, 4º y 5º de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, el titular del Sector Agricultura, designa a los representantes ante diversos órganos o instancias intersectoriales e intergubernamentales, en los cuales el Ministerio de Agricultura tiene participación; Que, mediante el Informe del Visto el Director de la Unidad de Desarrollo Organizacional y de Procesos, señala que es requerimiento del Órgano de Control Interno contar con un documento normativo que precise las funciones a desempeñar por los representantes del Ministerio de Agricultura ante los Consejos Directivos de los Proyectos Especiales; Que, en ese sentido, es necesario mediante un instrumento normativo, establecer las funciones y responsabilidades, así como la línea de dependencia de los referidos representantes del Ministerio de Agricultura ante órganos o instancias intergubernamentales. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobados mediante Decreto Supremo N° 031-2008-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Desempeño de los Representantes del Ministerio de Agricultura ante Órganos, Instancias Intersectoriales o Intergubernamentales, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Manual de Desempeño de los Representantes del Ministerio de Agricultura aprobado en el artículo 1º, será publicado en el Portal Web del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 542229-3 Encargan funciones de Director de la Autoridad Administrativa del Agua Cháparra - Chincha (Código II) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 574-2010-ANA Lima, 9 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se crea la Autoridad Nacional del Agua como órgano público adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, según el artículo 17º y 23º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua cuenta con Autoridades Administrativas del Agua como órganos desconcentrados, a través de los cuales ejerce presencia a nivel nacional; Que, a través de la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, se ratifi có la Resolución Jefatural Nº 546-2009-ANA, que aprueba la delimitación de los ámbitos territoriales de los catorce (14) órganos desconcentrados de la Autoridad Nacional del Agua, entre ellos la Autoridad Administrativa del Agua Cháparra – Chincha (Código II) con una área de extensión de 48 479 km2; Que, el artículo 35º.1 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, establece que la Autoridad Nacional del Agua tiene presencia en el país a través de órganos desconcentrados denominados Autoridades Administrativas del Agua que dirigen en sus