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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425536 Artículo 3º.- Naturaleza Jurídica El Consejo Nacional de la Tara es un órgano de concertación y coordinación sin personería jurídica. Artículo 4º.- Composición El Consejo Nacional de la Tara estará conformado por representantes de las siguientes entidades: a) El Ministerio de Agricultura, quien la presidirá. b) El Ministerio de la Producción. c) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. d) Un representante de cada uno de los Consejos Regionales de la tara (CORETARA). e) Un representante de la Asociación de Exportadores - ADEX. f) Un representante de los productores de tara. Artículo 5º.- Funciones del Consejo Nacional de la Tara El Consejo tiene las siguientes funciones: 1) Constituir un espacio de representación a nivel nacional, teniendo como base a los consejos regionales de tara. 2) Promover la fl exibilización y adecuación del marco normativo. 3) Impulsar programas de investigación de alto nivel para identifi car nuevos usos de la tara y desarrollar tecnologías para mejorar la productividad de la tara. 4) Promover y proponer el diseño y gestión de normas técnicas en manejo agronómico, cosecha y poscosecha, transformación, harina y goma, para mejorar la competitividad de la cadena. 5) Articular iniciativas y emprendimientos a favor de la cadena de la tara, desarrollando modelos asociativos empresariales entre el sector público, privado y sociedad civil. 6) Orientar a los consejos regionales, productores, comercializadores y exportadores de tara. Artículo 6º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura, el Ministro de la Producción y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura JOSE GONZALES QUIJANO Ministro de la Producción MARTIN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 542430-16 Otorgan la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República de Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0541-2010-AG Lima, 27 de agosto de 2010 VISTO: La propuesta de otorgamiento de condecoración de la “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor doctor Ramón Leonardo Espinel Martínez, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República de Ecuador; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG, de fecha 06 de octubre de 2009, se creó la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, a ser conferido por el Ministerio de Agricultura a las personas naturales y organizaciones que destaquen por su obra o contribución en la actividad agraria, o por su desempeño en la gestión pública sectorial; Que, se ha propuesto otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor doctor Ramón Leonardo Espinel Martínez, en reconocimiento a su destacada trayectoria profesional y académica a nivel internacional, siendo relevante su aporte como Profesor en materia de Economía Agrícola e Ingeniería Agropecuaria de diversas universidades y escuelas superiores de América y de Europa; Que, el señor doctor Ramón Leonardo Espinel Martínez, en su calidad de Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República de Ecuador viene contribuyendo a la integración comercial y agraria de nuestros países a través de su decidido impulso para la ejecución del Proyecto Binacional Puyango-Tumbes, que permitirá irrigar 41 550 hectáreas en benefi cio de Ecuador y de Perú; Que, por sus acciones destacadas y su importante contribución en la actividad agraria, corresponde otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura” al señor doctor Ramón Leonardo Espinel Martínez, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República de Ecuador; En uso de las facultades otorgadas en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Legislativo Nº 997 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG; SE RESUELVE: Artículo Único: Otorgar la Condecoración “Medalla Ministerio de Agricultura”, al señor doctor Ramón Leonardo Espinel Martínez, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca de la República de Ecuador por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 542229-1 Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado del Ministerio de Agricultura período 2007-2011- PESEM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0573-2010-AG Lima, 9 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0821-2008- AG fue aprobado el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Ministerio de Agricultura para el período 2007-2011 (PESEM), en el marco del rol rector del Ministerio de Agricultura en materia agraria; Que, conforme a los artículos 26° y 27° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo N° 031-2008-AG, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto es la encargada de asesorar a la Alta Dirección, a los organismos públicos, programas y proyectos del sector en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes sectoriales de desarrollo; Que, en el marco de la función señalada en el considerando anterior, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto propone un Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado del Ministerio de Agricultura realizado de manera participativa con los órganos, programas, proyectos y organismos públicos del Sector; Que, conforme al Informe Nº 021-2010-AG-OPP- UPS, la actualización del PESEM se fundamenta en