NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (11/09/2010)
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TEXTO PAGINA: 81
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de setiembre de 2010 425599 de octubre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso. DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y la República del Perú respecto al proyecto “Fortalecimiento de un mecanismo sub- regional de apoyo a la erradicación de la fi ebre aftosa en los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN)”, fi rmado el 2 de octubre de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 542430-8 Ratifican el Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y El Caribe Nº GRT/WS-12127-PE entre Perú y el BID relativo al Programa de Mejoramiento y Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en Perú DECRETO SUPREMO Nº 109-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y El Caribe No. GRT/WS-12127-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo relativo al Programa de Mejoramiento y Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en Perú, fue suscrito el 24 de mayo de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Financiamiento No Reembolsable de Inversión del Fondo Español de Cooperación para Agua y Saneamiento en América Latina y El Caribe No. GRT/WS-12127-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo relativo al Programa de Mejoramiento y Ampliación de Servicios de Agua y Saneamiento en Perú, suscrito el 24 de mayo de 2010, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de septiembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 542430-9 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio y del Instituto Geográfico Nacional a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 357-2010-RE Lima, 10 de septiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el mantenimiento y desarrollo de las relaciones internacionales es responsabilidad del Ministerio de Relaciones Exteriores, siendo una de sus funciones coordinar todo lo relacionado con las fronteras y límites del país; Que, de conformidad con lo acordado durante la VI Reunión Técnica de la Comisión Mixta Permanente de Fronteras Perú-Ecuador (COMPEFEP), celebrada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, en abril de 2010, se ha convenido la realización de los trabajos de inspección y medición de Hitos de la Sección Oriental en la zona comprendida entre los Hitos 176 al 201, del 13 al 22 de septiembre de 2010, con el fi n de producir la cartografía binacional; Que, dada la naturaleza técnica de los trabajos mencionados; y, al amparo del Convenio Interinstitucional suscrito el 20 de agosto de 2007, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Instituto Geográfi co Nacional (IGN), mediante Ofi cio Nº 1533 IGN/DGC, dicho Instituto, ha designado a tres técnicos para que participen de los trabajos de campo aludidos; Teniendo en cuenta los Memoranda (DSL) N° DSL0203/ 2010, de la Dirección Nacional de Soberanía y Límites, de 17 de agosto de 2010, y (FIN) N° FIN0522/2010, de la Dirección de Finanzas, de 25 de agosto de 2010; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo N° 065- 2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, a la ciudad de Quito y localidades ecuatorianas de El Coca, Taisha y Lorocachi, República del Ecuador, del 13 al 22 de septiembre de 2010, de los funcionarios que se detallan a continuación, a fi n que realicen los trabajos de campo en el Sector Oriental de la frontera peruano-ecuatoriana. Por el Ministerio de Relaciones Exteriores − Ingeniero Gaudens Ángel Gózar Manyari, funcionario técnico del Departamento de Cartografía de la Dirección de Límites; y, − Geógrafo Juan Felipe Meléndez de la Cruz, funcionario técnico del Departamento de Cartografía de la Dirección de Límites.