NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de setiembre de 2010 425692 Rectifican error material incurrido en la R.A. Nº 350-2010-MDB RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 405-2010-MDB Barranco, 16 de agosto del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTO: El Memorándum Nº 619- 2010-SG/MDB de fecha 21 de julio del 2010, elaborado por la Ofi cina de Secretaria General, sobre rectifi cación de parte, por error material incurrido en la Resolución Nº 350-2010-MDB; CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de julio del 2010, se emite a Resolución de Alcaldía Nº 350-2010-MDB, que resuelve medidas disciplinarias contra ex funcionarios de esta Corporación Municipal, acto administrativo que se procede a notifi car de manera personal así como también se procede a publicar en el Diario Ofi cial El Peruano el pasado 28.JUL.2010; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444 establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Que, es el caso que por error material en la redacción del sexto considerando de la mencionada Resolución consigna al Sr. CARLOS ALBERTO MOLINA MORENO como “ex Gerente de Medio Ambiente y Ecología”, situación que se repite en el artículo segundo de la parte resolutiva del artículo segundo donde se señala al mencionado ciudadano como “ex Gerente de Medio Ambiente y Ecología”, debiendo consignarse más bien como “Subgerente de Medio Ambiente y Ecología” que es el cargo real que desempeñara en esta entidad edilicia. Que, por otro lado el numeral 201.2 del artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444 dispone que la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. Que, siendo esto así, el precitado acto que se rectifi ca ha sido notifi cado personalmente, publicado en el Portal Institucional de esta entidad y, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el pasado 28 de julio del año 2010, razón por la que el acto rectifi catorio debe ser comunicado bajo la misma forma y modalidad. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972 y el artículo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución de Alcaldía Nº 350-2010-MDB de fecha 12 de Julio del 2010 y publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el pasado 28.JUL.2010; en lo que respecta al cargo que ejercía en su oportunidad el Sr CARLOS ALBERTO MOLINA MORENO conforme se detalla: SEXTO CONSIDERANDO: • DICE: Sr. CARLOS ALBERTO MOLINA MORENO; ex Gerente de Medio Ambiente y Ecología. • DEBE DECIR: Sr. CARLOS ALBERTO MOLINA MORENO; ex Subgerente de Medio Ambiente y Ecología. PARTE RESOLUTIVA: ARTICULO SEGUNDO: • DICE: Sr. CARLOS ALBERTO MOLINA MORENO; ex Gerente de Medio Ambiente y Ecología. • DEBE DECIR: Sr. CARLOS ALBERTO MOLINA MORENO; ex Subgerente de Medio Ambiente y Ecología. Artículo Segundo.- DISPONER se notifi que la presente Resolución a todas las partes involucradas y/o interesadas para su conocimiento y fi nes pertinentes, ello de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Resolución sea publicado en el Diario Ofi cial El Peruano y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco: http://www.munibarranco.gob.pe. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Secretario General que el presente acto administrativo rectifi catorio guarde la misma forma y modalidad de comunicación y/o publicación de la Resolución Nº 350-2010-MDB y, que el Gerente de Administración Financiera notifi que la copia autenticada de la presente resolución a la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros a efectos de que sea considerado en el registro correspondiente. Regístrese, comuníquese, notifíquese, y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 542350-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban y modifican procedimientos y derechos de trámite de edificaciones y habilitaciones urbanas y licencia de funcionamiento del TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 272-MDL Lince, 13 de agosto del 2010 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 43, de fecha 12 de Agosto del 2010, emitido por la Comisión de Economía y Administración, con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29476, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 18 de Diciembre del 2009, Ley que modifi ca y complementa la Ley Nº 29090 “Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones”, se dispuso la modifi cación de diferentes artículos vinculados a los procedimientos administrativos para la obtención de las licencias de habilitación urbana y de edifi cación, estableciéndose, además, la adecuación del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de las diferentes municipalidades del país a los términos establecidos en la indicada ley; Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 551-MML de fecha 22 de Diciembre del 2009, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se ratifi có ochenta