NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de setiembre de 2010 425689 sobre los Derechos del Niño, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, Código de los Niños y Adolescentes, el Plan Nacional por la Infancia y la Adolescencia 2002-2010, se establece que nuestros niños, niñas y adolescentes tienen igualdad de oportunidades, acceden a servicios de calidad y participan en el ejercicio de promoción y defensa de sus derechos, en conjunto con las instituciones del estado, las comunidades en general y la sociedad civil, desarrollándose plenamente en el seno de su familia en un ambiente sano y libre de violencia; Que, mediante Ley Nº 27666, “Ley que declara el segundo domingo de abril como el Día del Niño Peruano”, en el cual el Estado Peruano plantea su preocupación por el desarrollo y promoción de los niños y adolescentes de todo el país, en su Artículo 2º menciona que el Presidente del Consejo de Ministros se presentará para informar los avances y aplicaciones de las actividades enmarcadas dentro del Plan de Acción por la Infancia y Adolescencia (2002-2010), dentro de las estrategias del Plan Nacional de Acción por la Infancia; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 015, mediante Acuerdo N° 132-2010 de fecha 04 de Agosto del 2010, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° y Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modifi catoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se emite la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- DECLARAR el segundo domingo del mes de Abril de todos los años, como el “Día del Niño” en la Región Amazonas. Artículo Segundo.- INCORPORAR dentro de las actividades conmemorativas por el “Día del Niño en la Región Amazonas”, la elaboración y presentación de los avances y/o resultados del Plan Regional de Acción por la Infancia y Adolescencia – PRAIA. Artículo Tercero.- CONFORMAR un Equipo Técnico Multisectorial integrado por el Gobierno Regional de Amazonas, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES – Amazonas, Municipalidad Provincial de Chachapoyas (DEMUNA), Defensoría del Pueblo, Dirección Regional de Salud, Dirección Regional de Educación, UNICEF, UNFPA, Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza; encargados de realizar el monitoreo o seguimiento de los avances e implementación del PRAIA. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Amazonas, la conducción del Equipo Técnico Multisectorial y gestionar ante las instancias del Gobierno Regional de Amazonas e Instituciones que conforman el Equipo Técnico el presupuesto que irrogue el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en la Página Web del Gobierno Regional de Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas para su promulgación. En Chachapoyas, a los 16 días del mes de agosto del 2010. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 23 días del mes de agosto del 2010. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente del Gobierno Regional Amazonas 541841-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban la ratificación de los 99 derechos correspondientes a un total de 43 procedimientos y servicios administrativos contenidos en la Ordenanza Nº 272-MDL de la Municipalidad Distrital de Lince ACUERDO DE CONCEJO N° 328 Lima, 31 de agosto de 2010 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de agosto del 2010, el Informe N° 004-181-00000167 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria, emite opinión técnica y legal con relación a la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza N° 272-MDL, que aprueba y modifi ca los derechos por los procedimientos administrativos de habilitaciones urbanas y edifi caciones, así como de licencia de funcionamiento e inspecciones técnicas, entre otros, inicialmente aprobados por las Ordenanzas Nº 250-MDL y 240-MDL, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Lince. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, para la entrada en vigencia y exigibilidad de las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, éstas deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción. Que, en el caso de la Provincia de Lima, a través del Edicto N° 227 se otorgó al Servicio de Administración Tributaria, la facultad de emitir opinión técnica acerca de las ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las municipalidades distritales y que sean sometidas a la ratifi cación del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, en esa misma línea y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ordenanza Metropolitana Nº 607, respecto a que las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima deberán formular sus solicitudes de ratifi cación ante el Servicio de Administración Tributaria, dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza N° 727, la cual precisa que la presentación de las solicitudes de ratifi cación de las Ordenanzas que aprueban derechos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos deberán de efectuarse hasta el último día hábil del mes de junio. Que en el presente caso, mediante Ofi cio Nº 348-2010- MDL-/OSG del 30 de junio del 2010, la Municipalidad Distrital de Lince, solicitó la ratifi cación de la Ordenanza Nº 270-MDL, que modifi ca los derechos de trámite de los procedimientos de habilitaciones urbanas y edifi caciones aprobados por las Ordenanzas Nº 250-MDL y 240-MDL, contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional, normas que fueron ratifi cadas por el Acuerdo de Concejo Nº 551 publicado el 31 de diciembre del 2009, siendo ésta materia de observaciones técnicas y legales, que incluía la adecuación a lo establecido en la Ley Nº 29566, norma que modifi ca la Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, publicada el 28.07.2010 por el Servicio de Administración Tributaria – SAT mediante Oficio Nº 004-090-00006526 de fecha 04 de agosto del 2010, por lo que mediante Ofi cio N° 507-2010-MDL/OSG de fecha 16 de agosto del 2010, la Municipalidad Distrital