Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2010 (12/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 12 de setiembre de 2010

acciones coactivas a la institucionalidad o para someterse al poder avieso de intereses ocultos pero perturbadores de la legalidad y el orden juridico, con autoridades que solamente han venido obedeciendo a la influencia de un poder confiscado por un grupo de individuos rebeldes al orden, pero cercanos a la endeblez juridica y moral. Que, todo ese genero de comportamientos han generado conviccion en el Congreso Nacional para sostener que la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, "atraviesa una seria crisis institucional, cuyas autoridades han perdido legitimidad por haberse apartado del MORDAZA de la legalidad que el Estado autoriza para sus actos administrativos, y por el propio ejercicio antidemocratico de sus funciones", que "se encuentra en una situacion de caos generalizado en los niveles academicos, administrativos y normativos que afectan gravemente la institucionalidad de la MORDAZA superior de estudios". Que, mientras las autoridades del entorno mas cercano no han podido ver o no han querido hacer lo correcto, la misma MORDAZA congresal ha senalado que tales hechos se expresan en los siguientes comportamientos: "Modificacion del estatuto de la Universidad transgrediendo el texto de la Ley Universitaria Nº 23733, con el proposito de elegir de facto autoridades que no cumplen con los requisitos formales para el desempeno de esos cargos ... violentandose los articulos 34º y 37º de la Ley Universitaria". "Modificacion del Estatuto de la Universidad transgrediendo los articulos 32º y 46º de la Ley Universitaria Nº 23733". "Que, en esa linea de conducta durante los anos 2006, 2007, 2008 y lo que va del 2009, las autoridades de la Universidad han efectuado ilegales procesos de nombramiento y contrato de docentes aplicando el Articulo 42º del Estatuto Universitario en contrario a la Ley Universitaria". "Que esta conclusion se ha materializado en el Informe Nº 006-2007-2-0212 "Examen al Concurso Publico de Nombramientos y Contratacion de Docentes 2006-I", expedido por la Oficina de Control Institucional; Que, frente a los eventos compatibles con el crimen administrativo, entre otros juicios, que sojuzgan el trabajo academico, la tranquilidad de los alumnos y violentan la estructura organica y el destino institucional de MORDAZA superior de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se ha dictado la Ley Nº 29424; Que, en consecuencia, para devolverle la tranquilidad frente a las evidencias de una endeble democracia institucional ocasionada por el criterio y el interes personal de los actores del pasado, debe aplicarse la referida Ley, la Constitucion, no solamente para preconizar sancion a las malas autoridades que actuaron sin limites, sino para imponer respeto al orden juridico, a la institucion universitaria y a la institucionalidad democratica del MORDAZA, mucho mas si cumpliendo con una decision del Congreso Nacional, estamos atendiendo las demandas de los alumnos y la sociedad civil; Que, segun las concepciones de la doctrina, las Universidades en el desarrollo de su interaccion NO deben "tener" autonomia, sino "Ser" autonomas. Dentro de ese analisis simplemente inteligente pero desapasionado nos permite sostener que hay una enorme diferencia entre tener y ser. El tener nos relaciona con la dicotomia de Dueno y Posesion. Entonces solamente el dueno puede legitimamente hacer con lo que posee lo que le da la gana, asi como equivocadamente algunas autoridades y hasta los mismos asesores han venido haciendo en esta MORDAZA superior; Que, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como institucion publica goza de personalidad juridica, goza de prerrogativas y lineamientos de Derecho Publico Interno, y se rige por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Universitaria Nº 23733 y su Estatuto; Que, los actores directos del sistema universitario: Estudiantes, Docentes, Personal Administrativo, Graduandos y la Sociedad Civil consecuentes con los fines de formacion profesional, difusion cultural, creacion intelectual y artistica y la investigacion cientifica y tecnologica y de fiscalizacion institucional publica, respectivamente, respetando el texto y el MORDAZA de la ley, frente al interes subalterno que ha permitido la violacion institucional y la estructura organica de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han propugnado

con perseverancia la reorganizacion y la reestructuracion de un MORDAZA regimen de gobierno, de acuerdo con la Ley y su Estatuto; Que, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es una institucion que tiene como mision la ensenanza superior, comprometida a lograr el desarrollo sostenido y sostenible de la Region MORDAZA Provincias y del MORDAZA en su conjunto, buscando modelos educativos de gestion que MORDAZA probadamente modernos, flexibles e innovadores, compatibles con la competitividad global, sustentando su accionar en la investigacion cientifica y en los avances tecnologicos concordantes con las exigencias socioeconomicas, culturales y los principios eticos que MORDAZA posible la convivencia civica y democratica de la comunidad; Que, la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es una institucion publica del Estado, que con la inquietud moral y la perspectiva juridica de sus actores de probada idoneidad, es depositaria de valores y orienta la formacion de profesionales y academicos de pre y post grado competente. La investigacion cientifica con proyeccion y extension de servicio de calidad constituye su permanente busqueda, para atender con exito a las demandas de la comunidad no solamente de la Region sino de otros confines del escenario social, para demostrar con actitud y con hechos que es la socia estrategica regional y nacional de las demas instituciones tanto privadas como publicas; Que, precisamente, los fines y objetivos orientados a una educacion cientifica y tecnologica de calidad que nacieron con la promulgacion de la ley de su creacion, en los ultimos tiempos como consecuencia de la injerencia perniciosa con que han venido actuando grupos influenciados por intereses extranos y subalternos, han distanciado a la Universidad de su mision institucional, perdiendose de manera inusitada la vision de su identidad, con la complacencia de quienes mas por suerte que por meritos gozan de la influencia del poder y de una relacion juridica laboral que les permite la percepcion de un salario; Que, ante esos hechos que son de probado y publico conocimiento por las incansables manifestaciones de descontento, los actores MORDAZA de la Universidad y la sociedad civil, constituidos en un Frente de Defensa, han demandado permanentemente el rescate democratico de la institucion de manos de quienes han venido realizando actos en evidente violacion del sistema administrativo universitario, la ley y el orden juridico, y lograr la puesta en vigencia programas de reingenieria academica y administrativa, que nos permita sentar las bases historicas de un modelo de Universidad concordante con los fines de institucion publica de servicio, a la altura de los adelantos de la ciencia y la tecnica y las exigencias del humanismo, con el irrestricto ejercicio del libre pensamiento, orientado al analisis, juicio y critica, mas alla de los dogmas impuestos por quienes actuando por intereses y prejuicios personales, han incurrido en un abierto enfrentamiento al MORDAZA de la ley; Que, despues de haber sido sometida la organicidad universitaria a una serie de proyectos de intervencion y otra Comision de Orden y Gestion; de conformidad con las normativas de la Ley Nº 29424, como el mas preclaro evento juridico de su historia, se ha declarado la reorganizacion integral de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA por el plazo de dos (2) anos. "En consecuencia, cesan en sus funciones todas las autoridades academicas y administrativas de dicha Universidad. Los miembros del Consejo Universitario y de la Asamblea Universitaria dejan de ejercer sus funciones"; Que, el Articulo 3º de la referida Ley, de manera expresa y enumerativa, en el apartado 3.1, senala que: "La Comision Reorganizadora asume las funciones plenas de gobierno, direccion, gestion y administracion de la universidad, dicta las normas y ejecuta las acciones correctivas que requiera el MORDAZA de administracion para cumplir sus fines a plenitud"; Que, la misma MORDAZA en el numeral 3.2, senala: "El Presidente de la Comision Reorganizadora tiene las atribuciones y funciones que corresponden al rector. La Comision reorganizadora en pleno ejerce las atribuciones

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