NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (12/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de setiembre de 2010 425679 vulnerabilidad de determinados grupos humanos al limitar su desarrollo integral y participación equitativa en la sociedad; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 044-2010, publicado el 25JUN2010, dicta medidas económicas y fi nancieras para la identifi cación de la población menor de edad en el país, a través del otorgamiento del DNI en forma gratuita a las niñas, niños y adolescentes de 0 a 14 años de edad de las zonas rurales y urbanas del territorio nacional, benefi ciándose en una primera etapa a menores de 0 a 5 años de edad de zonas urbanas y rurales, en una segunda etapa a niñas, niños y adolescentes entre 6 y 14 años de edad de zonas urbanas y en una tercera etapa a niñas, niños y adolescentes entre 6 y 14 años de edad de las zonas rurales; Que, asimismo, el Decreto de Urgencia antes mencionado, dispone que el otorgamiento del DNI a la población menor de edad es realizado a través del Programa Presupuestal Estratégico “Acceso de la Población a la Identidad” del Presupuesto por Resultados; Que, considerando que la tarea encomendada al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, a través del Decreto de Urgencia Nº 044-2010, respecto a la identifi cación a los menores de edad, aún cuando la asume como una función inherente a su competencia, requiere de recursos y apoyo de instituciones del gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local, que de un modo u otro tienen interés particular en contar con una base de datos de los menores plenamente identifi cados a fi n de distribuir efi cientemente sus recursos, programar sus actividades focalizando su intervención, se ha elaborado el Plan de Acción “Identifi cación de los Menores de Edad para dar cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 044-2010”, en el marco del Programa Estratégico “Acceso de la Población a la Identidad”; Que, el objetivo del referido Plan, es otorgar en forma gratuita el DNI a las niñas y niños menores de edad de 0 a 14 años residentes en las zonas urbanas y rurales a nivel nacional, conforme al orden de prioridad establecido en el Decreto de Urgencia Nº 044-2010, a efectos que dichos menores puedan acceder a los benefi cios de los Programas que ejecutan las entidades públicas en materia de servicios de salud, educación y de carácter social; Que, en ese sentido, se ha previsto que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil realice las coordinaciones del caso con las instituciones que apoyarán en los procesos de identifi cación en el ámbito nacional como aliados estratégicos en la ejecución del Plan; Que, la propuesta del Plan de Acción “Identifi cación de los Menores de Edad para dar cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 044-2010”, en el marco del Programa Estratégico “Acceso de la Población a la Identidad, se ejecutará con cargo a los Recursos Presupuestarios autorizados por el Decreto de Urgencia Nº 044-2010 y su afectación será en la medida en que se vaya otorgando el DNI a los menores de edad; Que, la presente resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía y de las Instituciones involucradas en su ejecución, a través de la correspondiente publicación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98- PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 650- 2010-JNAC/RENIEC (20JUL2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de Acción “Identifi cación de los Menores de Edad para dar cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 044-2010”, en el marco del Programa Estratégico “Acceso de la Población a la Identidad, el mismo que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, realizará las coordinaciones necesarias con el Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, Ministerio del Interior, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Programas Sociales, Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres (JUNTOS), Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; instituciones que apoyarán en los procesos de identifi cación de los menores de edad en el ámbito nacional, en virtud a lo dispuesto en el Plan de Acción “Identifi cación de los Menores de Edad para dar cumplimiento al Decreto de Urgencia Nº 044-2010”, en el marco del Programa Estratégico “Acceso de la Población a la Identidad, a fi n dar cumplimiento a lo dispuesto en el Plan de Acción aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución, serán con cargo a los Recursos Presupuestarios autorizados por el Decreto de Urgencia Nº 044-2010 y su afectación será en la medida en que se ejecute el Plan de Acción aprobado. Artículo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Operaciones Registrales, de Registros de Identifi cación, Administración y de Planifi cación y Presupuesto la ejecución y la implementación de las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 542227-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan organización de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 10171-2010 Lima, 7 de setiembre de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por los señores Pío Fernando Barrios Ipenza y Horacio Gago Prialé, en calidad de Organizadores Responsables, para que se autorice la organización de una Caja Rural de Ahorro y Crédito, denominada Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, para la organización de la citada empresa del Sistema Financiero, los Organizadores Responsables han cumplido con presentar la documentación exigida por el procedimiento Nº 01 del Texto Único del Procedimiento Administrativo de esta Superintendencia; Que, luego de la publicación de la solicitud de organización respectiva efectuada de conformidad con el artículo 9° del “Reglamento para la constitución, reorganización y establecimiento de empresas y representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros” aprobado por la Resolución SBS N° 10440-2008, no se ha presentado objeción alguna respecto a la organización de la Caja Rural de Ahorro y Crédito del Centro, ni a sus organizadores y accionistas;