NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (15/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 32
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de setiembre de 2010 425810 RELACIONES EXTERIORES Crean Consulados del Perú en Rumania y Macedonia DECRETO SUPREMO Nº 110-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior así como promover los intereses del país, especialmente en el ámbito económico y cultural; Que el establecimiento de una Ofi cina Consular del Perú en la ciudad de Timisoara, Rumania, a cargo de un funcionario honorario, permitirá la prestación de asistencia y servicios consulares a los ciudadanos peruanos y público en general en la Región de Timis, así como desarrollar la labor de promoción económica y cultural en la relación bilateral Perú-Rumania, sin irrogar gastos al Estado; Que, mediante Nota Nº G5-1/8148, el Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumania comunicó la no objeción de su gobierno al establecimiento del Consulado del Perú en la ciudad de Timisoara, con circunscripción en la Región de Timis; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Bucarest, Rumania; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE de 05 de octubre de 2005 así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo 1º.- Crear el Consulado del Perú en la ciudad de Timisoara, Rumania, a cargo de un funcionario consular honorario, con circunscripción en la Región de Timis. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo, que no irrogará gastos al Estado Peruano, será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 543706-5 DECRETO SUPREMO Nº 111-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una activa labor de protección y promoción de los intereses y derechos de los peruanos, a través de un constante apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas en el exterior así como promover los intereses del país, especialmente en el ámbito económico y cultural; Que el establecimiento de una Ofi cina Consular del Perú en la ciudad de Skopje, República de Macedonia, a cargo de un funcionario honorario, permitirá la prestación de asistencia y servicios consulares a los ciudadanos peruanos y público en general, así como desarrollar la labor de promoción económica y cultural en la relación bilateral Perú-República de Macedonia, sin irrogar gastos al Estado; Que, el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Macedonia comunicó la no objeción de su gobierno al establecimiento del Consulado del Perú en la ciudad de Skopje, con circunscripción en toda la citada República; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Bucarest, Rumania; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú, en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE de 05 de octubre de 2005 así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo 1º.- Crear el Consulado del Perú en la ciudad de Skopje, República de Macedonia, a cargo de un funcionario consular honorario, con circunscripción en toda la citada República. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo, que no irrogará gastos al Estado Peruano, será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 543706-6 Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Amberes, Reino de Bélgica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 368-2010-RE Lima, 14 de septiembre de 2010 Vista la Resolución Suprema Nº 518-2000-RE, del 30 de octubre del 2000, mediante la cual se nombra al señor Antoine Callaert como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Amberes, Reino de Bélgica, con jurisdicción en la provincia de Amberes; Visto el Decreto Supremo Nº 102-2010-RE, publicado el 10 de agosto del 2010, mediante el cual se fi ja la circunscripción del Consulado del Perú en Amberes, Reino de Bélgica, sobre las provincias de Amberes y Limburgo; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica y del Consulado General en Bruselas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 105º al 109º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Antoine Callaert como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Amberes, Reino de Bélgica, con circunscripción en las provincias de Amberes y Limburgo. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 543706-53