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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (15/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de setiembre de 2010 425811 Dan por terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Tulsa, EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 369-2010-RE Lima, 14 de septiembre de 2010 Vista la Resolución Suprema Nº 464-1971-RE, de fecha 22 de julio de 1971, mediante la cual se nombra al señor Luis Alberto Reinoso Carretero como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Tulsa, Estados Unidos de América; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Consulado General del Perú en San Francisco, Estados Unidos de América; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; y en los artículos 127º, inciso c), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del señor Luis Alberto Reinoso Carretero como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Tulsa, Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- Darle las gracias por los importantes servicios prestados a la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 543706-54 Modifican la R.S. Nº 146-99-RE, en lo relativo a circunscripción consular del Consulado de Polonia en Arequipa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 370-2010-RE Lima, 14 de septiembre de 2010 VISTA: La Nota Nº N-126-2010, de fecha 10 de agosto de 2010, de la Embajada de la República de Polonia, mediante la cual se cancela el Exequátur que reconoce al señor Mauricio Chabaneix Belling, como Cónsul Honorario de Polonia en Arequipa, con efecto al 1 de noviembre de 2008. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 146-99- RE, de fecha 9 de abril de 1999, se reconoce al señor Mauricio Chabaneix Belling, como Cónsul Honorario de Polonia en Arequipa, con jurisdicción en la localidad, siendo cancelado el Exequátur de su reconocimiento con efecto al 1 de noviembre de 2008, mediante la Resolución Suprema Nº 021-2009-RE, de fecha 15 de agosto de 2010; Que, sin embargo, con el documento de Vista, la Embajada de la República de Polonia solicita la autorización del Gobierno peruano con respecto a la circunscripción consular del Consulado de Polonia en Arequipa, con jurisdicción en la localidad, a todo el departamento de Arequipa; Con la opinión favorable de la Subsecretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que se debe proceder a modifi car la nueva circunscripción consular del Consulado de Polonia en Arequipa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, incisos 11 y 13 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo 4º, inciso 3 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la Resolución Suprema Nº 146- 99-RE, de fecha 9 de abril de 1999, en lo que se refi ere a la circunscripción consular del Consulado de Polonia en Arequipa, el mismo que a partir de fecha tendrá la circunscripción consular en el departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 543706-55 Modifican artículos 1º y 2º de la R.S. Nº 080-2010-RE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 371-2010-RE Lima, 14 de septiembre de 2010 VISTO: El ofi cio Nº 0635-2010-INIA-OGP-OCTF/J, de 22 de julio de 2010, del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), del Ministerio de Agricultura, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la modifi catoria de la Resolución Suprema Nº 080-2010-RE, de 23 de febrero de 2010; CONSIDERANDO: Que, con ofi cio Nº 246-2010-AG-OPP/UIS, de 02 de febrero de 2010, el Ministerio de Agricultura solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de US$ 4,814.52 (Cuatro Mil Ochocientos Catorce y 52/100 Dólares de los Estados Unidos de América) al Programa Cooperativo de Innovación Tecnológica para la Región Andina (PROCIANDINO) correspondiente a la cuota del año 2009 y US$ 40,852.14 (Cuarenta Mil Ochocientos Cincuenta y Dos y 14/100 Dólares de los Estados Unidos de América) al Programa Cooperativo de Investigación y Transferencia de Tecnología para los Trópicos Sudamericanos (PROCITRÓPICOS) correspondiente al saldo de la cuota del año 2006 y las cuotas de los años 2007 y 2008, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Que, en el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 080-2010-RE, de 23 de febrero de 2010, se estableció que los gastos que demandaran en el artículo 1º de la citada norma, serían fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Que, conforme al ofi cio Nº 1377-2010-AG-OPP/UIS, de 09 de julio de 2010, el Ministerio de Agricultura señala expresamente que el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) es la entidad que deberá asumir el pago de las cuotas con cargo a su presupuesto institucional, entendiéndose que es un Pliego perteneciente al Ministerio de Agricultura y benefi ciario de los mencionados programas; Que, ambas entidades son Pliegos Presupuestales diferentes. Mientras el INIA es el Pliego Presupuestal 163, el Ministerio de Agricultura es el Pliego Presupuestal 013; Que, el artículo 67º numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro;