NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (15/09/2010)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de setiembre de 2010 425808 Que, el artículo 2º de la citada Resolución Ministerial encargó a la Lic. ROSA LUZ MARTÍNEZ ORÉ, miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Ayacucho, la Presidencia del Directorio de la referida entidad, mientras dure la ausencia de su titular; Que, por Carta del 6 de septiembre de 2010, la señora ROSA MARÍA FALCONÍ GAMARRA ha solicitado se deje sin efecto la licencia concedida por medio de la Resolución Ministerial Nº 573-2010-MIMDES; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES, el Decreto Supremo Nº 004-2010-MIMDES y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la Licencia Sin Goce de Dieta a la señora ROSA MARÍA FALCONÍ GAMARRA, Presidenta del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Ayacucho, otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 573-2010-MIMDES. Artículo 2º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura efectuada a la Lic. ROSA LUZ MARTÍNEZ ORÉ como Presidenta del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Ayacucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 543660-1 PRODUCE Autorizan a la Secretaría General de Pesca Marítima de España, representada por Cosmos Agencia Marítima S.A.C., a realizar investigación pesquera RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 232-2010-PRODUCE Lima, 14 de setiembre de 2010 Visto: El escrito de registro Nº 69628-2010, de fecha 8 de septiembre de 2010 a través del cual la Secretaria General de Pesca Marítima de España, representada en el Perú por COSMOS Agencia Marítima S.A.C., solicitó autorización para efectuar investigación científi ca en aguas jurisdiccionales peruanas; el Informe Técnico Nº 548-2010-PRODUCE/DGEPP-Dch, de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; el Informe Nº 058-2010-PRODUCE/OGAJ-cbenavideso, de fecha 10 de setiembre de 2010, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurídicas peruanas en la actividad pesquera y propicia, asimismo, la inversión extranjera con la sujeción a las disposiciones pertinentes de la legislación peruana. A tales efectos, el Estado promueve las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investigación, conservación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros; Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesquería (hoy Ministerio de Producción), mediante Resolución Ministerial por plazo determinado, podrá autorizar a instituciones especializadas extranjeras, la realización de actividades de investigación científica o tecnológica en aguas jurisdiccionales peruanas. Para tal efecto, el permiso de pesca a favor de la institución extranjera estará condicionado a la obtención del permiso de navegación conferido por la autoridad marítima, siempre que las investigaciones se ejecuten con la obligatoria participación del personal que designe el Instituto del Mar del Perú – IMARPE; así como, proporcionar al Ministerio de la Producción la información completa relativa a las investigaciones realizadas, en el plazo que establezca la correspondiente Resolución Ministerial; Que, en el marco del Convenio suscrito entre el INSTITUTO DEL MAR DEL PERU – IMARPE con la SECRETARIA GENERAL DE PESCA MARITIMA DE ESPAÑA para desarrollar investigación científi ca en aguas jurisdiccionales del Perú, se ha programado, el Plan de Crucero Perú 2010 de “Investigaciones de Fauna Bento Demersal en la Zona Sur del mar peruano 14º00’S Extremo Sur del Dominio Marítimo del Perú a bordo del Buque Oceanográfi co MIGUEL OLIVER” de bandera española, solicitándose para tal efecto autorización para efectuar investigación científi ca marina con el fi n de recabar información de la distribución, concentración y características biológicas de los recursos demersales y potenciales y su relación con las condiciones del ambiente marino, en la región batial y zona arquibentónica del área comprendida entre Pisco (14º00’S) y el extremo sur del dominio marítimo peruano, por un período total de 29 días; Que, mediante el Ofi cio Nº PCD-100-340-2010- PRODUCE/IMP de fecha 20 de agosto de 2010, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, alcanza el Plan del Crucero Perú 2010, el cual involucra la participación del Buque Español MIGUEL OLIVER, actividad científi ca que contribuye con la labor del IMARPE y que se realizará en el área comprendida entre Pisco 14º00’S y el extremo sur del dominio marítimo; Que, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero en su Informe Nº 548-2010- PRODUCE/DGEPP-Dch, de fecha 09 de septiembre de 2010, de la Dirección de Consumo Humano Directo informa que se ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2009-PRODUCE; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesquería, la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la SECRETARIA GENERAL DE PESCA MARITIMA DE ESPAÑA, representado en el Perú por COSMOS Agencia Marítima S.A.C., a realizar investigación pesquera con extracción de muestras de especímenes hidrobiológicos, sin valor comercial (excepto recursos genéticos), como parte del crucero de investigación científi ca marina que se realizará en aguas jurisdiccionales peruanas; que consiste en recabar información sobre distribución, concentración y características biológicas de los recursos demersales y potenciales asociados a las condiciones del ambiente marino, en la región batial y zona arquibentónica, con el empleo del Buque Oceanográfi co MIGUEL OLIVER, de bandera española, de 744 toneladas de Registro Neto y 2,480 toneladas de Registro Bruto, a partir del 15 de septiembre al 13 de octubre de 2010, en el área marítima comprendida entre Pisco (14º00’S) y el extremo sur del dominio marítimo. Artículo 2º.- De no iniciarse las operaciones de investigación dentro del plazo señalado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, la autorización caducará de pleno derecho. Artículo 3º.- El Perú se reserva cualquier mención a un límite internacional marítimo por parte de los participantes de otros Estados en la expedición científi ca, así como en