Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2010 (17/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES
OBRAS DE EDIFICACION Edificacion de 1 y 2 Pisos (Casco Vestido) Total 0,9992 1,0020 0,9993 0,9999 1,0095 0,9961 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Resto Elem. 0,9995 1,0029 0,9989 1,0002 1,0120 0,9951 Total 0,9995 1,0029 0,9989 1,0002 1,0120 0,9951 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 Edificacion de 3 y 4 Pisos (Terminada) Resto Elem. 0,9991 1,0013 0,9988 0,9997 1,0090 0,9964 Total 0,9991 1,0013 0,9988 0,9997 1,0090 0,9964 M.O. 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000

425937
Edificacion de 3 y 4 Pisos (Casco Vestido) Resto Elem. 0,9994 1,0024 0,9987 1,0000 1,0105 0,9957 Total 0,9994 1,0024 0,9987 1,0000 1,0105 0,9957

AREAS GEOGRAFICAS No.

Edificacion de 1 y 2 Pisos (Terminada) M.O. Resto Elem. 0,9992 1,0020 0,9993 0,9999 1,0095 0,9961

1 2 3 4 5 6

1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000 1,0000

Articulo 2º.- Los Factores de Reajuste seran aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el periodo correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores seran aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiendose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Articulo 3º.- Los factores indicados no seran aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variacion mencionada en el periodo correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especificos. Articulo 4º.- Los montos de obra a que se refiere el Art. 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Articulo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicacion de los Factores de Reajuste, cuando estos derivan de los aumentos de mano de obra.

Articulo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolucion, seran acumulativos por multiplicacion en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de este, desde la fecha del contrato respectivo. Articulo 7º.- Las Areas Geograficas comprenden los departamentos siguientes: a) Area Geografica 1: Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San Martin. b) Area Geografica 2: MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Area Geografica 3: MORDAZA, Pasco, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y Ucayali. d) Area Geografica 4: MORDAZA, MORDAZA y Tacna. e) Area Geografica 5: Loreto. f) Area Geografica 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, y MORDAZA de Dios. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 544616-2

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Designan Director de la Direccion de Supervision del OEFA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 042-2010-OEFA/PCD MORDAZA, 15 de setiembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, a traves de la Ley Nº 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislacion ambiental por parte de todas las personas naturales o juridicas, asi como supervisar y garantizar que las funciones de evaluacion, supervision, fiscalizacion, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, agil y eficiente; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del

Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, estableciendose en los articulos 37º y 38º, la naturaleza y las funciones de la Direccion de Supervision; Que, a traves de la Resolucion Suprema Nº 0062010-MINAM, se aprueba el Cuadro para Asignacion de Personal del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA, contemplandose el cargo de Director de la Direccion de Supervision, cuyas funciones son detalladas en el Manual de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por la Resolucion de Consejo Directivo Nº 005-2010-OEFA/CD; Que, en tal sentido, es necesario designar al Director de la Direccion de Supervision del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA; Con el visado de la Secretaria General y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el articulo 3º de la Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso e) del articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009MINAM, y por la Resolucion Suprema Nº 017-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director de la Direccion de Supervision del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA. Articulo 2º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Web Institucional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA V. MORDAZA ARATA Presidente 544647-1

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