Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (23/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de setiembre de 2010 426211 en cuya Primera Disposición Transitoria se dispuso que en tanto se implemente la nueva metodología de costos en todas las entidades de la Administración Pública, éstas podrán aprobar, modifi car o ratifi car sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos utilizando las pautas metodológicas contenidas en la Directiva Nº 001- 95-INAP/DTSA (referida en el Decreto Supremo Nº 079- 2007-PCM), para efectos de sustentar técnicamente los Procedimientos Administrativos de sus TUPA, siempre que ésta haya sido expedida con anterioridad a la publicación del citado Decreto Supremo. Que, el Servicio de Administración Tributaria – SAT ha procedido a la evaluación legal y técnica correspondiente, siguiendo para tal efecto las disposiciones de la Ordenanza Nº 607, la Directiva Nº 001-006-00000001, a través de las cuales se estableció el procedimiento para la ratifi cación de las Ordenanzas tributarias por las Municipalidades Distritales integrantes de la Provincia de Lima, así como las normas legales vigentes a efectos de determinar la legalidad y racionalidad del establecimiento de los derechos de trámite correspondiente a cada procedimiento establecido, respectivamente, emitiendo en este caso la Gerencia de Asuntos Legales del SAT, el Informe Técnico Legal Nº 004- 181-00000171 de fecha 23 de agosto del 2010, el mismo que concluye, entre otros, en lo siguiente: 1. Los 38 derechos correspondientes a un total de 29 procedimientos y servicios administrativos de edifi caciones (Módulo de Obras Privadas) y de numeración (Módulo de Catastro Integral), que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenido en la Ordenanza Nº 307, respectivamente, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administración Tributaria, han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa. 2. En atención a que en la Ordenanza Nº 307-MSI, se han establecido derechos de trámite de algunos procedimientos cuyos costos han sido observados, la opinión favorable no alcanza a los derechos de trámite establecidos respecto del procedimiento siguiente: • Procedimiento 06.06 “licencia de edifi cación modalidad C con evaluación previa de revisores urbanos” en los siguientes tramos: - Hasta 900m2 - Desde 901-2500m2 - Desde 2501-4500m2 - Desde 4501-8500m2 - Más de 8500m2 3. Es preciso indicar, que la exigencia del requisito “presupuesto de la obra” para la tramitación de los procedimientos de edifi caciones, no habilita a la Municipalidad a exigir pagos determinados en función al valor de la obra. 4. De la evaluación técnica efectuada se concluye que los ingresos que la Municipalidad Distrital de San Isidro piensa percibir, producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos listados en el Anexo Nº 1, fi nanciarán el 81.12% de los costos por la prestación de los mismos, la diferencia de los costos deberá ser cubierta por la Municipalidad Distrital. Costo Proyectado (S/.) Ingreso Proyectado (S/.) Procedimientos y servicios administrativos: 29 Derechos: 38 2,633,140.86 2,135,890.00 Total 2,633,140.86 2,135,890.00 Fuente: Expediente Ord. Nº 307-MSI – Municipalidad Distrital de San Isidro Elaboración: SAT - Gerencia de Asuntos Legales 5. Los 38 derechos de trámite correspondientes a los 29 procedimientos listados en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administración Tributaria, correspondientes a los procedimientos de edifi caciones (Módulo de Obras Privadas); y, que incluyen a los 3 derechos de trámite correspondiente a 2 procedimientos de numeración (Módulo de Catastro Integral), cuyos costos fueron evaluados con oportunidad de la ratifi cación de la Ordenanza Nº 277-MSI, ratifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 426; cumplen con los requisitos técnicos establecidos en la Ordenanza Nº 607, que regula el procedimiento de ratifi cación de ordenanzas distritales para la provincia de Lima, debiéndose precisar además que la estructura de costos de los derechos está de acuerdo a los lineamientos de la Directiva Nº 001-006- 00000001, encontrándose por ello justifi cados. 6. Finalmente, a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29566, norma que modifi ca la Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, corresponde que la Municipalidad Distrital de San Isidro adopte las medidas respectivas respecto de la inexigibilidad de los requisitos de: i) copia literal de dominio, ii) certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios, iii) boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite y iv) documentos que se encuentren en los archivos de las municipalidades, para la tramitación de los procedimientos de edifi caciones. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 212-MML-CMAEO; ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car los 38 derechos correspondientes a un total de 29 procedimientos y servicios administrativos de edifi caciones (Módulo de Obras Privadas) y de numeración (Módulo de Catastro Integral), que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente, contenido en la Ordenanza Nº 307 de la Municipalidad Distrital de San Isidro, que aparecen detallados en el Anexo Nº 1 del Informe Nº 004-181-00000171 del Servicio de Administración Tributaria y que han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simplifi cación administrativa. Cabe señalar que la presente ratifi cación, no alcanza a los derechos de trámite establecidos respecto del procedimiento siguiente: Procedimiento 06.06 “licencia de edifi cación modalidad C con evaluación previa de revisores urbanos” en los siguientes tramos: hasta 900m2, desde 901-2500m2, desde 2501-4500m2, desde 4501-8500m2, y más de 8500m2. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación y de la Ordenanza Nº 307-MSI; así como del Anexo Nº 1 que contiene el listado de los derechos de trámite por los procedimientos y servicios administrativos que brinda dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos en el marco legal vigente. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente ratifi cación, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de San Isidro. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital de San Isidro, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en el inciso b) del artículo 2º de la Ordenanza Nº 607. Artículo Tercero.- Precisar que a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29566, norma que modifi ca la Ley de Regularización de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, corresponde que la Municipalidad Distrital de San Isidro adopte las medidas concernientes respecto de la inexigibilidad de los requisitos de: i) copia literal de dominio, ii) certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios, iii) boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite y iv) documentos que se encuentren en los archivos de las municipalidades, para la tramitación de los procedimientos de edifi caciones sin que para ello sea necesario se formule solicitud de ratifi cación alguna para materializar dicha modifi cación, debiendo sólo comunicarlo en su oportunidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 546156-1