Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2011 (01/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

440188

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2011

158-2008-PRODUCE/DGEPP y 183-2008-PRODUCE/ DGEPP., que hacen un total de 369.50 m3 de capacidad de bodega, a ser aplicadas en la embarcacion existente "BLANDI" con matricula Nº CE-21211-PM. Articulo 3º.- Ampliar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 198-2010-PRODUCE/ DGEPP de fecha 24 de marzo de 2010, en virtud al Contrato de Arrendamiento Financiero celebrado con el Banco de Credito del Peru, que aprobo a favor de la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 280-96-PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 417-2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA 6 de matricula CE-4826-PM, para que en adicion a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, pueda operar en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando redes de cerco con abertura minima de 38 mm (1 ½" pulgadas) y equipada con sistema de preservacion a bordo RSW. Articulo 4º.- Ampliar el permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 445-2010-PRODUCE/ DGEPP de fecha 12 de MORDAZA de 2010, que modifico la Resolucion Directoral Nº 249-98-PE/DNE, modificada en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 133-2010PRODUCE/DGEPP con la que se otorgo permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera MORDAZA I de matricula CE-17380-PM, para que en adicion a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, pueda operar en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando redes de cerco con abertura minima de 38 mm (1 ½" pulgadas) y equipada con sistema de preservacion a bordo RSW. Articulo 5º.- Ampliar el permiso de pesca otorgado, mediante Resolucion Directoral Nº 194-2008-PRODUCE/ DGEPP de fecha 9 de MORDAZA del 2008, que modifico el articulo 1 de la Resolucion Directoral Nº 094-2002-PE/ DNEPP modificada por las Resoluciones Directorales Nº 388-2003-PRODUCE/DNEPP y 059-2008-PRODUCE/ DGEPP, que otorgo el permiso de pesca a favor de la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C. para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE-20862-PM para que en adicion a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, pueda operar en la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando redes de cerco con abertura minima de abertura de malla de 38 mm (1 ½" pulgadas) y equipada con sistema de preservacion a bordo RSW. Articulo 6º.- Mediante Resolucion Directoral Nº 0282010-PRODUCE/DGEPP de fecha 18 de enero de 2010, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA CENTINELA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CE-20862PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, condicionandose la vigencia del referido cambio de titular al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, conforme lo senalado en el tercer parrafo del Articulo 34 del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 7º.- Constituye causal de caducidad de la ampliacion de los permisos de pesca de las referidas embarcaciones, en el extremo de los recursos jurel y caballa con destino al CHD, la perdida de la titularidad de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Directoral Nº 062-2001-PE/DNEPP y por Resolucion Directoral Nº 332-2007-PRODUCE/DGEPP. Articulo 8º.- Excluir la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Resolucion Directoral Nº 158-2008-PRODUCE/DGEPP prorrogada en su vigencia por Resolucion Directoral Nº 334-2010-PRODUCE/ DGEPP, y Resolucion Directoral Nº 183-2008-PRODUCE/ DGEPP prorrogada en su vigencia por Resolucion Directoral Nº 287-2010-PRODUCE/DGEPP, del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 9º.- Excluir a las embarcaciones pesqueras MORDAZA 6 con matricula CE-4826-PM, MORDAZA I con matricula Nº CE-17380-PM y MORDAZA con matricula CE-20862-PM del inciso a) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE e incluirla en el inciso b) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE.

Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion; www. produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 621661-4

Declaran improcedente solicitud para instalar establecimiento industrial pesquero para desarrollar actividades de procesamiento a traves de una planta de congelado, presentada por Frigorifico MORDAZA S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 127-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 28 de febrero del 2011 VISTO: El escrito con Registro Nº 00003190-2011 y adjuntos 1 y 2 de fechas 12 de enero, 07 y 25 de febrero de 2011, presentados por la empresa FRIGORIFICO MORDAZA S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, el literal b) del articulo 43º del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas requeriran autorizacion para la instalacion de establecimientos industriales pesqueros; Que, asimismo, los articulos 44º, 45º y 46º de la Ley General de Pesca ­ Ley Nº 25977, establecen que las concesiones, autorizaciones y permisos se otorgaran a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los correspondientes derechos, cuyo monto, forma de pago y destino, seran fijados mediante Resolucion Ministerial, y seran otorgados a nivel nacional, por el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion); Que, el articulo 49º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que, las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, con los escritos del visto, la empresa FRIGORIFICO MORDAZA S.R.L., solicita autorizacion para instalar un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento a traves de una planta de congelado de 20 t/dia de capacidad proyectada, a ubicarse en MORDAZA Industrial ACIPPIAS Mz E Lotes 01, 02, 03, 14 y 15 del distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que, con Oficio Nº 270-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch de fecha 21 de enero de 2011, se observo el documento que acreditaba el derecho sobre el predio, asi como, el Formulario DGEPP-026, el Protocolo Tecnico Sanitario, y el Certificado Ambiental; Que, a traves del escrito de Registro Nº 00031902011-1 de fecha 07 de febrero de 2011, la empresa FRIGORIFICO MORDAZA S.R.L. alcanza MORDAZA del Contrato de Arrendamiento celebrado entre la ACIPPIAS ILO y la citada administrada, en virtud del cual, se da en arrendamiento las acciones y derechos de los terrenos ubicados en los lotes 01, 02, 03, 14 y 15, Manzana E,

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