Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2011 (01/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de MORDAZA de 2011

consecutivos, aun cuando esta deuda MORDAZA sido objeto de fraccionamiento y pagada posteriormente; Que, estando a lo senalado, respecto al escrito de registro Nº 070235 presentado el 01 de MORDAZA de 2008, por el cual la empresa CABLE ZOFRI S.R.L., solicita la adecuacion de su concesion al Regimen de Concesion Unica para la prestacion de Servicios Publicos de Telecomunicaciones; cabe senalar, que el contrato de concesion materia de adecuacion quedo resuelto de pleno derecho, y en tal sentido el objeto materia de adecuacion al regimen de la concesion unica resulta un imposible juridico, por lo que corresponde declarar improcedente tal pedido; Que, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, de acuerdo a los terminos de su Informe Nº 199-2010-MTC/27, concluye que la empresa CABLE ZOFRI S.R.L., al no haber cumplido con realizar el pago oportuno de la tasa por explotacion comercial del servicio de radiodifusion por cable correspondiente a los anos 2003 y 2004, ha incurrido en causal de resolucion de pleno derecho del contrato de concesion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 295-95-MTC/15.04 y del contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 052-99-MTC/15.03, MORDAZA mediante Resolucion Ministerial Nº 403-2007-MTC/03; asimismo, senala que corresponde declarar improcedente la solicitud de adecuacion al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones; Que, por otro lado, conforme a la revision de los antecedentes de la empresa CABLE ZOFRI S.R.L., efectuado por la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, se advierte que el administrado no solicito su acogimiento a los beneficios de regularizacion de pagos previstos en la Ley Nº 28853, tal como lo estipula el articulo 3º de dicha MORDAZA, por lo cual no le resulta aplicable; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modificatoria; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto de pleno derecho, el contrato de concesion suscrito con la empresa CABLE ZOFRI S.R.L. para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 295-95-MTC/15.04, asi como el contrato de concesion aprobado mediante la Resolucion Ministerial Nº 052-99-MTC/15.03 y su modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 403-2007-MTC/03; y, en consecuencia, declarar que han quedado sin efecto las mencionadas resoluciones, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de adecuacion al regimen de concesion unica presentada mediante escrito de registro Nº 070235. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 621477-1

Vista, la Carta GI-017/2011 con P/D Nº 014118 presentada por la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. para que se renueve el plazo de vigencia de la homologacion del equipo: Analizador de Gases, MORDAZA ALFATEST, modelo DISCOVERY G4; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura organica basica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, el literal g) del articulo 76º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Direccion de Gestion Ambiental, organo de linea de la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilizacion de equipos para el control oficial de los Limites Maximos Permisibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Limites Maximos Permisibles de emisiones contaminantes de vehiculos automotores que circulen en la Red Vial, determinandose la obligacion de homologar y autorizar los equipos a ser usados en el Control Oficial de estos limites por las autoridades competentes, a fin de asegurar la calidad y confiabilidad de las mediciones para dicho control; Que, por Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC del 28 de febrero de 2002, se establecio el procedimiento para la homologacion y autorizacion de equipos a utilizarse en el control oficial de limites maximos permisibles de emision de contaminantes para vehiculos automotores, cuyo articulo 12º preve el procedimiento de renovacion de la homologacion, determinando los requisitos a seguir a fin de que se les otorgue; Que, la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. obtuvo mediante Resolucion Directoral Nº 008-2007-MTC/16 la homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Gases, MORDAZA ALFATEST, modelo DISCOVERY G4, con Codigo N° G-011-2007DGASA-MTC, cuya vigencia se extendio por el plazo de dos (02) anos contados a partir de su publicacion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 004-2009MTC/16 se aprobo la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Gases, MORDAZA ALFATEST, modelo DISCOVERY G4, con Codigo de Homologacion G(R)-0112007-DGASA-MTC, a favor de la empresa en mencion y cuyo plazo se extendio por el periodo de dos anos, contados a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; Que, con el documento de vistos, la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. solicita la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo detallado en el considerando precedente, por lo que de la evaluacion efectuada se ha emitido el Informe Nº 034-2011-MTC/16.CIM, en el que se desprende que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la declaracion jurada exigida en la que consta que se mantiene la condicion de fabricante o representante autorizado y que el equipo no ha sufrido modificacion de las caracteristicas tecnicas con las cuales fue homologado, cumpliendo lo exigido por el articulo 12º del Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; De conformidad con la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 29370, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC; y, Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la renovacion de la vigencia de homologacion del equipo para medicion de emisiones vehiculares: Analizador de Gases, MORDAZA ALFATEST, modelo DISCOVERY G4, con Codigo de Homologacion G(R)-011-2007-DGASA-MTC, a favor de la empresa IGARDI HERRAMIENTAS S.A. Esta aprobacion tendra una vigencia de dos (02) anos, contados a partir de la

Aprueban renovacion de vigencia de homologacion de equipo para medicion de emisiones vehiculares, a favor de Igardi Herramientas S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 026-2011-MTC/16 MORDAZA, 3 de marzo de 2011

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