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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (08/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de abril de 2011 440581 por Ordenanza N° 419-MSB, de fecha 17 de noviembre de 2008. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 17º numeral 17.1) dispone que los Gobiernos Locales están obligados a promover la participación ciudadana, en la formulación, debate y concertación de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestión Pública; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, artículo 9°, numerales 14. , 34º y artículo 53º, dispone que se deben aprobar normas que aseguren una efectiva participación vecinal, garantizando espacios de concertación, a través del Proceso del Presupuesto Participativo, como instrumento de administración y gestión; asimismo el artículo 97° dispone que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deben responder fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, efi cacia, efi ciencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad, neutralidad, subsidiaridad y consistencia de las políticas locales, especialización de las funciones, competitividad e integración. Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, artículo 1º establece que el Proceso del Presupuesto Participativo promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que la referida ley establece en su artículo 8º que los Gobiernos Locales, para efectos del proceso de programación participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el Plan de Desarrollo Concertado, el cual constituye instrumento orientador de inversión, asignación y ejecución de los recursos así como de la gestión individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones públicas o privadas promotoras del desarrollo; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, contiene orientaciones para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados; Que, con Informe Nº 026-2011-MSB-GPE, la Gerencia de Planifi cación Estratégica alcanza el proyecto de Ordenanza que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el ejercicio fi scal 2012 y ejercicios siguientes; Que, con Informe Nº 291-2011-MSB-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que el mencionado proyecto se encuentra con arreglo a Ley; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE SAN BORJA TÍTULO I OBJETIVO, FINES Y MARCO LEGAL Artículo 1º.- OBJETIVO Y FINES La presente Ordenanza norma el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de San Borja, estableciendo los mecanismos y pautas para su desarrollo, con el fi n de determinar proyectos de inversión de impacto para el desarrollo local, que permitan mejorar los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo. Artículo 2º.- FINALIDAD Garantizar la participación de los representantes de la Sociedad Civil organizada, Organizaciones Vecinales y Sociales, así como Entidades Públicas y Privadas, a fi n de conocer sus expectativas y necesidades respecto al desarrollo del distrito de San Borja. El proceso de formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, se llevará a cabo bajo los principios de concertación, participación, transparencia, equidad, inclusión, atención a la población vulnerable y sostenibilidad. Artículo 3º.- MARCO LEGAL - Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modifi catorias. - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modifi catorias. - Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y sus normas complementarias y modifi catorias. - Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, su Directiva General aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2009-EF y sus normas complementarias y modifi catorias. - Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para la Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01. TÍTULO II DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 4º.- Los Agentes Participantes son quienes participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, siendo los siguientes: El Alcalde, los Regidores, el Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de Organizaciones Vecinales, Sociales y Otras, así como representantes de Entidades Públicas y Privadas del distrito de San Borja debidamente identifi cadas y acreditadas por su organización; así como el Equipo Técnico Municipal de soporte del proceso, que participa con voz pero sin voto. Las atribuciones y responsabilidades de los Agentes Participantes son: a) Proponer proyectos de inversión o ideas de proyecto de impacto local, teniendo en cuenta que alcance al mayor número de benefi ciarios posible. El Agente Participante que proponga será responsable de llenar los datos de la Ficha de Proyectos respectiva. b) Asistir de manera obligatoria y con puntualidad a la capacitación de agentes y talleres de trabajo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. c) Participar con voz y voto en la discusión y/o toma de decisiones del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Toda votación se hará por mayoría simple, y podrán votar solo los Agentes Participantes presentes. d) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. e) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. f) Cofi nanciar la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos fi nancieros, físicos y/o mano de obra. La Rendición de Cuentas incluirá el cumplimiento de cofi nanciamiento. g) Participar con respeto como oidores y como oradores, evitando frases hirientes e interrupciones. Las intervenciones tendrán una duración máxima de 3 minutos, pudiendo intervenir máximo en 2 oportunidades. Cada Agente podrá integrar la mesa de trabajo grupal de su elección, respetando el orden de asistencia. Si durante los talleres algún Agente Participante incurre en las siguientes faltas: • Agresión física y/o verbal que pudiera producirse entre Agentes Participantes.