Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2011 (13/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

440879

Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en merito a las necesidades institucionales y asignacion de nuevas competencias, los mismos que contemplan, entre otros, a la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, como organo de linea responsable de formular las politicas publicas y funciones sustantivas orientada a la promocion de la MORDAZA sindical, la erradicacion del trabajo forzoso, la erradicacion del trabajo infantil, la igualdad de oportunidades y no discriminacion, entre otros derechos fundamentales; asi como, en materia laboral para el cumplimiento de la regulacion del sector salud en la relacion de trabajo y en materia de seguridad en el trabajo y bienestar social, incluyendo la prevencion y proteccion de riesgos ocupacionales; Que, en atencion a las consideraciones expuestas y por convenir al servicio, resulta procedente emitir la Resolucion Ministerial que de por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA Irigoin, como representante y Presidente del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision Intersectorial, constituida por el articulo 2° del Decreto Supremo N° 039-93-PCM; Con la visacion de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8) del articulo 25° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del senor MORDAZA MORDAZA IRIGOIN, quien actuo como Presidente y representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision Intersectorial, constituida por el articulo 2° del Decreto Supremo N° 039-93-PCM, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA SCHRODER, Director General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, quien actuara como Presidente y representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision Intersectorial, constituida por el articulo 2° del Decreto Supremo N° 039-93-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 627801-1

Que, mediante Ley N° 29381, se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la misma que es reglamentada por Decreto Supremo N° 004-2010-TR; Que, los dispositivos a que se refiere el considerando precedente, establecen una nueva estructura del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, los mismos que contemplan entre otros, a la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales, como organo de asesoramiento, responsable de conducir los procesos de negociaciones internacionales laborales y los de cooperacion internacional reembolsable y no reembolsable; Que, en virtud de lo senalado, resulta conveniente modificar el punto 1, el tercer parrafo del punto 2 y el literal c) del numeral 3.1 del punto 3 de la Directiva de Punto de Contacto al Interior del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para los Tratados de Libre Comercio, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 007-2009TR, indicando que el MORDAZA punto de contacto para el cumplimiento de los compromisos laborales enmarcados en cualquier Tratado de Libre Comercio suscrito por el Estado Peruano, es la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales; Que, asimismo, es preciso senalar que en el MORDAZA del Acuerdo de Promocion Comercial suscrito con Estados Unidos (TLC) y el Tratado de Libre Comercio suscrito con Canada, ambos gobiernos, en lo referido a la designacion de punto de contacto y MORDAZA de comunicaciones, establecen plazos distintos al regulado para el procedimiento de respuesta de las comunicaciones efectuadas; Que, en tal sentido, con la finalidad de uniformizar el mismo criterio de plazo razonable para la aceptacion de las comunicaciones a efectuarse, resulta conveniente modificar el plazo inicialmente establecido; Con la visacion de la Viceministra de Trabajo, de la Jefa de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales y de la Jefa de la Oficina General de Asesoria Juridica; y De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2010TR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modifiquese el punto 1, el tercer parrafo del punto 2 y el literal c) del numeral 3.1 del punto 3 de la Directiva de Punto de Contacto al interior del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para todos los Tratados de Libre Comercio, aprobado mediante Resolucion Ministerial N° 007-2009-TR, conforme al siguiente texto: "1.- Organo competente y atribuciones La Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales es el punto de contacto u organo competente, para el cumplimiento de los compromisos laborales enmarcados en cualquier Tratado de Libre Comercio suscrito por el Estado Peruano que incluya una obligacion de tener tal punto de contacto. 2.- Atribuciones del punto de contacto (...) ·En materia de cooperacion tecnica, la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales es competente para su desarrollo. (...) 3.- Procedimientos Especificos (...) c) Respuesta de las comunicaciones La Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales, tiene un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias para determinar si la comunicacion efectuada provoca consecuencias relativas a la aplicacion del capitulo laboral y si afectaria en el fondo el desarrollo del presente acuerdo de promocion comercial entre los dos paises.

Modifican Directiva de Punto de Contacto al Interior del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para los Tratados de Libre Comercio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 115-2011-TR MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2011 VISTO: El Oficio N° 184-2011-MTPE/4.10 de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo mediante Resolucion Ministerial Nº 007-2009-TR de fecha 14 de enero de 2009, aprobo la "Directiva de Punto de Contacto al Interior del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para los Tratados de Libre Comercio", senalando en su numeral 1, a la Direccion de Asuntos Internacionales de la Oficina de Asesoria Juridica como Punto de Contacto u organo competente para el cumplimiento de los compromisos laborales enmarcados en cualquier Tratado de Libre Comercio suscrito por el Estado Peruano que incluya una obligacion de tener tal punto de contacto;

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