Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2011 (20/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca presentada por Procesadora de Productos Marinos S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 219-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 31 de marzo del 2011 Visto: El escrito de registro Nº 00090331-2010 del 19 de noviembre del 2010, presentado por PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, esta MORDAZA tiene por finalidad establecer el regimen juridico aplicable para que la actuacion de la Administracion Publica sirva a la proteccion del interes general, garantizando los derechos e intereses de los administrados; Que, conforme al numeral 1.9 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable; Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; asimismo, establece que no procede el cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, el tercer parrafo del articulo 19º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, establece que "el referido cambio de titularidad solo se otorgara previo cumplimiento de los requisitos que establece el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio y siempre que las embarcaciones pesqueras se encuentren libres de cargas o gravamenes y que no MORDAZA objeto de MORDAZA judicial que impida su transferencia; salvo autorizacion expresa formulada por escrito con firmas legalizadas del acreedor titular de la carga, gravamen o accion judicial correspondiente"; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 031-2006PRODUCE/DNEPP de fecha 08 de febrero del 2006, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a favor de la empresa PESQUERA LOBOS DE AFUERA S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "JOSE MORDAZA III" con matricula Nº PT-5128-CM de 185.72 m 3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgada (38 mm), de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa; Que, mediante el escrito del visto, la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por la Resolucion Directoral Nº 031-2006-PRODUCE/ DNEPP, para operar la embarcacion pesquera denominada "JOSE MORDAZA III" con matricula Nº PT-5128-CM, de conformidad con el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la

Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE y demas modificatorias; Que, a traves del Oficio Nº 267-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fecha 21 de enero del 2011, se notifico a la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., que la embarcacion "JOSE MORDAZA III" de matricula Nº PT-5128-CM, registra deudas pendientes de pago, cuya ejecucion se esta tramitando en la Oficina de Ejecucion Coactiva, motivo por el cual se requiere el cumplimiento en el pago de dichas deudas; ademas, no ha cumplido con adjuntar el Formulario DGEPP-007; asimismo, debera adjuntar el Certificado Negativo de Gravamen correspondiente y de ser el caso las cartas de autorizacion de los acreedores con firmas legalizadas y se requiere la MORDAZA del Contrato de arrendamiento de la senalada embarcacion vigente; otorgandose un plazo de diez (10) dias habiles para que subsane las observaciones, caso contrario, su solicitud sera declarada improcedente; Que, a la fecha la administrada, no ha cumplido con subsanar las observaciones consignadas en el Oficio Nº 267-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, a pesar que su notificacion fue recibida el 29 de enero del 2011, como consta en el cargo de recepcion que obra en el expediente, habiendo transcurrido mas de diez (10) dias habiles, en consecuencia corresponde declarar su solicitud improcedente por cuanto no cumple con los requisitos del procedimiento Nº 07 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas modificatorias; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 00352011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, MORDAZA con Informe Nº 279-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-20015-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca otorgado por la Resolucion Directoral Nº 031-2006-PRODUCE/ DNEPP de fecha 08 de febrero de 2006, para operar la embarcacion pesquera "JOSE MORDAZA III" con matricula Nº PT-5128-CM, presentada por PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 629973-9

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