Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2011 (20/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

pleno derecho al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al termino de la renovacion del mismo, la instalacion de las citadas plantas de procesamiento, sin que sea necesario para ello notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en los articulos 2º y 3º de la presente resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de la aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 629973-7

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca presentada por Pesquera Marvi S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 218-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 31 de marzo del 2011 Visto el Escrito de Registro Nº 00065739-2010, y Adjuntos 1, 2, 3, 4, y 5 de fechas 20 de agosto, 07 y 28 de octubre, 22 de noviembre, 15 de diciembre del 2010, y 21 de enero del 2011 respectivamente, presentados por la EMPRESA PESQUERA MARVI S.A.C; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judicial que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la via administrativa o judicial, procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, encontrandose condicionada la vigencia a su resultado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 106-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 17 de febrero del 2010, se aprobo a favor de la EMPRESA PESQUERA PAE S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III de matricula PT-3996-BM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 1332002-CTAR PIURA/DIREPE-DR, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado; Que, a la fecha, la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III de matricula PT-3996-BM, con 36.04 m3 de capacidad de bodega, se encuentra inscrita en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion, a nombre de la EMPRESA PESQUERA PAE-S.A.C., con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina (suspendida), para consumo humano directo, y sardina para consumo humano indirecto;

Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de noviembre del 2007, se resolvio caducar el permiso de pesca entre otras de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III, de matricula PT-3996-BM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 133-2002-CTAR-PIURA/DIREPE-DR, modificado por Resolucion Directoral Nº 106-2010-PRODUCE/DGEPP, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo. Que, mediante escrito de registro Nº 00065739-2011-6 de fecha 21 de febrero del 2011, la administrada comunica la cancelacion de su deuda ante la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion; sin embargo, a traves del memorando Nº 336-2011-PRODUCE/OEC de fecha 14 de marzo del 2011, nos informan que la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III de matricula PT-3996-BM, registra deudas cuya ejecucion se viene tramitando en la Oficina de Ejecucion Coactiva; Que, como consecuencia del MORDAZA de evaluacion de la solicitud de cambio de titular de la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III, de matricula PT-3996-BM, mediante Oficios Nº 5277, 5790, 6196, 6414-PRODUCE/ DGEPP-Dchi de fechas 23 de setiembre, 03 y 30 de noviembre, 17 de diciembre del 2010, y 371-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 31 de enero del 2011, se notifico reiterativamente a la referida empresa la subsanacion de las observaciones a su solicitud de cambio de titular otorgandosele los plazos correspondientes bajo apercibimiento de declarar improcedente su petitorio; Que, en virtud a lo senalado, la EMPRESA PESQUERA MARVI S.A.C., no ha cumplido con subsanar las observaciones planteadas mediante los oficios referidos en el considerando que antecede, a pesar de haber sido debidamente notificados, por lo que corresponde declarar improcedente la solicitud de cambio de titular para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III de matricula PT-3996-BM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informes Nros. 727, 866 y 909-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Memorando Nº 213-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de abogados de la Dchi mediante Informes Nros. 1091, 1199-2010-PRODUCE/DGEPP, y 264 y 3482011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 133-2002-CTAR PIURA/DIREPE-DR, modificada por la Resolucion Directoral Nº 106-2010-PRODUCE/ DGEPP, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA III de matricula PT-3996-BM, solicitado por la EMPRESA PESQUERA MARVI S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 629973-8

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