Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2011 (20/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de MORDAZA de 2011

Que, en ese sentido, de acuerdo a los dispuesto en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 012-2008-PRODUCE, corresponde que se declare la caducidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MI BARTOLITA" de matricula Nº PL-17740-CM otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 063-98-CTAR-LL/DIREPE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 043-2000-PRE/P; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Tecnico Nº 173-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi; y con la opinion de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la CADUCIDAD del permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MI BARTOLITA" de matricula PL-17740-CM otorgado a los senores MORDAZA PUESCAS MORDAZA, MORDAZA PUESCAS MORDAZA y MORDAZA PUESCAS MORDAZA mediante Resolucion Directoral Nº 063-98-CTAR-LL/DIREPE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 043-2000-PRE/P. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 629973-4

Declaran improcedente solicitud de cambio de titular de permiso de pesca presentada por Pesquera Palley S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 215-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 30 de marzo del 2011 Visto el escrito de Registro Nº 0006767-2011, de fecha 21 de enero de 2011, presentado por la EMPRESA PESQUERA PALLEY S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, las transferencias del permiso de pesca de embarcaciones bajo el regimen de la Ley Nº 26920, se efectuaran conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado mediante Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca;

Que, de acuerdo con el Numeral 1, inciso c) del Articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, establece que para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la Ley General de Pesca, las personas naturales y juridicas, requeriran permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional. Que, asimismo, los Articulo 44º y 46º establecen que los permisos, entre otros derechos administrativos, son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional para el desarrollo de actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la Ley y en las condiciones que determine su Reglamento. Que, el tercer parrafo del Articulo 19 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084, establece que "el referido cambio de titularidad solo se otorgara previo cumplimiento de los requisitos que establece el MORDAZA del Ministerio y siempre que las embarcaciones pesqueras se encuentren libres de cargas o gravamenes y que no MORDAZA objeto de MORDAZA judicial que impida su transferencia; salvo autorizacion expresa formulada por escrito con firmas legalizadas del acreedor titular de la carga, gravamen o accion judicial correspondiente"; Que, a traves del escrito de Registro N° 0006767, de fecha 21 de enero de 2011, la EMPRESA PESQUERA PALLEY S.A.C., solicito cambio de titular del permiso de pesca correspondiente a la embarcacion pesquera PALMAR 3 de matricula SY-21108-PM, formulando su solicitud de acuerdo al procedimiento 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009PRODUCE y modificatorias; Que, mediante Oficio Nº 568-2011-PRODUCE/DGEPPDchi con fecha de notificacion 24 de febrero de 2011, se solicito a la administrada remita "Carta de Autorizacion expresa formulada por escrito con firma legalizada de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Sullana, toda vez que el Certificado Compendioso de Dominio de la embarcacion PALMAR 3 se consigna la existencia de una constitucion de Garantia Mobiliaria a su favor"; asimismo, "aclarar de que se trata el titulo pendiente de inscripcion 2009-77025559, tambien consignada en el Certificado Compendioso de Dominio MORDAZA mencionado, o de ser el caso, debera presentar carta de autorizacion expresa formulada por escrito con firma legalizada del acreedor del gravamen y/o carga existente"; ademas de pagar la deuda de S/. 0.84 por concepto de derechos de pesca, para lo cual se le otorgo plazo de 10 dias habiles a fin de que cumpla con subsanar las observaciones; Que, se ha advertido que la administrada, a pesar de haber sido debidamente notificada, tal como obra en el cargo de notificacion a fojas 48 del expediente, no ha cumplido con subsanar las observaciones dentro del plazo otorgado, razon por la cual se considera pertinente declarar la improcedencia de la solicitud de cambio de titular presentada por la EMPRESA PESQUERA PALLEY S.A.C.; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Tecnico Nº 132-2011PRODUCE/DGEPP-Dchi, Nº 338-2011-PRODUCE/DGEPPDchi y con la opinion favorable de la instancia legal a traves del Informe Nº 394-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Decreto Legislativo Nº 1084 y su Reglamento, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE y sus modificatorias, y la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion

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