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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (20/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de abril de 2011 441296 Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 631032-7 Aprueban tasación de predio afectado por ejecución de obras de rehabilitación y mejoramiento de carretera, ubicado en el distrito de Langui, provincia de Canas, departamento de Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 262-2011-MTC/02 Lima, 12 de abril de 2011 Vistos: La Nota de Elevación Nº 097-2011-MTC/20 sobre aprobación de una (01) valuación comercial de predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera: Sicuani – El Descanso – Yauri -, Tramo: Colpahuayco – Langui; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la citada Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones –CONATA-, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; mientras que por la Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, es el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción, en adelante DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 037-2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27117 - Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales; con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, la Cláusula Sexta del citado Convenio Marco, dispone que para todos los servicios cuyos costos sean menores a tres (03) UIT, no se requerirá de la suscripción de un Convenio Específi co, lo cual deberá ser solicitado y aceptado mediante Ofi cios; Que, mediante Ofi cio Nº 1773-2009-MTC/20.6, PROVIAS NACIONAL, solicitó a la DNC, las tasaciones correspondientes a veinticinco (25) predios afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Sicuani – El Descanso – Yauri, Tramo: Colpahuayco - Langui, ubicados en los distritos de Langui y Sicuani, provincia de Canas y Canchis, departamento de Cusco; y, mediante Ofi cio Nº 778-2010/VIVIENDA-VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remitió a PROVIAS NACIONAL los informes técnicos respectivos; Que, con Memorándum Nº 1539-2011-MTC/20.6 el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL solicita a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL la prosecución del trámite correspondiente para la aprobación de una (01) valuación comercial, acompañando como sustento el Informe Nº 096-2011-MTC-20.6.3/DMMA de la especialista legal del PACRI, en el que se manifi esta que de la revisión efectuada a los informes técnicos remitidos por la DNC mediante el citado Ofi cio Nº 778-2010/VIVIENDA-VMCS- DNC, corresponde continuar con el trámite de aprobación de un (01) expediente valuatorio del predio que ha sido afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera: Sicuani – El Descanso – Yauri, Tramo: Colpahuayco - Langui, agregando que dicho predio (cuyo titular es la Comunidad Campesina Urinsaya Ccollana) tiene su derecho de propiedad inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble, Ofi cina Registral de Sicuani; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 266-2011- MTC/20.3, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de la tasación del predio mencionado en los considerandos precedentes; Que, las Comunidades Campesinas son organizaciones de interés público, con existencia legal y personería jurídica, conforme lo señala la Ley Nº 24656, Ley General de Comunidades Campesinas, por lo que en la enajenación de los bienes de su propiedad se deberá observar, en lo que sea aplicable, las disposiciones normativas que las rigen; Que, con la Nota de Vistos el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, solicita se apruebe la tasación de un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera: Sicuani – El Descanso – Yauri, Tramo: Colpahuayco – Langui; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27628 y 29370; así como por el Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera: Sicuani – El Descanso – Yauri, Tramo: Colpahuayco – Langui, ubicado en el distrito de Langui, provincia de Canas, departamento de Cusco, conforme al detalle que se señala en el Anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones