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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de agosto de 2011 448998 y Edifi caciones; se concluye que el presente trámite es procedente, al haber cumplido los administrados con presentar los requisitos y pagos estipulados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos Vigente de la Municipalidad Distrital de Ate. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79° de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciónes Urbanas y Edifi caciones, Ordenanza 836 - MML, Ordenanza Nº 273 – MDA, y por el Reglamento Nacional de Edifi caciones. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano Signado con el N° 010-2011–SGHUE–GDU/MDA, y Memoria Descriptiva, suscrito por el Profesional Responsable Ing. Eduardo Alberto Carrillo Benvenuto, Reg. C.I.P. 1919, que forma parte del presente Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Gran Industria “I – 3”, del terreno con un área de 10,000.14m2 constituido por la Lotización Semi Rústica Santa Rosa Nº 2 Fundo Vásquez lotes 8,9 y 10 de la Manzana “C”, distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a BRITISH AMERICAN TOBACCO DEL PERU HOLDINGS S.A.A para ejecutar las obras de Habilitación Urbana en un plazo de 36 meses contados a partir del inicio del trámite hasta el 18 de Marzo del 2014, responsabilizándose el administrado por la culminación de las mismas y teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS: Área Bruta Total : 10,000.14 m2 Área Útil : 9,773.53 m2 Área de Vías : 226.61 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS: El área afecta a aportes es igual a: Área Bruta = 10,000.14m2, y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la Zonifi cación I-3 Gran Industria, son los siguientes: TIPO PORCEN- TAJE AREA PROYECTO DEFICIT Parques Zonales (SERPAR) 5% 500.00 m2 ------------ 500.00 m2 Renovación Urbana ( EMILIMA ) 3% 300.00 m2 ----------- 300.00 m2 Otros Fines (Municipalidad Distrital Respectiva) 2% 200.00 m2 ----------- 200.00 m2 TOTAL 10% 1000.00 m2 1000.00 m2 El défi cit de los aportes de Parques Zonales, Renovación Urbana y Otros Fines, fueron cancelados a las entidades competentes; SERPAR-LIMA, EMILIMA y Municipalidad Distrital de Ate, de acuerdo al Quinto Sexto y Cuarto considerando respectivamente. AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado aprobado por Sedapal debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; correspondiendo además, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación defi nitiva de las obras parciales ejecutadas correspondientes a las redes primarias y secundarias de energía eléctrica pública y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura .- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Artículo Tercero.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano” en el plazo de (30) días calendarios contados a partir de su notifi cación a cargo de los interesados. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana para su conocimiento; a la Ofi cina Registral de Lima y Callao para los efectos de la inscripción de la Habilitación Urbana; a SERPAR – LIMA, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JANETTE DE LOS MILAGROS ALVA NAVARRO Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones 681257-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban el Régimen de Prevención y Control de los Riesgos del Consumo y Exposición al Humo de Tabaco en el distrito ORDENANZA Nº 217 La Molina, 16 de agosto de 2011 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA