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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (25/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de agosto de 2011 448992 - Que, mediante Pedido presentado por el Consejero Regional por la provincia de San Miguel Prof. Ydelso Hernández Hernández, solicita al Pleno del Consejo Regional modifi car el Acuerdo Regional Nº 005-2011- GR-CAJ-CR conforme al Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 010-2011-GRCAJ-CR; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680; Ley de Bases Descentralizadas N° 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867, modifi cada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional N° 010-2011- GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- MODIFICAR el Artículo primero de la parte resolutiva del Acuerdo Regional N° 005-2011-GR.CAJ- CR, en los siguientes términos: COMISIÓN MIEMBROS DESARROLLO ECONOMICO Prof. Juan Barreda Soto Prof. Elianita Zavaleta García Prof. Shander Rodríguez Rodríguez Sr. José Homero Medina Marín DESARROLLO SOCIAL Prof. Ydelso Hernández Hernández Dra. Sara Elízabeth Palacios Sánchez Prof. Guillermo Yopla Murrugarra Prof. Shander Rodríguez Rodríguez PLANEAMIENTO Sr. Cervando Puerta Peña Sr. José Luis Chiwan Cubas Lic. Jesús García Lozano Prof. Guillermo Yopla Murrugarra INFRAESTRUCTURA Prof. Elmer Manuel Florián Cedrón Sr. Cervando Puerta Peña Lic. Jesús García García Sr. José Homero Medina Marín GESTIÓN AMBIENTAL SOSTENIBLE Lic. Leider Hugo Fuentes Estela Prof. Wilder Elmer Chilón Sánchez Sra. Yanet Chiwan Jempekit Dra. Sara Elízabeth Palacios Sánchez ASUNTOS JURÍDICOS Prof. Hilario Porfi rio Medina Vásquez Lic. Leider Hugo Fuentes Estela Prof. Elzer Elera López Prof. Juan Barreda Soto COMUNIDADES CAMPESINAS Y NATIVAS Sr. José Luis Chiwan Cubas Sr. Cervando Puerta Peña Prof. Elmer Manuel Florián Cedrón Sra. Yanet Chiwan Jempekit Segundo.- INTERNAMENTE los miembros de la Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas se reunirán para elegir a su presidente. Tercero.- El Presidente de la Comisión Ordinaria de Comunidades Campesinas y Nativas presentará a la Mesa Directiva: • El Plan de Trabajo de la Comisión, el cual debe tomar en cuenta las perspectivas de mediano y largo plazo fi jadas en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y los acuerdos de los distintos grupos que integran el Pleno. • Informes y/o dictámenes de los asuntos que hayan concluido con su análisis y que deben ser de conocimiento o aprobados por el Pleno. • Un informe de la labor realizada al término del ejercicio fi scal, el mismo que será sustentado ante el Pleno. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional comunicar en forma ofi cial a las Instancias de la Administración Pública Regional, a las Municipalidades Provinciales y Distritales de la Región el contenido del presente Acuerdo Regional. Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Sexto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER ELERA LÓPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 681358-1 GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Autorizan a Procurador Público del Gobierno Regional de Moquegua, Dirección Regional de Educación Moquegua y Unidad de Gestión Educativa Local Mariscal Nieto, Ilo y General Sánchez Cerro a no interponer recursos impugnatorios y allanarse y transar en procesos referidos al pago de remuneraciones y beneficios sociales de personal docente y administrativo ORDENANZA REGIONAL N° 14-2011-CR/GRM Fecha: 11 de agosto del 2011 VISTOS: La sesión ordinaria de Consejo Regional, de fecha 11 de agosto del 2011. CONSIDERANDO: Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; teniendo como estructura orgánica básica: el Consejo Regional, la Presidencia Regional y el Consejo de Coordinación Regional. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional Moquegua, el cual está integrado por nueve consejeros regionales, elegidos por sufragio directo; el mismo que tiene las competencias constitucionales para promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, turismo, educación, salud entre otros, armonizando la dinámica demográfi ca, el desarrollo social equitativo, orientándolo hacia el ejercicio pleno de los derechos de sus habitantes en igualdad de oportunidades. Que, con Ofi cio Nº 873-2011-P/GR.MOQ. el Presidente del Gobierno Regional presenta la iniciativa legislativa a fi n de viabilizar el pago de benefi cios laborales a los trabajadores del sector educación, establecido en la Trigésima Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; la cual consiste en autorizar al Procurador Público del Gobierno Regional de Moquegua, la Dirección Regional de Educación Moquegua, Unidad de Gestión Educativa Local, Mariscal Nieto, Sánchez Cerro e Ilo a allanarse a la demanda o celebrar transacciones judiciales en las demandas que interpongan los trabajadores docentes y administrativos del sector educación, por concepto de remuneraciones y benefi cios sociales de los periodos 2005, 2006, 2007,