TEXTO PAGINA: 3
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454429 De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM modifi cado por el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Secretario de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, las facultades de representación sufi cientes que corresponden al Presidente del Consejo de Ministros y que no sean privativas de su función de Ministro de Estado, para suscribir a nombre de la Presidencia del Consejo de Ministros, los Convenios Marco de Cooperación Interinstitucional y Acuerdos Complementarios Específi cos para brindar asistencia técnica para el fortalecimiento de capacidades en gestión a los Gobiernos Regionales, Municipalidades, Mancomunidades y Juntas de Coordinación Interregional, con arreglo al marco normativo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución hasta el 31 de diciembre de 2012, contando para el ejercicio de la facultad delegada con la asistencia técnica de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 725478-1 Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego 026 Ministerio de Defensa, para la adquisición de Activos no Financieros previstos en los planes estratégicos de la Marina de Guerra y el Ejercito del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2011-PCM Lima, 5 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 2° de la Ley N° 28455 - Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional - FFAA y PNP señala que constituyen ingresos del Fondo el 20% de las regalías que perciba el Gobierno Nacional del Lote 88 de Camisea en el año 2005 y el 40% a partir del año 2006; y el literal c) del mismo artículo señala el 30% del Lote 56 a partir de su explotación; Que, la distribución de los recursos del mencionado Fondo se encuentran previsto en el artículo 3° de la Ley N° 28455, modifi cado por la Cuadragésima Primera Disposición Final de la Ley N° 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, el literal a) de la Segunda Disposición Final de la Ley N° 28562 - Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, dispone que los recursos del Fondo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional son administrados por el Comité en la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el literal a) del numeral 16.1 del artículo 16° de la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, autoriza en el presente año fi scal la realización de manera excepcional, de las transferencias fi nancieras entre entidades, fi gurando en ella la Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo al Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional; asimismo, el numeral 16.2 del citado artículo, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, la misma que se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 017-2011-PCM/OGA la Ofi cina General de Administración, manifi esta que el Comité del Fondo de las FFAA y PNP en su Sesión de fecha 21 de noviembre del presente año, acordó entre otros, la transferencia fi nanciera de US$ 30 344 807,00 a favor de la Marina de Guerra del Perú, y de US$ 31 286 647,00 a favor del Ejército del Perú, para atender la adquisición de Activos no Financieros previstos en sus respectivos planes estratégicos. Dichos montos suman US$ 61 631 454.00 equivalente a Ciento Sesenta y Seis Millones Ochocientos Treinta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Cinco y 98/100 Nuevos Soles (S/ 166 836 345,98); monto que se encuentra fi nanciado con cargo al presupuesto institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003 Secretaría General -PCM; Que, contando con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28455 - Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo N° 063- 2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia de Consejos de Ministros y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego 026 Ministerio de Defensa, hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRECIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 98/100 Nuevos Soles (S/ 166 836 345,98), para la adquisición de Activos no Financieros previstos en los planes estratégicos de la Marina de Guerra del Perú y el Ejercito del Perú. Artículo 2°.- Afectación Presupuestal El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, con cargo a la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados - Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones; Actividad 10000267, Componente 3000693. Secuencia Funcional 0060 “Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional”, en la Categoría y Grupo Genérico de Gasto: 6.24 Donaciones y Transferencias. Artículo 3°.- Exclusividad del Gasto Conforme a lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera, serán destinadas exclusivamente para los fi nes descritos en el artículo 1° de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 725478-2 CULTURA Designan Director del Proyecto Especial Complejo Arqueológico de Chan Chan y Jefe de la Unidad Ejecutora 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, del Pliego 003 - Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2011-MC Lima, 5 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y con autonomía administrativa y económica;