Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2011 (06/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
ANEXO CUADRO DE SANCIONES

El Peruano MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2011

Codigo 1

Infraccion Realizar actividades pesqueras 1.1 o acuicolas sin la concesion, autorizacion, permiso o licencia correspondiente o si estos se encuentran suspendidos, o sin la suscripcion del convenio correspondiente, o encontrandose este suspendido, o sin tener 1.2 asignado un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE).

Sub Codigo de la Infraccion Extraer o procesar recursos hidrobiologicos sin el correspondiente permiso de pesca o licencia de operacion, o sin tener asignado un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion. Extraer recursos hidrobiologicos sin el correspondiente permiso de pesca por embarcaciones pesqueras de bandera extranjera. -

Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras

Determinacion de la Sancion MORDAZA Decomiso Multa Sancion 10 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT.

Inmovilizacion de la embarcacion Grave pesquera hasta que regularice su situacion legal o, en su caso, paralizacion de las actividades de procesamiento hasta su regularizacion. Decomiso. Inmovilizacion de la embarcacion Grave pesquera hasta que regularice su situacion legal Decomiso.

Decomiso Multa

10 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. En caso no pueda determinarse la cantidad del recurso extraido, la multa se calculara asi: 10 x (capacidad total de bodega en m³ x factor del recurso) en UIT. Artesanales: El equivalente a US $ 2,000.00 (Dos mil y 00/100 dolares americanos) en moneda nacional.

1.3

Realizar actividades pesqueras - Decomiso. encontrandose con el derecho administrativo suspendido.

Grave

Decomiso Multa Decomiso Multa

8 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Embarcaciones pesqueras: 8 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Tratandose de Establecimientos Industriales Pesqueros: 8 x (cantidad del recurso en t) x (factor del recurso) en UIT. Embarcaciones pesqueras: Del permiso de pesca hasta que regularice su situacion. Tratandose de Establecimientos Industriales Pesqueros: De la licencia de operacion hasta que regularice su situacion. Capacidad instalada x 1 UIT. De la licencia de operacion por veinticinco (25) dias efectivos de procesamiento.

1.4

Realizar actividades pesqueras sin la - Suspension hasta que regularice su Grave suscripcion del convenio de acceso situacion. al regimen de pesca o del Programa - Decomiso. de Vigilancia y Control de la pesca y desembarque en el ambito marino. -

Suspension

1.5

1.6 1.7

Producir harina residual utilizando recursos hidrobiologicos que no tengan la condicion de desechos o descartes, sin contar con la correspondiente licencia. Operar acuarios comerciales sin contar con autorizacion de funcionamiento.

Suspension de la licencia de Grave operacion por quince (15) dias efectivos de procesamiento.

Multa Suspension

Decomiso

Realizar actividades acuicolas, No incluyendo las de investigacion acuicola o acciones de incubacion de ovas, poblamiento o repoblamiento, sin contar con la correspondiente autorizacion o concesion.

Decomiso Multa Multa

3 x (valor del recurso). Acuicultura - De subsistencia : 0.1 UIT - De menor escala : 3 UIT - De mayor escala : 6 UIT - Investigacion : 0.2 UIT - Poblamiento o repoblamiento: 0.2 UIT. Tratandose de ambientes naturales, se debera proceder a retirar las instalaciones en un plazo MORDAZA de siete (7) dias calendario de detectada la infraccion; caso contrario, se le sancionara con el doble de la multa a imponerse. 10 UIT

No contar con autorizacion para No el mantenimiento en cautiverio de ejemplares de cetaceos menores o incumplir con las condiciones ambientales y de cuidado para tales efectos. 1.9 Realizar actividades de extraccion de - Decomiso del recurso macroalga macroalgas marinas sin permiso. 1.10 Realizar actividades de recojo o colecta - Decomiso del recurso macroalga y acopio de macroalgas marinas sin permiso. 1.11 Realizar actividades pesqueras encontrandose suspendido el convenio de acceso al regimen de pesca o del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo Suspension de la Licencia de Grave Operacion hasta que regularice su situacion. Decomiso.

1.8

Multa

Multa Multa

1 UIT 0.5 UIT

Decomiso Multa

Embarcaciones pesqueras: 6 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Tratandose de Establecimientos Industriales Pesqueros: 6 x (cantidad del recurso en t) x (factor del recurso) en UIT De la Licencia de Operacion hasta que regularice su situacion

Suspension

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