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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (06/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454441 Código Infracción Sub Código de la Infracción Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras Determinación de la Sanción Tipo Sanción 7 Extraer recursos hidrobiológicos utilizando un arte de pesca o aparejo no autorizado o el sólo hecho de llevarlo a bordo. 7.1 En caso de recursos plenamente explotados o declarados en recuperación - Decomiso del recurso y de las artes y aparejos, y Suspensión del permiso por quince (15) días efectivos de pesca. - - Decomiso Multa 5 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT Suspensión Del permiso de pesca por treinta (30) días efectivos de pesca 7.2 En caso de recursos inexplotados o subexplotados - Decomiso del recurso y de los artes y aparejos. - - Decomiso Multa (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT Suspensión Del permiso de pesca por cinco (05) días efectivos de pesca 7.3 Tratándose de actividades pesqueras sujetas al ROP de la Amazonía - Decomiso Grave Decomiso Multa (cantidad del recurso en t. x valor del recurso) en UIT. 7.4 Llevar a bordo artes, aparejos o sistemas de pesca diferentes a los autorizados No Multa En caso de recursos plenamente explotados o declarados en recuperación: - E/P artesanal: 0.5 UIT - E/P menor escala: 1 UIT - E/P mayor escala: 3 UIT En caso de recursos inexplotados o subexplotados - E/P artesanal: 0.2 UIT - E/P menor escala: 0.5 UIT - E/P mayor escala: 1 UIT Suspensión En ambos casos, se deberá proceder a retirar las artes o aparejos dentro de las 24 horas de detectada la infracción; caso contrario, se suspenderá el permiso de pesca hasta que cumpla con retirar dichas artes o aparejos de pesca. 7.5 Emplear redes que excedan las dimensiones mínimas o máximas establecidas No Multa 3 UIT Suspensión Retirar las redes dentro de las 24 horas de detectada la infracción; caso contrario, se suspenderá el permiso de pesca hasta que cumpla con el retiro de dichas artes de pesca. 7.6 Emplear forros, doble malla, sobrecopos, refuerzos u otros medios que reduzcan la selectividad de las artes de pesca, aunque tengan la misma longitud de malla, en el caso de las redes No Multa 3 UIT Suspensión Retirar los sistemas dentro de los 24 horas de detectada la infracción; caso contrario, se suspenderá el permiso de pesca hasta que cumpla con el retiro de dichos sistemas. 7.7 El uso de redes de deriva no artesanales No Multa 2 UIT 7.8 Emplear redes de arrastre de fondo o redes de cerco con sistemas antifango, dentro de áreas reservadas para la pesquería artesanal o en áreas restringidas o prohibidas. - Decomiso - - Grave Decomiso Multa 4 x (Capacidad de bodega en m³ x factor del recurso) en UIT Cancelación Del permiso de pesca 7.9 Emplear rastras o chinchorros mecanizados - Decomiso de los recursos, redes y rastras empleados. Decomiso De los recursos hidrobiológicos extraídos y de las redes y rastras empleadas. 7.10 Extraer con artes y procedimientos que atentan contra el aprovechamiento racional de los recursos, tales como la tapada de bocana, pari, tapaje, destrucción de refugios y tamalones, agitamiento de aguas, así como llevar estos en la embarcación No Multa 3 x (Valor del recurso) 8 Extraer recursos hidrobiológicos con métodos ilícitos, con el uso de explosivos, materiales tóxicos, sustancias contaminantes y otros elementos cuya naturaleza ponga en peligro la vida humana o los propios recursos hidrobiológicos y/o llevar a bordo tales materiales; así como poseer, transportar, comercializar o almacenar recursos extraídos con el uso de explosivos, sustancias contaminantes o cualquier otro método ilícito, de acuerdo a la correspondiente evaluación físico sensorial. 8.1 Extraer recursos hidrobiológicos con el uso de explosivos, materiales tóxicos o sustancias contaminantes - Decomiso de los recursos hidrobiológicos e incautación de los explosivos, sustancias tóxicas y otros - - Grave Decomiso Multa - Sin uso de embarcación: 5 UIT - Con uso de embarcación: 15 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT Cancelación Del permiso de pesca. 8.2 Estar en posesión o llevar a bordo materiales tóxicos, sustancias contaminantes o explosivos - Decomiso de los métodos ilícitos de pesca - Grave Decomiso Multa - Sin uso de embarcación: 5 UIT - Con uso de embarcación: 0.5 x (capacidad de bodega en m³.) en UIT 8.3 Poseer, transportar, comercializar o almacenar recursos hidrobiológicos, extraídos con el uso de explosivos de acuerdo a la evaluación físico - sensorial, establecida mediante el dispositivo legal correspondiente - Decomiso del recurso. Grave Decomiso Multa 9 Transbordar el producto de la pesca o disponer de él sin previa autorización antes de llegar a puerto No Multa Capacidad de bodega en m³ x factor del recurso, en UIT.