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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 6 de diciembre de 2011 454444 Código Infracción Sub Código de la Infracción Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras Determinación de la Sanción Tipo Sanción 26 Impedir u obstaculizar las labores de seguimiento, control, inspección, supervisión y muestreo biométrico que realice el personal de la DIGSECOVI, IMARPE, IIAP, los observadores CIAT y los inspectores, supervisores o auditores ambientales acreditados por la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería u otras personas con facultades delegadas por la autoridad competente 26.1 Plantas de Consumo Humano Indirecto o de Reaprovechamiento que se encuentran operando al momento de la inspección - Suspensión de la licencia de operación por 15 días efectivos de procesamiento. - Multa - Plantas de Consumo Humano Indirecto: 30 UIT - Plantas de Reaprovechamiento: 10 UIT Suspensión De la licencia de operación por 15 días efectivos de procesamiento. 26.2 Si el E.I.P. no está procesando - Suspensión de la licencia de operación por 15 días efectivos de procesamiento. Multa 15 UIT 26.3 Si el E.I.P. se encuentra operando al momento de la inspección y dedica a la elaboración de productos para CHD - Multa 15 UIT. Suspensión 15 días efectivos de procesamiento. 26.4 Si el EIP se encuentra procesando anguila - Multa 5 UIT De menor escala o artesanal: 0.5 UIT EIP industrial: 10 UIT Suspensión De menor escala o artesanal: Suspensión de la licencia de operación por 15 días efectivos de procesamiento. EIP Industrial: 20 días de suspensión de la licencia de operación. 26.5 Si se trata de una embarcación pesquera industrial y mayor escala - Suspensión del permiso de pesca por 15 días Multa 25 UIT 26.6 Tratándose de actividades acuícolas - Suspensión de la autorización o concesión por 15 días. Multa - Acuicultura de mayor escala: 3UIT - Acuicultura de menor escala: 0.5 UIT Suspensión De la autorización o concesión por 15 días. 26.7 Si se trata de un medio de transporte terrestre No Multa 1 UIT 26.8 Si se transporta anguila: No Multa 2 UIT 26.9 Si se trata de un centro de comercialización o desembarcadero Multa 2.5 UIT 26.10 No permitir el registro de equipaje o embalaje en zonas de embarque terrestre o aéreo No Multa 0.1 UIT 26.11 No permitir la presencia de un representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana- IIAP- en la investigación pesquera o acuícola realizada No Multa 0.2 UIT 26.12 Si se trata de una embarcación extranjera No Multa 20 UIT 26.13 Si se trata de una embarcación pesquera menor escala Multa 15 UIT 26.14 Si se trata de una embarcación pesquera artesanal Multa 10 UIT 26.15 Impedir u obstaculizar labores de muestreo en E/P industrial o de mayor escala Multa 25 UIT. 26.16 Impedir u obstaculizar labores de muestreo, en caso de embarcación pesquera de menor escala Multa 15 UIT. 26.17 Impedir u obstaculizar labores de muestreo en caso de embarcación pesquera artesanal. Multa 10 UIT 27 Operar barcos atuneros con capitanes no califi cados por la CIAT. Multa 1 x Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT. 28 Realizar viajes de pesca de atún sin contar con balsa o un mínimo de 3 lanchas rápidas o bridas de remolque o refl ector de alta densidad ó visores de buceo. No Multa Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT. 29 Realizar viajes de pesca de atún sin contratar como parte de la tripulación de la embarcación de bandera extranjera con permiso de pesca, un mínimo de 30% de personal de nacionalidad peruana. No Multa 5 UIT por cada tripulante de nacionalidad peruana no embarcado por faena de pesca. 30 Realizar en la pesca de atún lances nocturnos (no completar el retroceso dentro de los 30 minutos después de la puesta del sol). No Multa Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT. 31 Efectuar lances sobre delfi nes después de alcanzar el Límite de Mortalidad de Delfi nes (LMD) asignado, en la pesca del atún. No Multa Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT. 32 No colocar rescatadores durante el retroceso, en la pesca del atún. No Multa Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT. 33 Realizar viajes de pesca de atún sin contar con paños de protección de delfi nes debidamente “alineados”, así como con otros mecanismos que eviten daños a delfi nes de acuerdo al APICD. No Multa Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT.