Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2011 (06/12/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

454444
Codigo 26 Infraccion Impedir u obstaculizar las 26.1 labores de seguimiento, control, inspeccion, supervision y muestreo biometrico que realice el personal de la DIGSECOVI, IMARPE, IIAP, los observadores CIAT y los inspectores, supervisores o 26.2 auditores ambientales acreditados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria u otras personas con facultades 26.3 delegadas por la autoridad competente 26.4

NORMAS LEGALES
Sub Codigo de la Infraccion Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras MORDAZA Multa -

El Peruano MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2011 Determinacion de la Sancion Sancion Plantas de Consumo Humano Indirecto: 30 UIT - Plantas de Reaprovechamiento: 10 UIT De la licencia de operacion por 15 dias efectivos de procesamiento. 15 UIT

Plantas de Consumo Humano Indirecto - Suspension de la licencia de o de Reaprovechamiento que se operacion por 15 dias efectivos de encuentran operando al momento de procesamiento. la inspeccion -

Suspension - Suspension de la licencia de operacion por 15 dias efectivos de procesamiento. Si el E.I.P. se encuentra operando al momento de la inspeccion y dedica a la elaboracion de productos para CHD Si el EIP se encuentra procesando anguila Si el E.I.P. no esta procesando Multa

Multa Suspension Multa

15 UIT. 15 dias efectivos de procesamiento. 5 UIT De menor escala o artesanal: 0.5 UIT EIP industrial: 10 UIT De menor escala o artesanal: Suspension de la licencia de operacion por 15 dias efectivos de procesamiento. EIP Industrial: 20 dias de suspension de la licencia de operacion. 25 UIT Acuicultura de mayor escala: 3UIT Acuicultura de menor escala: 0.5 UIT De la autorizacion o concesion por 15 dias. 1 UIT 2 UIT 2.5 UIT 0.1 UIT -

Suspension

26.5 Si se trata de una embarcacion - Suspension del permiso de pesca pesquera industrial y mayor escala por 15 dias 26.6 Tratandose de actividades acuicolas - Suspension de la autorizacion o concesion por 15 dias.

Multa Multa

Suspension 26.7 Si se trata de un medio de transporte No terrestre 26.8 Si se transporta anguila: No 26.9 Si se trata de un centro de comercializacion o desembarcadero 26.10 No permitir el registro de equipaje No o embalaje en zonas de embarque terrestre o aereo 26.11 No permitir la presencia de un No representante del Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana- IIAP- en la investigacion pesquera o acuicola realizada 26.12 Si se trata de una embarcacion No extranjera 26.13 Si se trata de una embarcacion pesquera menor escala 26.14 Si se trata de una embarcacion pesquera artesanal 26.15 Impedir u obstaculizar labores de muestreo en E/P industrial o de mayor escala 26.16 Impedir u obstaculizar labores de muestreo, en caso de embarcacion pesquera de menor escala 26.17 Impedir u obstaculizar labores de muestreo en caso de embarcacion pesquera artesanal. 27 Operar barcos atuneros con capitanes no calificados por la CIAT. Realizar viajes de pesca de atun sin contar con balsa o un minimo de 3 lanchas rapidas o bridas de remolque o reflector de alta densidad o visores de buceo. Realizar viajes de pesca de atun sin contratar como parte de la tripulacion de la embarcacion de bandera extranjera con permiso de pesca, un minimo de 30% de personal de nacionalidad peruana. Realizar en la pesca de atun lances nocturnos (no completar el retroceso dentro de los 30 minutos despues de la puesta del sol). Efectuar lances sobre delfines despues de alcanzar el Limite de Mortalidad de Delfines (LMD) asignado, en la pesca del atun. No colocar rescatadores durante el retroceso, en la pesca del atun. Realizar viajes de pesca de atun sin contar con panos de proteccion de delfines debidamente "alineados", asi como con otros mecanismos que eviten danos a delfines de acuerdo al APICD. Multa Multa Multa Multa

Multa

0.2 UIT

Multa Multa Multa Multa

20 UIT 15 UIT 10 UIT 25 UIT.

Multa

15 UIT.

Multa

10 UIT

Multa

1 x Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT. Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT.

28

No

Multa

29

No

Multa

5 UIT por cada tripulante de nacionalidad peruana no embarcado por faena de pesca.

30

No

Multa

Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT.

31

No

Multa

Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT.

32 33

No No

Multa Multa

Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT. Capacidad de bodega m³ x factor del recurso en UIT.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.