Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2011 (06/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 6 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Designacion de las representantes Por resolucion de la Titular del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social se designara a las representantes de las organizaciones representativas de mujeres e instituciones publicas o privadas que manifiesten en forma escrita su interes de conformar el Consejo Nacional de la Mujer Peruana. La funcion de representacion que se ejerza ante el Consejo Nacional de la Mujer Peruana sera Ad Honorem. Articulo 4º.- Funciones del Consejo Nacional de la Mujer Peruana Son funciones del Consejo Nacional de la Mujer Peruana: a. Concertar politicas en materia de equidad de genero y promocion de la mujer; b. Emitir opinion sobre los proyectos de normas legales que, en los temas de su competencia, tramite el poder ejecutivo o el poder legislativo; c. Elaborar y proponer anteproyectos de ley en materias de su competencia; d. Elaborar, por propia iniciativa o a solicitud del poder ejecutivo, informes, estudios o investigaciones sobre politicas y normas legales en materia de equidad de genero, igualdad de oportunidades asi como en temas relacionados con discriminacion. e. Promover la edicion de publicaciones y realizar pronunciamientos en materias de su competencia; f. Vincularse con otros espacios de dialogo nacional e internacional, y con los consejos regionales de la mujer creados o que pudieran crearse; g. Coordinar con las organizaciones de mujeres nacionales e internacionales; h. Promover y proponer programas de capacitacion y difusion sobre la proteccion de los derechos humanos

de las mujeres, en materia de equidad de genero y las acciones del Estado en esas materias; i. Proponer convenios con instituciones publicas y privadas, nacionales e internacionales, para el cumplimiento de sus funciones; j. Elaborar anualmente, dentro de los tres primeros meses de cada ano, una memoria de sus actividades; k. Cualquier otra funcion que determine el propio consejo dentro del MORDAZA legal vigente o le encomiende el sector. Articulo 5º.- Instalacion El Consejo Nacional de la Mujer Peruana sera instalado dentro de los cuarenta y cinco (45) dias habiles de emitida la resolucion que designe a las representantes de las organizaciones representativas de mujeres e instituciones publicas o privadas. Articulo 6º.- Secretaria Tecnica La Secretaria Tecnica, es la encargada de brindar apoyo tecnico y administrativo para el cumplimiento de las funciones del Consejo Nacional de la Mujer Peruana. La Secretaria Tecnica dependera directamente del Despacho Ministerial. Articulo 7º.- Reglamento El Consejo Nacional de la Mujer Peruana, una vez instalado, elaborara y aprobara su reglamento interno en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) dias habiles, el que sera aprobado en su primera sesion ordinaria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NARANJO MORDAZA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 3 paginas o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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